sábado, 16 de diciembre de 2023

¿Estás en el perfil de los divorcios en España?

Los datos del INE y diversos estudios marcan un claro perfil de la persona que tiene más posibilidades de fracasar en su matrimonio.
Rosa Campos, 15·12·23
El número de disoluciones matrimoniales va a menos en España debido a que muchas parejas deciden no casarse en tiempos de crisis emocional, pero también a que otras deciden mantener su vínculo por cuestiones económicas para evitar gastos desproporcionales como el de pasar una pensión o tener que costearse a su vez una segunda vivienda. En este sentido, en 2022 hubo menos de 85.000, claro que suponen prácticamente el 50% de las uniones del mismo curso (170.000). Lo que está claro es que cada vez duran menos los matrimonios y la gente se casa más tarde y rompe antes. En cualquier caso, hay factores como la religión y la promiscuidad sexual previa que influyen directamente en estas estadísticas.

Duración de los matrimonios disueltos por divorcio
Los matrimonios disueltos por divorcio tuvieron una duración media de 16,5 años, similar a la del año anterior. Contamos exclusivamente los divorcios, no las separaciones.
El 32,4% de los divorcios se produjeron después de 20 años de matrimonio o más, y el 0,7% entre 5 y 9 años, el 16,9% entre 10 y 14 años, el 15,6% entre 15 y 19 años, el 11,9% entre 2 y 4 años y el 2,5% en menos de 2 años. Recordemos que la media del último año apunta a que el 50% de los matrimonios se rompen.

El mayor número de divorcios entre cónyuges de diferente sexo tuvo lugar en la franja de edad entre 40 y 49 años, tanto en hombres como en mujeres. Esto implica que la duración de los matrimonios va claramente a menos, ya que los datos de 16 años de media lo mantienen las personas mayores, mientras que los jóvenes no tienen prácticamente aguante. Ni ganas de monogamia, claro.

Relación entre parejas sexuales previas y divorcios
Un estudio realizado por el Wheatly Institute, de la Universidad Brigham Young de Utah (EEUU), ha querido arrojar luz sobre la relación entre parejas sexuales previas y divorcios.

Destacan los investigadores que, al igual que en otros estudios, han encontrado una correlación entre la experiencia sexual previa al matrimonio con una menor estabilidad en el matrimonio y una mayor probabilidad de divorcio. "Encontramos que los hombres y mujeres sin experiencia que solo han tenido relaciones sexuales con su cónyuge tienen casi un 45 % de posibilidades de reportar un nivel muy alto de estabilidad en la relación", explica el informe; mientras, solo el 25 % de las personas casadas con 5 a 9 parejas sexuales en su vida, y el 14% de las personas casadas con 10 o más parejas sexuales en su vida reportaron un nivel similarmente alto de estabilidad en su matrimonio. Ojo, que se ve que Tinder también está lastrando futuros matrimonios antes de conocerse las partes...

Los católicos se divorcian mucho menos
Esto está directamente relacionado con el estudio de Wheatly Institute. Las bodas religiosas han pasado de suponer el 70% en 2002 hasta el 20 % antes de la pandemia, aunque el 60% de los españoles se consideran católicos (generalmente no practicantes). Una boda religiosa suele conllevar un mayor coste económico (cada vez menos diferencia) e implica cierta complicidad moral con el sacramento del matrimonio que lo convierte en algo más que un contrato de unión legal
La inmensa mayoría de matrimonios religiosos que se rompen en España no conllevan un posterior enlace de ninguna de las partes implicadas con una tercera persona. 
De ahí que este tipo de uniones por la Iglesia suelan durar muchos más años, pero cada vez se produzcan menos. El tipo de inmigración que recibe España también influye en esto, ya que son más de 2 millones los musulmanes que hay en el país, cifra que crece de manera desproporcionada respecto a lo ocurrido en los últimos años.

jueves, 14 de diciembre de 2023

Pensión de alimentos a los hijos mayores de edad

Pagar la pensión de alimentos
a los hijos mayores de edad y no al progenitor puede incumplir la sentencia de divorcio.
Blanca Valdés, 14/12/2023 
Los divorcios están a la orden del día. Tanto, que incluso los últimos datos actualizados emitidos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) han revelado que los órganos judiciales han recibido en el 3º trimestre del año un total de 19.608 demandas de disolución matrimonial. Es decir, un 0,5% más que en 2022.
Esto supone una media de 40,9 divorcios por cada 100.000 habitantes, estando en la cabeza Canarias, La Comunidad Valenciana, La Rioja y Murcia.

Y con los divorcios llegan un sinfín de problemas. Si no hay acuerdo amistoso, se llega a los tribunales para debatir en qué parroquia hace la comunión la niña, quién se queda al perro, las compensaciones por trabajo en el hogar y pensiones de alimentos aunque sean ya mayores de edad.

Una obligación que tienen los padres divorciados aunque el hijo sea mayor de 18 si no tienen una independencia económica. Sin embargo, cuando llega ese momento, muchos progenitores deciden comenzar a pagarles directamente la pensión a ellos.
Pero tal y como ha explicado la letrada experta en derecho de familia, Ana I. Rodríguez, la mayoría de los juzgados entienden que esta práctica incumple la sentencia o el convenio regulador que se dictó en su momento salvo que exista acuerdo.
El motivo es claro. Si se utiliza ese método, “no se está realizando el pago conforme está determinado en la resolución judicial” y puede considerarse que lo abonado son cantidades al margen de esa pensión.

EL PROGENITOR AFECTADO PUEDE PRESENTAR UNA DEMANDA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE DIVORCIO
Por lo que la letrada ha comentado que, en estos casos, el progenitor afectado puede presentar una demanda de ejecución de sentencia.
Pero es algo que está sujeto a interpretación porque existen algunas resoluciones que sí lo consideran válido, “siempre y cuando éstos hayan declarado haberla recibido”.

La letrada ha vivido casos así. Como ejemplo, ha puesto un asunto que se complicó mucho en el que la hija se fue a vivir a Madrid de forma temporal por estudios. Entre semana estaba allí, pero los fines de semana volvía al domicilio familiar. 
El padre, ante esa circunstancia, le dijo a la madre de pagarle la pensión a la hija, pero ésta dijo que no. 
Era algo temporal quería gestionar ella esa economía al residir en su casa.

Pero el progenitor hizo oídos sordos y se la abonó directamente a la hija. 
Pero el dinero lo destinó a pagar el alquiler del piso donde residía y no para los alimentos. De modo que la letrada inició rápidamente un proceso de ejecución donde le reclamaron las pensiones impagadas porque ese dinero no estuvo destinado para la comida. Y dieron la razón a la mujer.
Con el paso del tiempo el padre solicitó la extinción de la pensión de alimentos porque la niña finalmente terminó trabajando.

Hay que recordar que el art. 93 del C.Civil establece que aunque la convivencia cese por razones de estudios, laborales o análogos, ello no implica que la pensión se deba pagar directamente a los hijos.
Por lo que, para evitar situaciones indeseadas, la experta en derecho de familia ha aconsejado cumplir con la sentencia y realizar el pago de alimentos al progenitor custodio si así lo han acordado.
Nota: Ingresar siempre la pensión de alimentos en una cuenta corriente a nombre del menor. No, donde la madre diga, la pensión es para los hijos no para la madre. Que aparezca en el Convenio Regulador.

Divorcios en Madrid 2022-23.

Matrimonios que llegan a su fin: este es el número de divorcios en Madrid.
Javier Ramos, 13.12.2023 
Algunas de las causas principales de los divorcios son los problemas económicos o la convivencia en pareja. Esta es la cantidad de matrimonios que se han disuelto este 2023 en Madrid. 
Dentro del contexto sociodemográfico de España, los divorcios son la disolución de un matrimonio por la vía legal a petición de 1 o de los 2 cónyuges. Esta situación de pareja, que en muchos casos implica decisiones acerca de los hijos, puede llegar a ser bastante compleja y tardar un tiempo en resolverse o puede ser un proceso más ágil si se trata de un divorcio exprés de mutuo acuerdo. En Madrid, muchas parejas se han enfrentado este 2023 a los desafíos de la ruptura mediante demandas, procesos legales y abogados especializados.

¿Cuántos divorcios ha habido este 2023 en Madrid? 
Según indican los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) referentes al año 2022, en España hubo un total de 81.302 divorcios. Concretamente, en Madrid hubo 11.546 matrimonios que se decidieron divorciarse, un número más bajo que el recogido en 2021 (12.356), pero más alto que en 2020 (10.061). 
Entre enero y abril de este 2023, en el Poder Judicial de España se han registrado 5.430 divorcios. De estos, 3.165 han sido consensuados y 2.265 no consensuados.

¿Cuáles son los pasos de un divorcio?
Una vez se haya tomado la decisión de disolver el matrimonio, hay que saber a qué tipo de divorcio enfrentarse. Puede tratarse de un mutuo acuerdo en el que ambas partes son asesoradas por distintos abogados o uno único para llegar a un acuerdo sobre el convenio regulador. En este, aparecen establecidas las medidas de la custodia, el régimen de visitas, la utilización de la vivienda familiar, la pensión alimenticia o la compensatoria en caso de que la hubiese. Después, el juez aprueba o no ese trato y modifica las medidas que crea pertinentes basándose en el marco legal. Este procedimiento se puede llevar a cabo también ante un notario si no hay hijos menores no emancipados o que dependan de sus progenitores.

El otro tipo de divorcio al que se puede enfrentar un matrimonio es de tipo contencioso, que se da cuando los cónyuges no llegan a un acuerdo para el convenio regulador. En este caso, una de las partes implicadas debe interponer una demanda por vía contenciosa y dejar que intervengan un abogado y un procurador. Finalmente, el juez redacta una sentencia judicial para establecer las medidas de dicho convenio regulador.

martes, 12 de diciembre de 2023

Manutención de los padres separados a los hijos mayores de edad

BBVA, 11 Dic 2023
Cuando una pareja se separa es necesario llegar a acuerdos que, en muchas ocasiones, afectan a la economía familiar. Una de las dudas más frecuentes son las obligaciones que los progenitores tienen con sus hijos mayores de edad.
La Ley marca que es responsabilidad de los padres mantener a sus hijos hasta que estos sean independientes económicamente.

Las separaciones o los divorcios son siempre procesos dolorosos y complicados en los que hay que tomar muchas decisiones, además de reorganizar de forma profunda las finanzas personales, ya que en muchos casos tienen un impacto considerable en la salud financiera de una familia. Incluso en las parejas bien avenidas que deciden poner fin a su relación puede haber puntos de conflicto. Cuando además hay hijos comunes, la posibilidad de desacuerdo aumenta. Es necesario decidir la custodia y fijar una pensión para el progenitor que no convive con el descendiente.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), casi la mitad de las personas divorciadas o separadas tienen hijos menores de edad, así que han tenido que pasar por el proceso de decidir quién paga qué. Teniendo en cuenta que además la edad media para irse de casa roza en España los 30 años, según Eurostat, y que el 64% de las personas de entre 25 y 29 años viven con sus padres, muchos de estos progenitores quizá se pregunten cómo quedan sus obligaciones cuando su descendencia ha cumplido la mayoría de edad pero no se ha independizado.

En un principio la pensión de alimentos está prevista para cuando los hijos son menores de edad y no pueden procurarse todo esto de manera propia”, explican desde la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA). “Pero en muchas ocasiones (por no decir prácticamente siempre), los hijos alcanzan la mayoría de edad y no tienen medios propios para poder vivir, debiendo convivir con sus padres o con alguno de ellos en caso de que estén separados”, puntualizan. En estos casos, cuando los hijos continúan estudiando o ya trabajan, pero lo que ganan no les da para vivir, los padres “deben continuar apoyándoles y sustentándoles hasta que puedan considerarse independientes económicamente”, señalan.

Esta obligación se detalla en el Título VI del Libro primero del Código Civil, en el que se tratan los alimentos entre parientes. Estos 'alimentos', definidos en el art. 142 como “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”, deben proporcionarlos los padres a los hijos pasada la mayoría de edad siempre que los descendientes se encuentren en esa posición de necesidad económica. La obligación existe también de hijos a padres: si son los padres los que se encuentran en necesidad, los hijos tienen el deber de proporcionar esos alimentos.

Cómo solicitar la pensión alimenticia para hijos mayores de edad
En los casos de hijos adultos que todavía no son independientes económicamente y cuyos padres están separados, podrían ser ellos mismos —los hijos— quienes interpusiesen la demanda, pero también lo podrá hacer el progenitor con el que esté conviviendo. “Es decir, la madre o padre que esté encargándose de prestarle alimentos y de todos sus gastos tendrá el derecho a reclamarle directamente al otro progenitor, y también a administrar esa pensión en su favor”, indican desde la AEAFA.

Cuando los hijos o hijas ya no conviven con ninguno de sus progenitores, pero siguen necesitando ese apoyo económico, deberán interponer la demanda ellos mismos a ambos, ya que “la contribución a los alimentos de los hijos es obligatoria por parte de ambos progenitores, no solamente de uno”.

Qué significa no ser independiente económicamente
En el caso de los menores de edad, el tema de la pensión alimenticia está más claro. Puede haber discrepancias sobre la cantidad, pero no con respecto a la obligatoriedad de prestarla. Cuando esos hijos o hijas son adultos, sin embargo, puede haber quien considere que ya no le corresponde proporcionar esos alimentos y busque desentenderse. Al fin y al cabo, se podría pensar, si ya tiene edad para trabajar y no lo está haciendo, es su decisión.

Son muchas las sentencias que tratan acerca de la pensión de alimentos a hijos mayores de edad”, confirman desde la AEAFA. Normalmente, la pensión tendrá que seguir siendo prestada.En caso de que los hijos muestren disposición al estudio, sin que conste pasividad por su parte, no se les puede condicionar con plazos. Hablamos del caso de hijos que, por ejemplo, están opositando, o se encuentran estudiando una formación universitaria muy exigente que cuesta algún año más de lo establecido. En estos casos, las causas de la tardanza en ‘volar’ por su cuenta no son imputables a una mala actitud. Ocurre lo mismo cuando se han incorporado al mercado laboral, pero con prácticas o incluso trabajos no remunerados”, señalan. Los ingresos esporádicos, como los que vienen de un trabajo veraniego o de clases particulares, tampoco valen. “Se exige regularidad y cuantía suficiente”.

Sí quedarían exentos los progenitores de proporcionar esa pensión cuando se puede demostrar que sus hijos o hijas son ‘ninis’, es decir, que ni estudian ni trabajan ni tienen intención de hacerlo. “Es estos casos, sí procede la extinción de la pensión de alimentos”, indican desde la AEAFA. De acuerdo con el Código Civil, cuando la necesidad del hijo o hija provenga de su mala conducta o de falta de aplicación al trabajo, “se extingue la pensión de alimentos mientras que esta causa subsista”.

En ese mismo art.142, se recogen otras situaciones en las que cesa la obligación de dar alimentos —y, por lo tanto, de pasar esa pensión cuando la descendencia convive con el otro progenitor—: si el hijo o hija (el “alimentista”) muere, cuando la fortuna del obligado a dar alimentos disminuye “hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia”, cuando el alimentista mejora su situación “de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia” y cuando el alimentista ,“sea o no heredero forzoso, hubiese cometido alguna falta de las que dan lugar a la desheredación”.

Artículo 145.
Cuando recaiga sobre 2 o más personas la obligación dar alimentos, se repartirá entre ellas
el pago de la pensión en cantidad proporcional a su caudal respectivo.
Sin embargo, en caso de urgente necesidad y por circunstancias especiales, podrá el Juez obligar a una sola de ellas a que los preste provisionalmente, sin perjuicio de su derecho a reclamar de los demás obligados la parte que les corresponda.
Cuando 2 o más alimentistas reclamaren a la vez alimentos de una misma persona obligada legalmente a darlos, y ésta no tuviere fortuna bastante para atender a todos, se guardará el orden establecido en el artículo anterior, a no ser que los alimentistas concurrentes fuesen el cónyuge y un hijo sujeto a la patria potestad, en cuyo caso éste será preferido a aquél.

lunes, 11 de diciembre de 2023

No pagar parte de la hipoteca tras un divorcio

.... puede desencadenar la pérdida de la casa.
20MINUTOS, 10.12.2023 
Cuando se rompe una pareja por separación o divorcio, uno de los aspectos a los que hay que prestarle atención es la hipoteca, en el caso de que esté suscrita por la pareja.
Tal y como recoge el portal especializado en vivienda Idealista, en España en 2022 se registraron 84.551 rupturas de parejas, de las que el 96,2% de los casos fueron divorcios.

En el reportaje de Idealista, Rocío Ocaña, abogada y socia de Marín & Mateo Abogados, pone en relieve la importancia de no descuidar el pago de la hipoteca en caso de ser compartida.
Como recuerda esta experta, en préstamos hipotecarios conjuntos, la deuda es solidaria, lo que significa que, aunque ambos sean copropietarios, el banco puede exigir el pago completo.

Si se hace caso omiso a estas condiciones, la situación puede desencadenar procedimientos legales, que pueden suponer incluso el desahucio en situaciones extremas.
Normalmente, hay 2 alternativas: vender la propiedad y liquidar la hipoteca o realizar ajustes para que un solo titular asuma la cuota, aunque esto no siempre es factible, porque las entidades financieras pueden rechazar esas modificaciones.

A la hora de exigir responsabilidades, es importante si hay régimen de gananciales o separación de bienes. En el 1º caso, se recurre a la acción de repetición o reembolso, permitiendo no solo la recuperación de pagos indebidos, sino también la exigencia de intereses correspondientes.
Para recuperar las cantidades, existe un plazo de 5 años, aunque en la práctica este período puede extenderse debido a la naturaleza continua de la obligación. Ocaña advierte de que los procedimientos legales pueden conducir al embargo de otros bienes, incluso la parte de la vivienda objeto de la reclamación.