martes, 20 de mayo de 2025

Gastos extraordinarios y su necesidad.

Los padres divorciados solo están obligados a pagar los gastos extraordinarios de los hijos “cuando son necesarios”,
Los progenitores pueden negarse a sufragar un gasto voluntario si no ha existido un acuerdo previo entre ambas partes.
Esther García López, 19 Mayo 2025 
Los gastos extraordinarios necesarios incluyen los tratamientos médicos no cubiertos por la Seguridad Social, como la ortodoncia, las consultas al logopeda o al psicólogo.
Pagar los gastos extraordinarios de los hijos menores genera problemas entre padres separados o divorciados, que pueden acabar en los juzgados. Para evitarlos, los abogados recomiendan llegar a un acuerdo económico que cubra las necesidades básicas de sus hijos… y las que no lo son tanto. 

Los gastos extraordinarios no requieren el consentimiento previo de los progenitores y consisten, principalmente, en tratamientos médicos no cubiertos por la Seguridad Social.
Una de sus características es que no se producen de forma habitual, son imprevisibles o excepcionales y no están incluidos en la pensión de alimentos.Por norma general, surgen en momentos puntuales y han de ser afrontados por ambos progenitores, salvo que el juez diga lo contrario”, señala Manuel Hernández García, director y socio de Bufete Vilches Abogados. 
La manera de repartirlos es al 50%, aunque puede variar según lo que se haya pactado en el convenio regulador o lo que decida el juez.

Dentro de estos gastos extraordinarios hay que distinguir los necesarios y los no necesarios o voluntarios. La diferencia entre ambos tiene que ver con la urgencia del gasto y con si son o no imprescindibles para el bienestar del menor. 
Los 2ºs son los que más problemas generan entre los padres, que pueden acabar en los juzgados si no llegan a un acuerdo.

Gastos extraordinarios necesarios
Los gastos extraordinarios necesarios son los que no se pueden evitar y afectan directamente a la salud o al bienestar del menor. En general, “no requieren el consentimiento previo del otro progenitor, aunque siempre recomendamos a nuestros clientes que le informen”, explica Manuel Hernández.
Entre ellos destacan los tratamientos médicos no cubiertos por la Seguridad Social, como la ortodoncia, las consultas al logopeda o al psicólogo. También se incluyen gafas, lentillas o audífonos, intervenciones quirúrgicas urgentes y los derivados de una enfermedad o accidente. En estos casos, “aunque uno de los progenitores tome la decisión de forma unilateral por la urgencia, el otro debe contribuir con su parte correspondiente”, apunta el abogado.

Gastos extraordinarios no necesarios
Un caso diferente son los gastos voluntarios. No son imprescindibles, pero benefician al menor. Para que estos desembolsos se consideren compartidos deben ser consensuados por ambos progenitores, y en caso de que uno lo asuma sin consultar al otro, es posible que no esté obligado a pagar su parte.
Entre ellos se incluyen las actividades extraescolares, viajes escolares o campamentos, clases particulares, refuerzo académico o la matrícula en un colegio privado si no estaba acordado previamente. 
En estas circunstancias, “si uno de los padres quiere apuntar al niño a una actividad de este tipo, lo ideal es hablarlo antes y dejar constancia por escrito del acuerdo. Para ello, es suficiente con un mensaje o correo electrónico, ya que basta con tener una prueba de lo que se haya decidido”, explica Hernández.

La ley es muy clara sobre los gastos ordinarios de los menores. Los regula el C.Civil en su art. 142 y siguientes, donde establece el concepto de alimentos, que incluye lo necesario para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación.
Sin embargo, el director de Bufete Vilches Abogados reconoce que “no existe una lista tan cerrada de lo que es un gasto extraordinario, por lo que a menudo generan conflictos entre los padres”. En estos casos, si no hay acuerdo, hay que acudir al juzgado de familia para que decida si el gasto es o no extraordinario y cómo se ha de pagar.

Reclamar en los juzgados
En el caso de que uno de los progenitores no esté de acuerdo en pagar un gasto extraordinario, si se trata de uno necesario, el progenitor que lo haya pagado puede reclamar judicialmente la parte que corresponde al otro, siempre que lo justifique adecuadamente con facturas, informes médicos o alguna otra prueba.

Si es un gasto voluntario y no hay acuerdo previo, el otro progenitor puede negarse a pagar y tiene base legal para hacerlo. 
Por eso, “lo mejor es siempre lograr un acuerdo y dejarlo por escrito para evitar malentendidos que, a la larga, terminan en enfrentamientos”, aconseja el abogado.

Incide en que los gastos extraordinarios “son una parte importante del cuidado y desarrollo de los hijos menores y no siempre es fácil englobarlos en una u otra categoría”. Lo que nunca hay que olvidar, subraya, es que “lo que prevalece es el bienestar del menor y que los progenitores deben actuar para conseguirlo con una comunicación fluida, aunque en muchos casos sea complicado por la situación que están viviendo”.

lunes, 19 de mayo de 2025

¿Podemos cuestionar el divorcio?

Teresa Giménez Barbat, 18/05/2025 
Ya me imagino las reacciones sólo viendo el titular. Pero no, ni en mis sueños más distópicos contemplo una sociedad donde el divorcio esté prohibido de nuevo. Sé de muchas parejas que sufrieron encerradas en una institución de la que cualquier escape iba a resultar en un trauma severo para ellos y sus familias. Cuando por fin llegó el divorcio a nuestro país a principios de los 80, pudo hacerse legal lo que ya era un clamor en la sociedad. Para mí misma fue una bendición justamente en estos años. Así que, no, no malinterpretan el sentido de esta pregunta. Es otra cosa la que quiero plantear, y es ese tótem en el que se ha convertido el mismo concepto. Y tampoco queremos la censura otra vez, ¿no?

Por supuesto que nos tenemos que plantear muchas cosas, y el divorcio es una de ellas. No como derecho, naturalmente, sino como esa idea que defienden algunos tan felizmente (no sólo en la izquierda) de que constituye un “avance” por sí mismo. El avance es que exista como derecho, como opción, pero no debemos cerrar los ojos a que el divorcio como tal constituye un desastre en muchísimas ocasiones. Ya sé que suena a poco “progresista” traer el tema a colación. Pero debemos tener muy claro que si “progresista” significa que nos va a traer el “progreso”, no lo hace quien prefiere enterrar la cabeza en la arena sin hacerse preguntas comprometidas.

Es exigible una valoración sensata y racional de cómo afecta el divorcio a las familias ahora que han transcurrido suficientes años para tener una perspectiva amplia. Porque el único progresista es aquel que se apoya en la ciencia y en los datos comprobados. Los demás son simples sectarios que recitan eslóganes de los 70. Por ello, tenemos que felicitarnos porque aparezca un nuevo estudio en EEUU elaborado con gran rigor y alcance. Aunque lo que nos muestre sea tan preocupante.

El trabajo se titula ‘Divorce, Family Arrangements, and Children’s Adult Outcomes’, lo publica el National Bureau of Economic Research (NBER) y sus autores son Andrew C. Johnston, Maggie R. Jones y Nolan G. Pope. Un estudio masivo que, comparándolos con niños cuyos padres permanecieron siempre juntos, monitoreó a más de 1 millón de niños a lo largo de 50 años. Con resultados devastadores. Resumiendo mucho: después del divorcio, los niños se enfrentan a un 60 % más de riesgo de embarazo adolescente, un 40 % más de riesgo de ir a la cárcel, un 45 % más de riesgo de muerte prematura, a un 9-13 % menos de salario en la edad adulta o menores posibilidades de ir a la universidad.

Aunque la decisión y el proceso del divorcio pueden ser muy duros, el verdadero daño suele venir de la vida después del divorcio. Es la reacción en cadena, las fichas de dominó de lo que sigue después. ¿Por qué? Pues porque, a menos que uno sea muy rico, y los divorcios y separaciones hoy en día se dan más en las clases bajas, romper una pareja resulta en una disminución de ingresos, en el trastorno de tener a partir de entonces a unos padres que viven separados, a que muchas veces hay que mudarse a barrios más pobres, o que, de repente, hay padrastros que llegan a tu vida con todos los interrogantes. En EEUU, según este informe, la mitad de los padres divorciados se vuelven a casar en un plazo de 5 años. 
Y esto introduce a unos padrastros y hermanastros en el hogar que pueden afectar al sentido de pertenencia de los niños, perdiendo la confianza y la estabilidad.

Algunos dirán que “un hogar infeliz es peor que el divorcio”. Pero en la mayoría de los casos son de bajo conflicto. No implican violencia. Y aun así, el divorcio no rescata a los niños, sino que les roba lo que tenían
El estrés emocional y la desintegración familiar tienen profundas consecuencias. 
Al divorcio le hemos llamado “avance”, pero sólo lo es si se contempla como una solución extrema con la que podemos contar. No es “progresista” ni un avance por sí mismo. Considerarlo así no es más que una “idea lujosa” de las que habla Robert Henderson. Y hay que hablar de ello con estudios serios.