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domingo, 5 de marzo de 2023

Los alicientes fiscales y penales de la 'ley trans'

MÁS INFO:
Ley Trans: maternidad, cambio de sexo a los 16 años y otras claves.
..... para que un hombre transicione a mujer.
Con un cambio registral, los hombres podrían optar a una serie de ayudas que hasta ahora eran exclusivas de las mujeres. Al no necesitar un cambio físico, no requiere un sacrificio traumático. 
MARIO CORTIJO, 05/03/2023 
La 'ley trans', desde este pasado jueves, ya está en vigor tras su publicación en el BOE. Una normativa que permitirá que hombres y mujeres cambien su género de forma nominal, sin la necesidad de pasar por un quirófano y cambiar así físicamente de sexo. 
Esto ha causado una gran controversia entre el feminismo clásico, que interpreta que este texto legal borra los derechos conquistados por las mujeres, ya que ahora los hombres, con acudir al registro civil, podrían obtener esos mismos derechos.

Por ejemplo, un hombre que físicamente no esté capacitado para las pruebas físicas de la Policía Nacional, quizá sí podría conseguir una plaza como mujer. Las marcas para hombres y mujeres son distintas e incluso algunos ejercicios varían: a ellas no se les exige hacer dominadas, sino aguantar agarrada a la barra durante el máximo tiempo posible. 
De esta forma, un hombre que decida cambiar su género registral podría quitarle su plaza a una mujer.

En el caso de la Guardia Civil, el problema es todavía mayor: el Ministerio del Interior quiere que hasta un 40% de los miembros del cuerpo sean mujeres en 2030. Esto hace que para evitar la feroz competencia masculina, alguno se plantee hacer las pruebas por la vía femenina, ya que ellas tienen prioridad para conseguir un puesto, hasta el punto de acceder a él incluso poseyendo una nota más baja.

Los hombres que quieran acceder a bonificaciones para autónomos también saldrían ganando en varias comunidades autónomas mediante un cambio registral: ellas tienen unas condiciones distintas para acceder a estas ayudas, ya que por ejemplo, ellos tienen de límite los 30 años para recibir 5.000 €, mientras el umbral de ellas es superior: hasta los 35 años. Los que superen esas edades tienen ayudas de 3.800 €. 
Por tanto, a un hombre de 32 años le puede resultar interesante cambiarse de sexo para optar a una cuantía superior.

En Murcia no miran la edad, pero ellos reciben 2.000 € y ellas 2.500. 
En Castilla y León esta discriminación positiva también existe: un autónomo que traslade su actividad a la región recibe 6.000 €, pero esta puede incrementarse 2.000 € más si la persona que lo solicita es mujer.

Bonificaciones a empresas y pensiones contributivas mayores.
Además, un hombre podría estar interesado en convertirse en mujer porque muchas empresas reciben bonificaciones por contratar a personas de sexo femenino: en Andalucía, por ejemplo, la Junta premia con 6.000 € una nueva contratación de alguien que esté desempleado, una cifra que aumenta hasta los 7.200 € si el trabajador es una mujer.

En Madrid sucede algo similar: las subvenciones son de 3.000 € para un trabajador contratado desde el paro, aunque estas ascienden a 4.200 € si es una mujer el trabajador contratado. En este caso, una empresa podría beneficiarse de esta ayuda si contrata a un varón mayor de 45 años. 
Por tanto, un hombre podría cambiarse de sexo para facilitar su acceso al mundo laboral.

Además, algunas instituciones públicas han impulsado ayudas que solo están disponibles para mujeres: el programa Neotec Mujeres, del Ministerio de Ciencia e Innovación, aprobó el pasado junio un presupuesto de 5 millones de € para proyectos liderados por mujeres. Algo similar sucede en el Ministerio de Cultura, donde Iceta ha reservado el 35% de ayudas al cine y el 40% al teatro para obras hechas por mujeres.

En cuanto a las pensiones contributivas, aquí también resulta más interesante ser mujer que hombre. Las mujeres cobran 30,15 € al mes por hijo, con un límite máximo de 4. Esto significar que una mujer puede recibir un máximo de 120,60 € más que un hombre en una pensión de estas características. 
Este complemento busca "la reducción de la brecha de género" y persigue "reparar el perjuicio que han sufrido las mujeres a lo largo de su carrera profesional". La cuestión es que con un cambio de sexo, ellos podrían acceder a estas ayudas, ya que no es necesario que estos hayan sido concebidos por la vía natural: las adopciones también entran dentro de esta bonificación.

De violencia de género a violencia intragénero
En cuanto a la violencia de género, será posible que un reincidente opte por esta alternativa para que las consecuencias futuras de sus actos sean menores. Aunque el cambio de sexo no se aplica de forma retroactiva -las causas judiciales anteriores al cambio registral se mantienen como estaba-, sí puede ser una maquiavélica solución para alguien que cometa este tipo de delitos de manera frecuente. Así lo reconoció la propia Ángela Rodríguez Pam en su Instagram cuando fue preguntado por ello por uno de sus seguidores: "Una mujer trans es una mujer, así que si esa mujer le pega a otra mujer no estaríamos hablando de violencia de género, estaríamos hablando de violencia intragénero o de violencia intrafamiliar, según la relación que tengan".

Por estos motivos, no sería descabellado pensar que muchos hombres, pese a no dudar de su masculinidad, acudan al registro civil para acogerse a alguna de estas ventajas que otorgan tanto el Estado como las comunidades autónomas por el hecho de ser mujer.

viernes, 22 de marzo de 2013

Informe 2013 de la Fundación FOESSA



EL INFORME FOESSA 2013 MUESTRA UNA SOCIEDAD FRACTURADA A CAUSA DEL SEVERO AUMENTO DE LA DESIGUALDAD
Cáritas. 20 marzo de 2013.- 
El Informe 2013 de la Fundación FOESSA, que se ha se presentado esta mañana en Madrid bajo el título “Desigualdad y derechos sociales Análisis y perspectivas”, muestra de manera contundente la dimensión de los efectos sociales de la crisis en las personas más pobres.

Década perdida para el nivel de rentas

Al analizar el comportamiento de la renta per cápita, el Informe constata que las cifras actuales son muy similares a las que existían hace más de 10 años, lo que invita a pensar en más de una década perdida. Es decir, la renta de 18.500 euros que en promedio recibieron los españoles en 2012 es inferior en términos de capacidad adquisitiva a la que ya existía en el año 2001. 
Asimismo, desde 2007 la renta media ha caído un 4%, mientras que los precios se han incrementado en un 10%, lo que ha provocado un deterioro de las rentas de los ciudadanos españoles sin parangón en las últimas décadas.

Para los autores del Informe, el rasgo más preocupante de la evolución de la renta en la crisis es el aumento sin precedentes de la desigualdad en su distribución, ya que desde 2006 los ingresos de la población con rentas más bajas han caído cerca de un 5% en términos reales cada año, mientras que el crecimiento correspondiente a los hogares más ricos ha sido el mayor de toda la población.


EL Informe FOESSA 2013 muestra una sociedad fracturada a causa del severo aumento de la desigualdad. 
Resumen Datos FOESSA 2013 Descargar
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martes, 23 de octubre de 2012

Aumenta el riesgo de pobreza de los españoles

El 12,7% de los hogares llega a fin de mes con mucha dificultad.  

| 22 Octubre 2012  

El 12,7% de los hogares españoles tiene muchas dificultades para llegar a fin de mes, porcentaje superior en 2,9 puntos al registrado en 2011 (9,8%), según la encuesta de condiciones de vida que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Los ingresos medios de los hogares se situaron el año pasado en 24.609 euros, un 1,9% menos respecto a 2010, la cifra más baja desde 2006.
Aunque ha empeorado la cifra de hogares con problemas para llegar a fin de mes en comparación con 2011, el porcentaje de este año es inferior al de 2009 y 2010, cuando más del 13% de las familias españolas aseguraba encontrarse en esa situación.
Asimismo, la estadística revela que 4 de cada 10 hogares no tiene capacidad para afrontar gastos imprevistos, proporción que también ha aumentado respecto a 2011, cuando los hogares en esta situación alcanzaban el 35,9%, y que es la más elevada en todos los años de la crisis económica actual.
Además, el INE apunta que el nº de hogares que no se ha podido permitir ir de vacaciones al menos una semana al año se ha situado este año en el 44,5%, también cifra récord en la crisis, y bastante superior a la de 2011 (38,9%).
También llama la atención que el 7,4% de los hogares admite que se retrasa en los pagos a la hora de abonar gastos relacionados con la vivienda principal en los 12 meses anteriores a la encuesta. Este porcentaje ha ido en aumento en los últimos seis años, pasando del 4,9% en 2006 al 7,4% en 2012.

Por comunidades, Murcia encabeza la lista donde más hogares han tenido que renunciar a cogerse vacaciones al menos una semana, con el 60,2% de respuestas, seguido de cerca por Andalucía (57,2%). 
Los porcentajes más bajos se dan en País Vasco (22,6%) y Navarra (28,8%).
En cuanto a la capacidad para afrontar gastos imprevistos, los hogares de Canarias y Murcia son los que presentan mayores dificultades, con porcentajes del 60,8% y del 57,3%, respectivamente. Por el contrario, también País Vasco y Navarro son las comunidades con mejores resultados (18,2% y 20%, respectivamente).
En el caso de los hogares que se retrasan en los pagos relacionados con la vivienda, Baleares (13,7%) y Andalucía (10,6%) presentan los valores más altos y Cantabria (2,6%) y País Vasco (2,7%), los más bajos.

EL 82% DE LAS FAMILIAS TIENEN VIVIENDA EN PROPIEDAD
Los datos de la encuesta de 2012 también ofrecen datos relativos a 2011 en algunas materias. Según el INE, los ingresos medios de los hogares se situaron el año pasado en 24.609 euros, un 1,9% menos respecto a 2010, la cifra más baja desde 2006. 
El ingreso medio por persona se contrajo un 1,3%, hasta situarse en 9.321 euros.
La encuesta revela además que el 82,2% los hogares españoles tenía una vivienda en propiedad en 2011. 
De ellos, el 52,3% no pagaba hipoteca, mientras el 29,9% poseía vivienda en propiedad pero con una hipoteca pendiente. 
Otro 9,3% de los hogares estaba pagando un alquiler a precio de mercado.
Analizando los datos por regiones, el 87,9% de las familias asturianas y el 87,4% de las navarras disponía de una vivienda propia, siendo éstos los porcentajes más elevados, mientras que los más bajos correspondían a Canarias (72,8%) y Baleares (74,2%).

martes, 12 de julio de 2011

Europa: las mujeres estén presentes en al menos el 30% de los puestos de responsabilidad de las empresas europeas

http://www.europarl.europa.eu/es/pressroom/content/20110706IPR23412/html/El-PE-exige-cuotas-que-refuercen-la-representaci%C3%B3n-femenina-en-altos-cargos
MUJERES Y NEGOCIOS: EL PE PIDE CUOTAS



El Parlamento Europeo, reunido la pasada semana en sesión plenaria en Estrasburgo (Francia), ha pedido que las mujeres estén presentes en al menos el 30% de los puestos de responsabilidad de las empresas europeas para el año 2015, y que este porcentaje se incremente hasta el 40% en 2020.
Los eurodiputados opinan que si las medidas voluntarias fallan a la hora de colocar a mujeres en puestos de mayor responsabilidad, debe usarse la legislación europea.
 
En la actualidad solo un 10% de los puestos directivos y un 3% de los puestos de director ejecutivo en las principales empresas europeas están ocupados por mujeres.
Si el ritmo de crecimiento de 0,5 puntos porcentuales por año continuara así, harían falta otros 50 años antes de que los cargos directivos con mujeres al frente lleguen a la cuota del 40% en puestos directivos.
Así pues, el PE urge a la Comisión a proponer legislación que incluya cuotas durante el próximo año, que ayude a incrementar la representación femenina en los órganos directivos empresariales.

lunes, 27 de junio de 2011

Diferencia Salarial: Era el paro, no la igualdad

http://www.nuevatribuna.es/articulo/economia/2011-06-24/era-paro-no-igualdad/2011062412004300486.html
Era el paro, no la igualdad.
A medida que el desempleo se ceba con las mujeres, la Comunidad de Madrid se hunde en la clasificación sobre igualdad de salarios.



nuevatribuna.es . 24 Junio 2011.
En la Comunidad de Madrid el salario medio de los hombres está por encima de los 29.000 euros anuales, mientras que el de las mujeres es de 22.048,25 euros.
Lo que nos da una diferencia de más de 7.000 euros anuales en las retribuciones medias entre mujeres y hombres, según ha informado UGT, que señala que la brecha salarial ha vuelto a aumentar hasta el 24,8%, después de disminuir entre el 2007 y 2008 (según los datos de las distintas encuestas de estructura salarial) en un 4,2%, pasando del 27% al 22,8%.


Según UGT-Madrid, los datos vienen a confirmar que la menor brecha salarial era consecuencia del aumento del desempleo, inicialmente básicamente masculino, y que según se va estabilizando el aumento del desempleo en sectores masculinizados y aumentando en sectores principalmente ocupados por mujeres, la brecha salarial aumentaría de nuevo.



Así, la Comunidad de Madrid ha pasado a situarse, desde el 8º lugar a nivel estatal en cuanto a brecha salarial, a ocupar el 2º lugar.
Esta dinámica demuestra, a juicio del sindicato, que el Gobierno de la Comunidad de Madrid “no se ha tomado en serio la discriminación que sufren las mujeres”.
El Sindicato considera que “es necesario que el nuevo Gobierno regional tome medidas para corregir esta brecha de desigualdad de las trabajadoras madrileñas”.



La razón de esta discriminación salarial se explica por varios motivos, entre los que destacan que:
1.- la mujer ocupa trabajos de menor valor añadido (sector servicios),
2.- con contrataciones más precarias,
3.- con mayor peso de la contratación a tiempo parcial y
4.- por discriminaciones salariales en trabajos de igual valor que los hombres, señala el sindicato.


No sólo la temporalidad afecta en mayor medida a las mujeres, la contratación a tiempo parcial se aplica mayoritariamente al colectivo femenino.
2 de cada 3 contratos a tiempo parcial están firmados por mujeres.
Por otra parte el Sindicato señala que otro de los factores que afecta es la mayor dificultad de las mujeres en el acceso al trabajo, así como la mayor dificultad en acceder a puestos de más responsabilidad.



Para acabar con la discriminación, UGT-Madrid ha exigido medidas que aseguren la igualdad de género en el sector laboral más formal para las mujeres, regulando de forma objetiva las ofertas laborales, los perfiles profesionales, las regulaciones internas y la cultura organizacional de la empresa.

En cuanto a la Comunidad de Madrid se demuestra la necesidad de tener una Ley de Igualdad específica de esta Comunidad Autónoma desde donde se intente atajar la desigualdad entre mujeres y hombres.

martes, 21 de junio de 2011

Politicas de Igualdad en Europa

http://www.consilium.europa.eu/showFocus.aspx?lang=ES&focusID=619
Asuntos familiares.
El descenso y el envejecimiento de la población repercute notablemente en la sociedad y en la economía de Europa.

En el Consejo de Empleo y Asuntos Sociales del 17 de junio, los Ministros debatieron políticas destinadas a fomentar la conciliación de la vida laboral y la vida familiar en el contexto del cambio demográfico.
Para atender a los desafíos demográficos y responder a las necesidades de empleo de las empresas, resulta determinante alcanzar el objetivo establecido por la UE de emplear al 75 % de las mujeres.
Tal porcentaje resulta necesario si la Unión quiere seguir siendo competitiva y si Europa quiere seguir funcionando bien.

Sin embargo, este objetivo no puede alcanzarse sin que se apliquen políticas sostenibles favorables a la familia, que garanticen la igualdad de género en el trabajo y un equilibrio entre el trabajo y la vida privada más propicio a la familia.
En las conclusiones adoptadas por el Consejo, se propusieron varias medidas para afrontar los obstáculos que se oponen a la conciliación entre la vida profesional y la vida privada.
Tales medidas incluyen:

- el fomento de modalidades de trabajo flexibles y diversas formas de permisos para mujeres y hombres (permiso parental, posibilidad de trabajo a tiempo parcial).

- una oferta suficiente de servicios de guardería asequibles y de elevada calidad y de servicios para el cuidado de otras personas a cargo.

- animar a los empresarios a que ofrezcan a sus empleados servicios de guarderías y otras formas de apoyo a la familia.

- tener presentes las distintas necesidades de las familias, en particular de las familias más vulnerables, entre ellas las familias numerosas o las monoparentales.



La Presidencia informó además a los Estados miembros sobre la reunión informal de los Ministros responsables de Asuntos familiares, que tuvo lugar el 1 de abril en Hungría, y tomó nota de una declaración del Trío presidencial, firmada en esta ocasión por las Presidencias española, belga y húngara, junto con la Presidencia polaca entrante, sobre el efecto de la conciliación entre la vida laboral y la vida familiar en la dinámica demográfica.

Para más información:

http://www.consilium.europa.eu/App/NewsRoom/related.aspx?bid=79&grp=19147&lang=es&cmsId=339
http://video.consilium.europa.eu/index.php?lang=EN&sessionno=3461
http://www.eu2011.hu/files/bveu/documents/declaration_trioPL_impacts_of_reconciliation_of_work_and_family_life_on_demographic_dynamics.pdf

jueves, 27 de enero de 2011

Los divorciados sin recursos que vivan con sus padres tendrán derecho a la renta básica

http://www.elcorreo.com/vizcaya/20100525/mas-actualidad/sociedad/divorciados-recursos-vivan-padres-201005251557.html
Los divorciados sin recursos que vivan con sus padres tendrán derecho a la renta básica.
El Gobierno vasco introduce varias novedades en la norma que regula esta prestación.


25.05.10/ VASCO PRESS / VITORIA

La crisis económica está llevando a algunas personas divorciadas sin recursos y aquellos que pierden su vivienda por no poder hacer frente a la hipoteca a volver a vivir con sus padres. Estos colectivos tendrán a partir de ahora derecho a recibir la renta de garantía de ingresos, que asciende a 650 euros, según la nueva normativa aprobada hoy por el Gobierno vasco.
El Ejecutivo de Vitoria ha dado luz verde al nuevo decreto que regula esta prestación en desarrollo de la Ley de Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social de 2008.


El desarrollo reglamentario de esta iniciativa legislativa se inició a primeros de enero con la puesta en marcha de la prestación complementaria de vivienda y continuará en los próximos meses con la regulación de los convenios de inclusión y las ayudas de emergencia social.
El decreto aprobado hoy regula las condiciones y requisitos para ejercer el derecho a recibir la renta de garantía de ingresos, lo que antes se conocía como renta básica.
La demanda de esta prestación ha ido creciendo a consecuencia de los efectos de la actual crisis económica y el crecimiento del desempleo, y son actualmente casi 53.000 ciudadanos vascos quienes se benefician de la misma.


La nueva regulación introduce algunas novedades.
Algunas de ellas nacen de la necesidad de ofrecer una respuesta a nuevas situaciones surgidas a raíz de la crisis como sucede, por ejemplo, con las personas que después de un divorcio o perder su piso al no poder hacer frente a la hipoteca tienen que volver a vivir con sus padres porque carecen de ingresos o recursos económicos.
Estas personas tendrán a partir de ahora la consideración de unidades convivenciales sin que cuenten los ingresos de los padres a la hora de determinar si tienen o no derecho de recibir la renta.
"No sabemos cuántas personas en esta situación van a solicitar la prestación, pero es absolutamente obligado responder a estas situaciones de necesidad", ha explicado la consejera de Empleo y Asuntos Sociales, Gemma Zabaleta.


Otra de las novedades del nuevo decreto es que establece no podrán recibir la prestación más de 2 personas que vivan en la misma vivienda.
El objetivo de esta medida es evitar situaciones de hacinamiento incoherentes con la dignidad de las personas (se conocen casos de 4 o 5 familias viviendo en el mismo piso), así como el inadecuado uso de las ayudas o el abuso sobre las personas que las perciben.
La creación del complemento de monoparentalidad, que supone un incremento del 6,4% del salario mínimo interprofesional, en el caso de estas familias, es otra novedad.


Más exigente

La nueva renta de garantía de ingresos es más exigente en lo relativo a las obligaciones que deben cumplir los perceptores a la hora de tener un compromiso activo para conseguir la cualificación profesional necesaria para insertarse en el mundo laboral.
Así, tendrán que firmar los denominados convenios de inclusión; esto es, un compromiso de acceder a la formación y aceptar empleos adecuados que les sean ofrecidos.
Así, salvo las personas pensionistas, que complementan su pensión con una cuantía de esta prestación, el resto recibirá una oferta de orientación laboral y valoración de su empleabilidad junto a la prestación.


En la actualidad:
1.- el 36% de los perceptores de renta de garantía de ingresos son pensionistas,
2.- otro 34% la perciben en su integridad y
3.- el 30% restante dispone de alguna renta de trabajo y la complementa con una parte de la renta.
"Un dato. De las 300 personas perceptoras de la renta de garantía de ingresos que formamos en un proyecto piloto en atención a mayores dependientes -ha señalado la consejera-, 256 tienen ya un puesto de trabajo y 230 de ellas en el sector privado".


Zabaleta ha subrayado que contrariamente a lo que muchos piensan los perceptores de esta prestación que no son pensionistas tienen unas posibilidades "altas o medias" de acceder a un empleo.
Y ha informado que Lanbide va a comenzar a atender de forma experimental a los solicitantes de esta prestación en aquellos municipios en los que tiene oficina física.
La cuantía de la renta de garantía de ingresos es en la actualidad de 650,19 euros al mes y el presupuesto consignado en las cuentas del Gobierno Vasco para este año asciende a 281,4 millones de euros.


Finalmente, Zabaleta ha informado que el nuevo decreto no recoge como beneficiarios de la renta de garantía de ingresos a los jóvenes sin familia que dejan de estar tutelados por las Diputaciones Forales cuando cumplen los 18 años (hay que tener 23 años para recibir la prestación), y ha indicado "ya tenemos preparado un programa de inclusión activa para estas personas. Ninguno se va a quedar desprotegido".

jueves, 30 de septiembre de 2010

El Tribunal de Justicia de la UE dice que la ley de lactancia española es discriminatoria

http://www.20minutos.es/noticia/829235/0/ue/lactancia/discriminatoria/

El Tribunal de Justicia de la UE dice que la ley de lactancia española es discriminatoria

Los padres solo pueden disfrutar del permiso si la mujer renuncia a él.
El Tribunal establece que esta discriminación no puede justificarse.
El permiso se estableció en nuestro país en 1990.

Minuteca todo sobre: Lactancia, Unión Europea

EFE. 30.09.2010
El Tribunal Justicia de la Unión Europea concluyó este jueves que la ley española que regula los permisos de lactancia en el caso de que la madre trabaje por cuenta propia es discrimatoria con los padres.
Esta discriminación no puede justificarse :
a.-por objetivos de protección de la mujer ni
b.-por la promoción de la igualdad

La normativa española "establece una discriminación no justificada basada en el sexo", indica el Tribunal en un comunicado difundido.
El estatuto español de los trabajadores prevé que las madres empleadas por cuenta ajena puedan disfrutar del permiso de lactancia -que autoriza la ausencia del trabajo durante 1 hora o una reducción de la jornada en media hora-, durante los 9 meses siguientes al nacimiento del niño.
Asimismo, establece que el permiso puede ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre, pero sólo en caso de que ambos trabajen por cuenta ajena.
Es decir, que el hombre sólo tendría derecho a disfrutar de ese permiso si la madre de su hijo renuncia a él y además para ello ésta ha de ser trabajadora por cuenta ajena.

El hombre trabajador no puede disfrutar de él directamente
El Tribunal se opone a esta medida al considerar que incluye una discriminación por sexo contraria a la directiva europea que regula esta materia.
"Esta discriminación no puede justificarse por objetivos de protección de la mujer ni por la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres", señalan los jueces de Luxemburgo.

La medida puede tener el efecto de favorecer a las mujeres ya que permite que las madres trabajadoras por cuenta ajena conserven su empleo a la vez que dedican tiempo a su hijo, reconoce el Tribunal.
No obstante, también entiende que, el hecho de que sólo la mujer trabajadora pueda disfrutar de este derecho mientras que el hombre trabajador no puede disfrutar de él directamente, contribuye a perpetuar un reparto tradicional de funciones al mantener a los hombres en una posición subsidiaria respecto al ejercicio de su función parental.

El Tribunal responde así ala petición del TSJ de Galicia.
Además, el Tribunal explica que la medida puede provocar que una madre que trabaje por cuenta propia se vea obligada a limitar su actividad profesional y a soportar sola la carga derivada del nacimiento de su hijo sin poder recibir ayuda del padre del niño.

El Tribunal de Justicia se pronunció en relación a la normativa española a petición del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que tramitaba un recurso de apelación en este sentido y tenía dudas sobre la vinculación entre el permiso y el hecho biológico de la lactancia.

El permiso se estableció en 1990 para facilitar la lactancia por parte de la madre, pero en vista de que actualmente debe considerarse como un mero tiempo de cuidado del hijo y como una medida conciliadora de la vida familiar y laboral tras el disfrute del permiso de maternidad, el tribunal español dudaba de si la ley española se ajustaba al derecho comunitario