sábado, 15 de octubre de 2011

Para evitar el Divorcio: Dónde hay que tocar para llegar al clímax

http://es.tendencias.yahoo.com/blogs/con-derecho-a-roce/d%C3%B3nde-hay-que-tocar-para-llegar-al-cl%C3%ADmax-090005685.html
Con derecho a roce: Dónde hay que tocar para llegar al clímax


Por Victoria Villaamil /jue, 13 oct 2011

La satisfacción sexual de las mujeres es uno de los temas que más preocupa a los hombres.
A muchos les atormenta la idea de que su pareja no disfrute realmente durante el coito y finga para no herirle.
El placer se propaga de forma secuencial a través del cerebro.

Por eso los resultados de esta investigación son tan relevantes.
Porque además de identificar los puntos estratégicos del placer femenino, el mapa cerebral podrá ayudar a los médicos a tratar la falta de apetito sexual.

La investigación consistió en introducir mujeres en un escáner para poder tomar una resonancia magnética durante la excitación.

Encabezado por el científico Barry Komisaruk de la Universidad de Rutgers (EEUU) y publicada en la revista 'The Journal of Sexual Medicine', el estudio comprueba la relación del cerebro con la estimulación de los pezones, lo cual activa las mismas áreas cerebrales que se ven involucradas en la estimulación genital.
Esto explica el porqué los tocamientos pueden hacer alcanzar el orgasmo a muchas mujeres.


Estimulación sexual

Para llevar a cabo la investigación se realizaron resonancias magnéticas a una pequeña muestra de 11 mujeres en plena excitación sexual.

Los resultados desvelan las zonas cerebrales que se activan durante la estimulación del clítoris, la vagina y del cuello del útero; destacando hasta 30 zonas distintas del cerebro que son fuente directa de placer, que están relacionadas con el tacto, la sensación de recompensa, la memoria e incluso el dolor.

El análisis muestra de manera evidente cómo la manipulación genital se propaga secuencialmente a través del cerebro a partir de la activación inicial de la corteza sensorial, y al mismo tiempo activa las regiones del cerebro que producen el orgasmo.

 El sexo reemplaza el ansia por comer.
Además del escáner, para llevar a cabo la investigación se realizaron ensayos de 5 minutos que constaban de 30 segundos de descanso y otros 30 de auto-estimulación repetidos 5 veces.

Para elaborar el mapa, las mujeres debían auto-estimularse, bien con la mano o con un vibrador cilíndrico, realizando movimientos rítmicos tanto en el clítoris como en la pared de la vagina, el cuello uterino o el pecho.
Todas recibían las instrucciones a través de unos auriculares desde la sala de investigación.


Por otro lado, las participantes debían tocarse de manera rítmica el pulgar o un pie para así encontrar los puntos de referencia en la corteza sensorial.

Asimismo se logró comprobar científicamente que el clímax tiene un fuerte poder analgésico.

Por tanto, con este nuevo mapa de la actividad sexual en las mujeres, los científicos esperan dar solución a los problemas de falta de deseo sexual así como identificar las enfermedades patológicas que pudieran ser resueltas con la práctica del orgasmo.

España legaliza el pillaje: La deducción por vivienda

http://blogs.cincodias.com/lealtad/2011/10/la-deducci%c3%b3n-por-vivienda-a%c3%ban-una-mala-idea.html
España legaliza el pillaje: La deducción por vivienda, aún una mala idea 12 octubre , 2011



Mi amigo y jefe José Antonio Vega comentaba ayer en su blog el efecto que la reimplantación de la deducción por vivienda, casi la única propuesta concreta en materia económica lanzada por el PP, puede tener a la hora de relanzar el mercado inmobiliario y aliviar tanto el stock de casas en manos de los bancos como la morosidad en el crédito a promotor.


Se venden muy pocas casas, es cierto, pero eso no es un castigo bíblico ni una fatalid e inabordable consecuencia de la crisis.
Es una simple cuestión de precio, crédito, y expectativas, ecuación en la que la deducción solo ayudaría si infla otra burbuja inmobiliaria (y no queremos eso, ¿verdad?).
Serviría al Estado para aliviar sus cuentas a corto plazo, a costa de echarse carga sobre los hombros para etapas venideras.
Y repetiría el, probablemente, mayor error de la política económica española en varias décadas, implantar una deducción por vivienda en un contexto de desplome histórico de los tipos de interés. Vayamos por partes.


Precio, crédito, necesidad y expectativas.
Los 4 factores que inciden en el mercado de la vivienda.
Se compra casa por necesidad o por expectativas (de revalorización del activo).
Y la compra se condiciona al precio y al crédito.
Hoy por hoy la gente compra pisos porque los necesita para vivir en ellos; chollos en el mercado no hay muchos, y las expectativas son, en el mejor de los casos, de estancamiento de precios.

Por el contrario, los 2 factores que condicionan la compra, el precio y el crédito, juegan en contra.
La vivienda sigue siendo muy cara según cualquier punto de vista: supone demasiado esfuerzo y ha caído muy poco en relación a lo que subió.
Muchos vendedores siguen emperrados en pedir precios de la burbuja, lo que dispara la horquilla entre oferta y demanda. Y el crédito no fluye.

Por eso el mercado está congelado.
Pero hay demanda embalsada tras 4 años de crisis.
Lo digo por experiencia; he vendido una casa hace un mes y el principal problema, una vez ajustado el precio (mucho más de lo que dicen las estadísticas oficiales), ha sido la falta de crédito de los compradores interesados el principal problema.
En otras palabras, hay demanda a precios razonables (salvo quizá las viviendas con muy mala localización), y el fallo está en el crédito.

La banca, para vender sus pisos, sí concede créditos, pues es mucho mejor tener una hipoteca que un inmueble en cartera.
Si no vende su stock es, o bien porque el precio no es suficientemente atractivo, o bien porque el activo es de mala calidad.
Basta echar un ojo por las páginas web habilitadas. Santander, por ejemplo, vende una vivienda nueva en Madrid fuera de la M-40, al lado del aeropuerto, 62 metros útiles, por 300.000 euros. Desde luego, no parece el precio de alguien con necesidad de vender.


En otras palabras, establecer la deducción por vivienda es comprometer dinero público para subvencionar la venta de unos activos que no se venden porque el propietario no quiere bajar el precio.
En este contexto, la subvención solo servirá para que sea aún más reticente a hacerlo, retrasando el ajuste del mercado.
Eso, en el caso de los pisos con demanda potencial y sujetos a la deducción (es decir vivienda habitual).
Para el resto, la deducción es irrelevante (promociones que no se venderán de ninguna manera) o bien no se aplica.


El programa, a mi modesto entender, solo tendría éxito si consigue cambiar otra de las claves de la ecuación, la de las expectativas.
Si genera una nueva demanda porque el mercado (los españoles) asume que la crisis del ladrillo ha terminado.
En estas condiciones la deducción tendría un efecto multiplicador que sí modificaría el entorno y daría salida a la cartera de casas de los bancos.
Pero esto difícilmente sucedería si el programa está acotado en tiempo y condiciones.
Y, si lo logra, el coste sería el riesgo de inflar de nuevo, y de forma artificial, la burbuja del ladrillo, cuyos efectos precisamente estamos intentando mitigar.


Ahora, quizá la clave de la cuestión está en el efecto fiscal.
Como comenta Vega, la venta de viviendas generará ingresos por IVA.
Concretamente, el 8%. Para un piso de 200.000 euros, el Estado ingresa 16.000 por IVA.
La subvención, por el contrario, supone un gasto diferido para el Tesoro, con un máximo de 1.350 euros (el 15% del límite máximo deducible de 9.000 euros) por hipoteca, siempre que sea primera vivienda, pagaderos durante los años en los que el sujeto esté hipotecado.


Es una especie de préstamo al Estado vía fiscal, que ayudaría a aliviar el déficit a corto plazo pero supondría una mayor carga a largo que, también, explica la situación actual de las cuentas públicas: durante los años de la bonanza los ingresos por IVA se dispararon (un 64% de 2000 a 2007), pero cuando se dejan de vender pisos se deja de ingresar y la carga de las deducciones pesa mucho sobre las cuentas.
En 2010 la partida de las deducciones por vivienda fueron se llevó 4.400 millones del presupuesto, casi nada.


Si de aliviar los balances de los bancos se trata, sostener los precios con cargo a dinero público es pan para hoy y hambre para mañana.
Fue una pésima idea cuando se puso en marcha y lo sigue siendo. Hay otras soluciones.
Desde el año pasado, la banca debe provisionar el 30% del valor de los inmuebles que tiene en cartera desde hace más de 24 meses.
Elevar estas exigencias, quizá con exenciones para las viviendas que se alquilen, forzaría a la banca a poner en el mercado sus casas.

Asumiendo pérdidas, sí, porque ingresará menos de lo que prestó y porque hay casas que no tienen salida.
Y si algunas entidades tienen que ampliar capital, ser nacionalizadas o liquidadas (sí, liquidadas), que así sea.
Muchas de estas casas de las que hablamos, al fin y al cabo, eran el hogar de los más de 100.000 españoles víctimas de ejecuciones hipotecarias.
Con ellos no se tuvieron tantos miramientos.

viernes, 14 de octubre de 2011

Divorcio: La pobreza en España se está cronificando

Nueva tribuna.es
La pobreza en España se está cronificando.
En atención primaria -acogida y asistencia-, la cifra aumentó un 15 %, pasando de 786.000 beneficiarios a cerca de un millón.


nuevatribuna.es/ 13 Octubre 2011
El presidente de Cáritas Española, Rafael del Río, y el secretario general de la organización, Sebastián Mora, han alertado de que la pobreza en España se está "estabilizando y cronificando", ya que de los más de 1,6 millones de personas que atendieron en 2010, 7 de cada 10 habían acudido anteriormente en busca de ayuda mientras que un 30 % lo hacían por 1ª vez.
Según la memoria de actividades correspondiente a 2010 presentada por los responsables de la entidad, el año pasado Cáritas atendió en total a cerca de 6,5 millones de personas, de las que 1,6 estaban en España, un 4,3 % más que el año anterior.


"Al no haber salidas las situaciones de pobreza se vuelven estables. Se ha producido un incremento de personas nuevas sin que hayan salido las que ya estaban siendo atendidas. Es un estancamiento de la pobreza", ha señalado Mora, para incidir en que 2011 está confirmando esa tendencia porque mientras no descienda la tasa de paro en el país y siga habiendo medio millón de hogares sin ningún ingreso, se seguirán incrementando las personas en situación de pobreza "crónica" en España.



Mora ha añadido como factor la reducción de la ayuda pública, que en las cuentas de Cáritas se ha traducido en una caída del 1 %; y la "pobre" red pública de protección básica que, "ya era muy débil antes de la crisis y no se ha reforzado" porque ni se han incrementado las rentas mínimas ni las ayudas a los necesitados.



NO PUEDE SUSTITUIR AL ESTADO

Sobre este asunto, ha recordado que: el 67 % de los atendidos por la entidad han sido derivados de los servicios sociales municipales, un 10 % más que antes de que empezara la crisis económica. Cáritas insiste en que no puede sustituir al Estado y le reclama que "cumpla con las obligaciones que tiene" de ofrecer protección social, que es "básica para tener una sociedad mínimamente cohesionada y justa".


En cuanto al perfil del beneficiario, con la crisis económica se ha equilibrado la presencia de inmigrantes y autóctonos.
En 2007, los primeros eran el 70 % y actualmente están en un 50 %.
Mora ha apuntado que también se ha producido un "rejuvenecimiento" de los atendidos, porque los jóvenes se han convertido en un "colectivo muy vulnerable", el 16,9% de las personas pobres en España.
Además, se dan muchos casos de familias o numerosas o desestructuradas, también de padres jóvenes.


No obstante, ha incidido en que los inmigrantes siguen siendo un colectivo especialmente vulnerable ante los efectos de la crisis económica y ha asegurado que en ningún caso compiten con los autóctonos por acceder a la ayuda.
"La solución a la crisis no pasa porque ellos se vayan", ha destacado, para incidir en que "autóctonos e inmigrantes cooperan juntos para salir" de la crisis.

Por programas, el más numeroso ha sido el de Acogida y Asistencia, con 950.000 beneficiarios, seguido del de Inmigrantes, que ha llegado a 160.923; y el de desarrollo, del que se beneficiaron 102.235 personas.

Asimismo, 83.952 personas participaron en programas de empleo e inserción laboral, se atendió a 74.787 personas sin hogar y a 21.044 en el programa de familias, entre otros.
Los beneficiarios en la labor de cooperación internacional alcanzaron los 4,8 millones de beneficiarios.

En total, la organización destinó el año pasado a estas tareas 247,53 millones de euros, de los que 218,6 millones se gastaron en España, principalmente en primera acogida, empleo, mayores y personas sin hogar.
Los fondos proceden en un 64,9 % de manos privadas, fundamentalmente particulares, y el 35,11 % son públicos.
Además, la entidad, que destina 7 céntimos de cada euro donado a autofinanciarse, empleó el año pasado a 4.543 personas y contó con la labor altruista de 61.783 voluntarios.

jueves, 13 de octubre de 2011

Condenado el juez Serrano por prevaricación

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Condenado/juez/Serrano/prevaricacion/alterar/regimen/visitas/nino/elpepusoc/20111013elpepusoc_10/Tes
Condenado el juez Serrano por prevaricación al alterar un régimen de visitas de un niño.
El TSJA inhabilita al magistrado de Sevilla durante 2 años, pero pide un indulto parcial.


VALME CORTÉS - Granada - 13/10/2011

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado por "prevaricación culposa" (no intencionada) al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, juzgado por haber modificado el régimen de visitas de un menor para garantizar su salida en una procesión de la Semana Santa sevillana.
La Fiscalía pedía inicialmente 10 años de inhabilitación, aunque tras el juicio retiró los cargos y solicitó la libre absolución.
La madre del menor, que la fue la que denunció, solicitó 20 años de inhabilitación.

El Tribunal ha pedido la inhabilitación del magistrado de Sevilla durante 2 años, aunque pide un indulto parcial para dejar la condena en solo 6 meses.
El TSJA no considera que la prevaricación de Serrano haya sido dolosa, que hubiera implicado una pena mayor.
La Fiscalía había retirado la acusación, pero consideró que el juez pudo actuar de forma "imprudente" puesto que "obvió" pruebas que podía y debía haber hecho, si bien negó que los hechos pudieran ser constitutivos de delito.



La acusación particular, por su parte, acusaba al magistrado de haberse hecho con el caso a través de una supuesta maniobra urdida en connivencia con el abogado del padre en la separación, quien conocía al juez Serrano.
Ambos, acusado y testigo, negaron en la vista oral haber hablado antes del asunto e incluso ser amigos.


La madre que denunció al juez de Familia se plantea recurrir al Tribunal Supremo para que sea condenado a 20 años de inhabilitación en lugar de los 2 que le ha impuesto el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El fallo del alto tribunal andaluz considera que el magistrado actuó de forma "imprudente" al omitir varios trámites procesales.
Según el TSJA, esta "imprudencia" consistió "en un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto" que existía entre los padres divorciados del menor, lo que determinó la "vulneración" de las normas "esenciales" del procedimiento.
El tribunal considera que la forma de actuar de Serrano indica "significativa desatención, ligereza o falta de cuidado graves".


Por todo ello considera que la resolución dictada por el juez el 30 de marzo de 2010 fue "manifiestamente injusta", por ser, entre otras razones:
1.- "atemporal y precipitada",
2.- negar "apresuradamente" derechos individuales de audiencia sin que hubiera peligro o perjuicio inminentes o
3.- convertirse "en instrumento de una parte".

La sentencia señala que Serrano contribuyó también a "dimensionar mediáticamente" el hecho, incluso antes del día en que se iba a producir la salida procesional del menor, que tuvo lugar en la Madrugá de 2010, "con el consiguiente daño y exposición pública" del niño y la madre, que soportó "críticas acerbas y comentarios vejatorios".



No obstante y pese a todo lo mantenido en la resolución, de 26 páginas, el TSJA entiende que una condena de 2 años de inhabilitación especial -el mínimo legal posible para la prevaricación culposa- resultaría "demasiado severa" por su "cierta desproporción con el mal causado".

Por todo ello, considera "conveniente y acorde a derecho" hacer uso del precepto legal que le permite elevar al Gobierno una solicitud de indulto parcial para dejar reducida la duración de la pena impuesta a 6 meses.
Serrano ha sido condenado asi mismo al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular que ejerció la madre del menor, a la que deberá indemnizar con una suma de 4.000 euros por el "evidente daño moral sufrido".

La Sentencia completa:
http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/tsja-caso-juez-serrano.pdf

miércoles, 12 de octubre de 2011

Divorcio y alcohol en los menores

http://www.aciprensa.com/Familia/divorcio-muerte.htm
Es peor un divorcio que la muerte de un padre.

Mantener un matrimonio a veces es difícil, pero proteger a los hijos después de un divorcio puede ser aún más complicado.
Sufrir depresión, tener problemas en la escuela, y desarrollar menos habilidades sociales en comparación con otros niños, son algunas de las dificultades que padecen los hijos de padres divorciados.



Estas características han sido dadas a conocer por un estudio de la University College Dublin que reveló que los efectos del divorcio son más dañinos para los hijos que la muerte de uno de los progenitores.

La investigación demostró su resultado más sorprendente cuando halló que la sensación de pérdida que se experimenta como resultado de un divorcio es mayor que la experimentada con resultado de un divorcio es mayor que la experimentada con la muerte de un padre.



SUS REALES EFECTOS

Ante estos hechos, Patricia Casey, la autora de la investigación, muestra su preocupación por la subestimación que se tiene, acerca de los efectos que el divorcio causa en los hijos.

Los niños sí sufren por la separación y el divorcio -asegura la profesional-; y señaló que su intención es corregir la idea difundida de que la separación es una alternativa positiva para las parejas que atraviesan por un matrimonio «malo», aseguró la profesional.
«Nadie debería engañarse con la idea de que el divorcio es fácil», agregó y sostuvo que «mantener un mal matrimonio juntos es difícil, pero proteger a los hijos después de un divorcio puede ser aún más complicado. Las parejas necesitan darse cuenta de esto».

Casey citó estudios que confirman sus resultados como el elaborado por Judith Wallerstein de la Universidad de California en Berkeley.



Otro estudio sobre el divorcio que están en Internet -en inglés- es el elaborado por The Heritage Foundation, titulado «Los Efectos del Divorcio en América», que revela que los hijos de los divorciados sufren más abusos, presentan más problemas de salud, conducta y emocionales, y son más propensos a caer en crímenes y abuso de drogas.



Psicología de los hijos del divorcio

La citada psicóloga californiana Judith Wallerstein aporta en su obra «Law and Divorce»("Ley y Divorcio") conclusiones contundentes sobre el perfil psicológico de los hijos de divorciados. Según la investigación:

•25% de ellos no ha terminado el colegio (contra 10% de hijos normales).

•El 60% ha requerido tratamiento psicológico (contra el 30%).

•El 50% ha tenido problemas de alcohol y drogas antes de los 15 años.

•El 65% tienen una relación conflictiva con el padre (sólo el 5% ha recibido ayuda económica sustancial por parte del padre).

•Pese a que la mayoría pasan los 30 años de edad, apenas el 30% se ha casado.
•Del total de casados, el 50% ya se ha divorciado.



Según la experta, aunque las reacciones psicológicas al trauma son diferentes y tan variadas como el número de individuos, existen algunas constantes.
En efecto, los hijos de los divorciados sufren sentimientos de culpa, irritación y malhumor, y una gran desconfianza o incapacidad para expresar sus sentimientos auténticos en el momento adecuado.

Efectos dramáticos del divorcio en los menores

http://seminarioabierto.com/consejeria14.htm
LA SEPARACION Y EL DIVORCIO, CUANDO NO HAY MAS REMEDIO.


Para nosotros, los psicólogos, la separación y el divorcio son alternativas por las cuales puede pasar la pareja en un momento dado de su vida.
Lamentablemente, existen circunstancias que, en ocasiones, escapan al control emocional y racional de los cónyuges y la separación y/o el divorcio, se convierten en herramientas que pueden evitar un mal mayor.
Fomentamos la familia y procuramos resolver los problemas de pareja que puedan conducir a una separación, sin embargo, existen sin duda circunstancias que obligan al terapeuta familiar a considerar, en ocasiones, estas posibilidades.


Las dimensiones del problema a nivel psicológico.

En los Estados Unidos, 1 de cada 2 matrimonios se divorcian.
En Inglaterra y Francia, 1 de cada 3.
Ejemplos que son significativos de cómo el divorcio avanza en los países desarrollados.
Más del 40% de los niños de estos países, vivirán con sus padres durante su 1ª etapa de la niñez y -luego de un divorcio- con uno de sus padres y su nueva pareja, en la 2ª etapa de su vida.

La intensidad de las emociones, el dolor, las ofensas, el rencor y otros sentimientos provocan un daño profundo en la pareja difícil de recuperar.
Por otro lado, la victimización de los hijos atrapados en la "batalla conyugal", produce deterioros psicológicos irreparables en la psiquis de los menores.


En el Departamento de Psiquiatría de la Universidad de Michigan se encontró que los hijos de divorciados eran tratados en una proporción de 2 a 1 con la población general. Estos niños sufrían, en la mayoría de los casos, síntomas asociados a la falta de control en la agresión.
En los más pequeños, la agresividad era contra los padres separados y los hermanos.
En los mayores, ya adolescentes, el problema tomaba forma de actos antisociales y de delincuencia, así como alcoholismo y adicción a las drogas.
En los casos de las hijas de divorciadas adolescentes se encontró frecuencia de promiscuidad sexual, en mayor proporción que las hijas de matrimonios no divorciados.

Otros autores han enfatizado la importancia de la depresión en el cuadro clínico de los niños de padres divorciados.
En una investigación, también en los Estados Unidos, entre niños tratados como pacientes psiquiátricos ambulatorios de depresión media y severa, un alto porcentaje de la muestra era de niños de padres divorciados.

En un estudio de seguimiento de una muestra nacional de 5.362 niños nacidos en la misma semana de 1946 en Inglaterra, se encontró que el 36.5% de los hombres cuyas familias se habían visto afectadas por un divorcio o separación antes de los 5 años, sufrían algún tipo de psicopatología o falta de ajuste social y fueron hospitalizados antes de los 26 años por enfermedades psiquiátricas de tipo afectivo o por úlceras gástricas, colitis o se hicieron delincuentes hacia los 21 años, comparados con el 17.9% de los hombres provenientes de familias no divorciadas.

En este mismo estudio de Wadsworth, Pekham y Taylor (1985), también se encontró que el 26.3% de las mujeres cuyas familias se rompieron antes de los 5 años, fueron hospitalizadas por enfermedades psiquiátricas o por úlceras gástricas, colitis o se hicieron delincuentes hacia los 21 años o se separaron o divorciaron antes de los 26 o tuvieron hijos ilegítimos, comparadas con el 9.6% de las familias que no sufrieron divorcio.


El 29% de los hombres cuyas familias se rompieron antes de que cumplieran 16 años, sufrieron antes de los 26 años, problemas psicopatológicos o de inadaptación social o se divorciaron o separaron antes de los 26 años, comparados con el 18% de los hombres de familias intactas.

El 21% de las mujeres cuyos padres se divorciaron antes de los 16 años, hacia los 26 sufrieron lo mismo que los hombres o tuvieron hijos ilegítimos, comparadas con el 10.1% de las mujeres de familias no divorciadas.


También en este interesante estudio longitudinal se demuestra que los hombres de familia de clase social trabajadora, hijos de padres divorciados, a la edad de 26 años, ganaban de forma significativa menos ingresos si se los comparaba con los hombres de familia no divorciados.

Igualmente encontraron que los hijos de ambos sexos, de padres separados, tenían una vida académica significativamente menor que sus pares de familias no divorciadas.



Es de hacer notar que los hijos de padres fallecidos tenían poca repercusión en la diferencia en los logros académicos de hijos de padres no divorciados, lo que demuestra que el divorcio impacta aún más psicológicamente que la muerte que los seres queridos.

Los hallazgos indican que la separación y divorcio de los padres, tienen un considerable perjuicio sobre la vida de los hijos que se expresa en:
1.- patologías psicológicas,
2.- inadaptación social,
3.- menores logros educativos en ambos sexos y
4.- menores logros económicos en hombres.

Ahora bien, lo que tendríamos que preguntarnos es si el daño lo provoca la ausencia de uno de los padres o el propio trauma del divorcio.
Si observamos que el daño en los hijos de padres fallecidos no es igual al de los hijos de padres divorciados, podríamos concluir que más que la falta de uno de los padres es posiblemente los elementos que componen la crisis del divorcio lo que traumaría irreversiblemente a los hijos.
La mayoría de los divorcios están precedidos por meses o años de disputas, ofensas, desamor, peleas, desilusiones y frustraciones.



En un primer lugar, las parejas comienzan con provocaciones mutuas, con trato y vocabulario hostil y episodios de gritos y de abuso físico verbal.

Allí los niños quedan amedrentados por las escenas, sin saber qué hacer y se sienten desorientados, impotentes y tristes por la falta de control de sus padres.
Además los padres tienden a pedirles solidaridad a los hijos -cada uno por su lado- generándoles graves conflictos de decisión.

Posteriormente, si la pareja no logra manejar los conflictos y comienzan un proceso de divorcio, inician un período de enfrentamiento por distintas razones, sean por rencor, rabia o por la división del patrimonio conyugal.
En esta fase se intensifica la hostilidad, el deseo de daño de uno al otro.
Surge el odio, la amargura y a veces hasta el deseo de venganza.
En esta etapa, la mayoría de las parejas piensa que quitándole los hijos el uno al otro ganan la pelea, sin darse cuenta que le están haciendo un gran mal a la psiquis de los muchachos.



De manera que, cuando la pareja se plantea un divorcio y no hay más remedio, hay que tomar en cuenta todo lo expresado y procurar el mayor esfuerzo en que no se generen tantos problemas.
Aunque parezca difícil, el divorcio o la separación debe ser acordada hasta donde se pueda y negociada.
El terapeuta familiar en este momento puede jugar un gran papel, al ser el referente psicológico para juzgar lo que el juez legal no puede resolver.


La separación

El Estado defiende la institución familiar y por ello no es fácil divorciarse, tanto como sí lo es casarse.
Por esta razón se instituyó el status de separación, como fase intermedia entre el matrimonio y el divorcio.
El legislador buscaba que esta etapa funcione como un período de reflexión y de reconciliación entre los miembros de la pareja afectada.


La experiencia nos demuestra que una separación acordada con asistencia psicológica, en buena proporción, permite el reencuentro de la familia y en el peor de los casos, si se llega al divorcio, los hijos sean menos afectados.

La separación, por ello, es importante porque es un período de adaptación a la nueva vida, porque se avanza a una relación de pareja mejor -aunque sea la misma pareja- y permite, sobretodo, que los hijos se adapten a la nueva realidad.

Rubalcaba participará en un acto con Lula da Silva y Gord0n Brown

http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/2011-10-11/rubalcaba-participara-en-un-acto-con-lula-da-silva-y-gordon-brown/2011101117083900435.html
Rubalcaba participará en un acto con Lula da Silva y Gord0n Brown.
El candidato del PSOE clausurará la 3ª Conferencia Progreso Global a la que también asistirán exmandatarios como Máximo D’Alema y el propio Felipe González.


nuevatribuna.es /12 Octubre 2011
El candidato socialista a la Presidencia del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, será el encargado de clausurar la 3ª Conferencia Progreso Global, organizada por la fundación del PSOE, IDEAS, y que contará con el expresidente del Gobierno Felipe González, el exjefe de Estado brasileño Luis Ignacio 'Lula' da Silva y los exprimeros ministros Gordon Brown (Reino Unido) y Massimo D'Alema (Italia).


La conferencia, que se celebrará los días 18 y 19 de octubre, llevará el título 'Un futuro de progreso' y se centrará en aportar ideas sobre cómo crear mejores oportunidades de empleo para jóvenes o cómo mejorar el Estado de bienestar, según un comunicado de la fundación socialista.

La Conferencia se enmarca en la iniciativa 'Consejo de Progreso Global' de la Fundación IDEAS, que preside González.
El anterior encuentro de líderes progresistas en este marco se celebró en diciembre de 2010 en Nueva York y contó con la presencia del ex 'premier' británico Tony Blair, el expresidente estadounidense Bill Clinton y la ministra de Defensa, Carme Chacón.


En esta ocasión, unos 200 representantes de partidos y organizaciones progresistas de los 5 continentes para hablar de:
1.- cómo crear mejores oportunidades de empleo para los jóvenes y la "generación del milenio",
2.- cómo invertir en nuevas tecnologías y revitalizar la política industrial,
3.- cómo mejorar el Estado de bienestar y
4.- cómo reformar las instituciones de gobierno económico y mundial.


La conferencia también contará con la presencia de:
a.- la secretaria de Política Internacional y Cooperación del PSOE y directora de la campaña electoral del PSOE, Elena Valenciano;
b.- el director de IDEAS, Carlos Mulas y
c.- el secretario de Estado para la Unión Europea, Diego López Garrido (ambos candidatos al Congreso por Madrid el 20N),
d.- además del presidente del Center for American Progress, John Podesta.


El acto lo organizan conjuntamente IDEAS, el Center for American Progress y la Fundación Friedrich Ebert Stiftung.
Brown intervendrá el día 18, con un discurso que se centrará en la necesidad de un pacto por el crecimiento global.
'Lula' y González intervendrán el miércoles en un panel sobre "perspectivas de progreso para tratar de establecer un nuevo liderazgo que sea capaz de construir y promover un futuro progresista, sin dejar a un lado los principales éxitos del pasado".

Divorcios y matrimonios en Madrid 2010

http://www.europapress.es/madrid/noticia-edad-media-contraer-matrimonio-madrid-retrasado-seis-anos-ultimas-dos-decadas-20111012134517.html
Respecto a hace 20 años: Los madrileños se casan 6 años más tarde.
6 de cada 10 matrimonios contraídos en la región en 2010 fueron civiles y se casaron casi 500 parejas con contrayentes del mismo sexo.


MADRID, 12 Oct. 2011(EUROPA PRESS) -

La edad media para contraer matrimonio se ha retrasado 6 años en las últimas 2 décadas, según ha puesto de manifiesto el Informe sobre la Situación Económica y Social de la región presentado esta semana por el Consejo Económico y Social (CES) y recogido por Europa Press.

En cuanto a la edad media en la que se contrae matrimonio, el informe concluye que en 2010 fue de 33 años para las esposas y de 35 para los maridos.
"Se ha producido un desplazamiento en el indicador, pues en el año 1991 estaba en 27,3 y 29,6 respectivamente", afirma.

Por grupos quinquenales, la edad más frecuente de contraer matrimonios se situó en 30 a 34 años para varones y mujeres, habiéndose desplazado éstas del grupo precedente.
En un análisis de la evolución de este indicador desde 1991 se aprecia un desplazamiento de la edad de matrimonio con un aumento muy importante en el grupo de 30 a 34 años en ambos sexos.

Asimismo, 6 de cada 10 matrimonios contraídos en la región durante el año 2010 fueron "exclusivamente civiles".
"El número total de matrimonios registrados en la región ascendió a 21.714, de los que 20.079 han fijado su residencia en la Comunidad de Madrid. De los residentes, 496 han sido efectuados entre personas del mismo sexo", explica esta memoria.


Del total de matrimonios inscritos en la Comunidad de Madrid, el 43 % correspondieron al municipio de Madrid, y el 57 % restante a otros municipios de la región.

En relación con los divorcios registrados en la comunidad, según el Instituto de Estadística, se registraron 13.410 (disminución de un 26 % sobre el año anterior).
El número de separaciones ascendió a 984 (bajan un 2 %), y el de nulidades a 18.

Casi el 60% de los jóvenes se ha emborrachado alguna vez en su vida.

http://www.europapress.es/epsocial/menores-00645/noticia-casi-60-jovenes-14-18-anos-emborrachado-alguna-vez-vida-20110929135758.html
SEGÚN DATOS ADELANTADOS DE ESTUDES 2010:
Casi el 60% de los jóvenes entre 14 y 18 años se ha emborrachado alguna vez en su vida.


MADRID, 29 Sep.2011 (EUROPA PRESS) -
Casi el 60 por ciento (58,8%) de los jóvenes españoles de entre 14 y los 18 años se ha emborrachado ya alguna vez en su vida, más de la mitad (52,9%) lo hizo en los últimos 12 meses y cerca de 1 de cada 3 (35,6%) se emborrachó en los últimos 30 días (frente al 29 % que registraba la última encuesta conocida, de 2008).



Así lo refleja la nueva Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Estudiantes de Enseñanzas Secundarias (ESTUDES) 2010-2011, adelantados por la ministra de Sanidad, Leire Pajín, en la firma del 'Manifiesto contra el consumo de bebidas alcohólicas por menores', un acuerdo para implicar a la sociedad contra el alcohol en menores.



Según Pajín, los datos de esta encuesta, que se realiza cada 2 años sobre unos 30.000 estudiantes de 14 a 18 años de toda España, demuestran que el alcohol sigue siendo "la sustancia cuyo consumo está más extendido entre este grupo de edad".

"Por darles un dato que refleja bien esa realidad --ha destacado Pajín-- el 73,6 % dice haberlo consumido en el último año (frente al 72,9% de la encuesta 2008) y el 63 % en los últimos 30 días (frente al 59% de la anterior)", según la nueva encuesta, que podría conocerse completa en las próximas semanas.


Sin embargo, para la ministra, el dato más preocupante no es el del nº de menores que consume alcohol, ya que este "no ha aumentado" respecto a la encuesta de 2008.
Tampoco inquietan el dato sobre la edad de inicio en el alcohol, ya que sigue rondando los 14 años.
Para la ministra, lo "alarmante", el problema real, es "la cantidad de alcohol que beben" los estudiantes españoles.
"De hecho --dice-- el 58,8 % de estos jóvenes admitió haberse emborrachado alguna vez en la vida, el 52,9 % reconoció haberlo hecho en los últimos 12 meses y el 35 % en los últimos 30 días".


Para implicar a toda la sociedad en la lucha contra el consumo de alcohol en menores se ha firmado este jueves el 'Manifiesto contra el consumo de bebidas alcohólicas por menores', respaldado por empresarios, padres, jóvenes y administraciones.
Su objetivo, ha dicho Pajín, es dar "el primer paso" para actuar frente al problema.
"Hoy iniciamos un camino al que le doy vital importancia, sobre todo porque sentamos la base de un compromiso conjunto sobre un tema que preocupa y ocupa a nuestra sociedad, pero también porque es la propia sociedad la que se involucra e interviene ante un problema que le atañe directamente y que tiene que ver con los menores", ha dicho.



El documento plasma en un decálogo sus buenas intenciones y marca el nacimiento de una plataforma de trabajo para hacerlas realidad.
Entre los compromisos marcados figura evitar la promoción del alcohol asociado al éxito social o personal.
Asimismo, apuesta por que los medios de comunicación informen sobre sus prejuicios, se "estimule" la autorregulación en esta materia de productores, distribuidores y expendedores de estas bebidas y se consiga "cooperar entre todos los agentes implicados para promover la responsabilidad y prevenir las prácticas ilícitas de comercialización a menores".

Dos de cada tres muertas por violencia de género no denunciaron a su agresor

http://www.europapress.es/epsocial/familia-00324/noticia-dos-cada-tres-muertas-violencia-genero-no-denunciaron-agresor-20110922185351.html
Hasta Septiembre del 2011: 45 asesinadas en lo que va de año.
2 de cada 3 muertas por violencia de género no denunciaron a su agresor.


MADRID, 22 Sep. 2011(EUROPA PRESS) -
2 de cada 3 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas no presentaron denuncia contra su agresor, según los últimos datos de la Secretaría de Estado de Igualdad, que tras el caso de Puzol (Valencia), ocurrido esta madrugada, confirma que el nº de víctimas asciende a 45 en lo que va de año.



Así, del total de mujeres muertas, sólo:
a.- 14 denunciaron,
b.- 07 tenían medidas de protección en vigor y
c.- en 5 casos fueron quebrantadas sin consentimiento de la víctima.

Más de la mitad de las asesinadas, 28, convivía con el agresor, en 20 casos habían roto la relación o estaban en fase de ruptura y en 25 casos eran pareja.


En cuanto a las características de las víctimas, 31 eran españolas y 14 extranjeras, la edad de la mayoría de las asesinadas (31) se concentra en la franja de los 21 y los 50 años, aunque destaca que haya 11 víctimas con una edad comprendida entre los 21 y los 30.



Según este recuento, Andalucía es la comunidad que acumula más víctimas en lo que va de año, con un total de 11 casos, seguida de la Comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid, ambas con 7, y Cataluña 6.
Destaca Extremadura, que no registra ninguna muerte por violencia de género.

Los Centros de Orientación Familiar de la Iglesia (COF) funcionan

http://www.europapress.es/epsocial/familia-00324/noticia-80-matrimonios-acuden-centros-orientacion-familiar-iglesia-superan-problemas-20111003111245.html
El 80% de los matrimonios que acuden a Centros de Orientación Familiar de la Iglesia superan sus problemas



MADRID, 3 Oct.2011 (EUROPA PRESS) -
El 80% de los matrimonios que acuden a los Centros de Orientación Familiar (COF) de la Iglesia logran superar sus problemas, según apunta la experta en Psicoterapia Breve y orientadora familiar Marta Pedraz en el nº de este mes de la revista Palabra, ante el aumento de un 3,9 % en 2010 de las rupturas matrimoniales en España, según el INE.

"La orientación familiar es una disciplina terapéutica con técnicas y métodos específicos, que trata de ayudar a las parejas y a las familias a superar las dificultades, a sanar las disfunciones relacionales y a fortalecer los vínculos", explica.



Además, Pedraz indica que las rupturas matrimoniales tienen "consecuencias nefastas" pues, según apunta, citando los resultados de un estudio de la Union des Familles de Europa, el 88 % de los hijos adultos de padres separados o divorciados dice que la separación de sus padres supuso un trauma.

"Una vez superado el sufrimiento, algunos habían aprendido a ser más flexibles o maduros, pero otros habían perdido la esperanza de alcanzar la felicidad en pareja. Otros, en fin, experimentaron depresión, anorexia o falta de confianza en sí mismos", añade.


Por otra parte, destaca de la encuesta que:
a.- un 56 % de los encuestados sintió depresión, desmotivación y dificultades de concentración en los estudios, y que
2.- un 41 % experimentó falta de confianza, parálisis, ansiedad e inestabilidad al afrontar la vida profesional.


Ante esta situación, Pedraz señala que los COF de la Iglesia enseñan a las parejas a "ayudarse a sí mismas en la superación de sus dificultades" intentando "contribuir a sanar y reforzar el vínculo conyugal" y "entrelazar de nuevo las 2 biografías".

Violencia de género: 50 mujeres mueren asesinadas por el momento en España

http://www.europapress.es/epsocial/igualdad-00328/noticia-medio-centenar-mujeres-mueren-asesinadas-parejas-ex-parejas-va-ano-20111012124559.html
Violencia de género: Medio centenar de mujeres mueren asesinadas por sus parejas o ex parejas en lo que va de año

MADRID, 12 Oct. 2012(EUROPA PRESS) -
Las muertes por violencia de género ascienden 50 en lo que va de año, tras confirmarse el asesinato este miércoles en Lanzarote de una mujer de nacionalidad italiana a manos de su pareja de origen senegalés que se ha entregado a la Policía.

Este es el 3º crimen machista que se produce en menos de una semana, ya que:
a.- el pasado sábado, 8 de octubre, un hombre asesinó a su mujer en Calpe (Alicante), ambos de nacionalidad belga,
b.- y este martes, día 11, se autoinculpó otro ciudadano por la muerte de su esposa en Vigo.


En el caso de la mujer de Lanzarote, las autoridades policiales han comprobado que no había denuncia previa por malos tratos, al igual que en el de Calpe.
Esta circunstancia se repite en la mayoría de los casos, pues, según los datos de la Secretaría de Estado de igualdad, sólo 1/3 de las asesinadas denunciaron a sus parejas o ex parejas.


La comunidad autónoma donde se registran más asesinatos machistas en lo que va de año es:
1.- Andalucía, con 13 muertes,
2.- seguida de la Comunidad Valenciana (8 muertes)
3.- la Comunidad de Madrid (7) y
4.- Cataluña (6).
5.- Con los últimos crímenes, Canarias y Galicia elevan a 2 las víctimas mortales, respectivamente, y se igualan a Castilla y León, Murcia y País Vasco.

Condenada una mujer de Torredelcampo (Jaén) por simular maltrato

http://www.europapress.es/nacional/noticia-condenada-mujer-torredelcampo-jaen-simular-maltrato-parte-marido-bomba-inflar-ruedas-20111011144126.html
Su esposo fue absuelto hace 2 años.
Condenada una mujer de Torredelcampo (Jaén) por simular maltrato por parte de su marido con una bomba de inflar ruedas


JAÉN, 11 Oct.2011 (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Jaén ha condenado a una mujer de 34 años de edad de la localidad jiennense de Torredelcampo, A.V.P., por haber interpuesto una denuncia falsa acusando a su marido de haberla maltratado físicamente con una bomba de inflar ruedas.



Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la mujer condenada denunció en agosto de 2008 ante el acuartelamiento de la Guardia Civil de Torredelcampo a su esposo manifestando "falsamente" que el mismo la había golpeado de forma reiterada en la cabeza y brazos con una bomba de inflar ruedas, así como que la había insultado.



De esta forma, como recoge el fallo, el mismo juzgado que el pasado 20 de septiembre condenaba a dicha mujer, absolvía en 2009 a su marido "tras descubrirse el engaño".
Así fue como la presente causa ha sido incoada por el referido Órgano de instrucción, si bien, por su parte, el Ministerio Fiscal ha calificado los hechos atribuidos a A.V.P. como constitutivos de un delito de Denuncia Falsa, previsto y penado en el artículo 456 del Código Penal.

Así las cosas, el Juzgado de lo Penal nº 1 de Jaén ha condenado a un total de 12 meses de multa a razón de 2 euros diarios a la acusada, con aplicación del artículo 53 del CP en caso de impago, considerándola autora de un delito de Denuncia Falsa.

Condenan a una madre a pagar 300 euros por impedir a su exmarido ver a sus hijos

http://www.europapress.es/comunitat-valenciana/noticia-condenan-madre-pagar-300-euros-impedir-exmarido-ver-hijos-20111008170753.html
Condenan a una madre a pagar 300 euros por impedir a su exmarido ver a sus hijos



CASTELLÓN, 8 Oct. 2011(EUROPA PRESS) -

La sección Iª de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a una madre a pagar una multa de 300 euros como responsable de una falta de incumplimiento de obligaciones familiares tras impedir a su exmarido ver a sus 2 hijos los fines de semana alternos, tal y como establecía el convenio regulador suscrito de mutuo acuerdo tras el divorcio.


Los hechos se remontan al 24 julio de 2010, cuando el padre de los 2 menores se presentó en el domicilio familiar para recogerlos, sin que se le abriera la puerta.
Una semana después, volvió a intentar recoger a los niños, pero su ex mujer le comunicó que éstos no querían ir con él, por lo que tampoco se pudo cumplir en este caso el régimen de visitas.
Asimismo, el denunciante denunció que el 30 de julio sólo había estado con 1 de sus hijos durante 5 minutos cuando le correspondía medio día, y que el 11 de septiembre su ex mujer le volvió a impedir que se llevara a los menores indicándole que debía haber avisado antes de sus intenciones.


Ante esta situación, el juzgado de Instrucción de Segorbe condenó en noviembre de ese mismo año a la madre a la citada multa, sentencia que fue recurrida por la procesada, que alegaba un error en la valoración de la prueba, dado que el incumplimiento del régimen de visitas no había sido arbitrario", dado que el convenio establecía que el periodo de vacaciones que el padre debía pasar con sus hijos era del 15 al 30 de agosto, fecha en la que se produjeron los hechos.

Así, señalaba que fue su exmarido quien incumplió dicho acuerdo al no llevarse a los menores durante ese periodo y le acusaba también del impago de las pensiones correspondientes.



El tribunal señala, no obstante, que ha quedado probado el incumplimiento de la obligación familiar de entregar a los menores y apunta que no ha quedado acreditado en modo alguno que correspondiera al padre el régimen de vacaciones durante esa 2ª quincena de julio.

Indica, además, que la "voluntad incumplidora" de la procesada no presenta ningún margen de duda, dado que no permitió a su ex marido que se llevara a los menores ninguno de los días en los que éste lo intentó, cuando se trataba de unas fechas destinadas a la estancia de los hijos con su padre, y tras no haber presentado la acusada una denuncia por el supuesto incumplimiento del régimen de visitas.

abierto el camino hacia una orden europea de protección,

http://www.europarl.europa.eu/es/headlines/content/20110930STO27999/html/Uno-para-todos-con-la-orden-europea-de-protecci%C3%B3n
LA ORDEN EUROPEA DE PROTECCIÓN DESPEGA



Las comisiones LIBE y de FEMM del Parlamento Europeo, han abierto el camino hacia una orden europea de protección, que permitirá a las víctimas seguir protegidas en toda la Unión Europea Hasta ahora, su protección no llegaba más allá de la frontera.
La orden se dirigirá a cualquier persona amenazada de forma que se ponga en peligro su vida o que dañe su dignidad o su integridad física o psicológica.
 
Si el Estado miembro en el que reside esta persona dicta una orden de protección en el marco de un proceso penal, ésta debería ser válida también en el resto de países de la UE.
La orden hace referencia a medidas de protección frente a un acto criminal, tales como una orden de alejamiento.
Aunque en un principio fue concebida como una protección adicional para las víctimas de violencia de género, se aplicará a todas las medidas de protección en favor de víctimas (incluso potenciales) de actos criminales, sean de la naturaleza que sean, pero no de delitos de tipo civil.
 
También se aplicará a los familiares de la persona protegida, si las medidas de protección les incluyen.
La orden europea de protección sólo se dictará si así lo solicita la persona a la que vaya dirigida.
En cuanto a la persona contra la que se haya dictado la orden, se le ofrece la posibilidad de apelar para obtener una modificación de la medida.

martes, 11 de octubre de 2011

Interpretación del artículo 96 del Código Civil sobre la atribucción a la Vivienda

En la presente resolución del Juzgado de Familia nº 8 de Gijón se analizan las medidas provisionales a tomar tras la separación de los progenitores de una familia.

Dado que ambos padres consideraban que el otro era un buen progenitor, que los horarios eran compatibles y que uno de los temores de la madre era que los hijos desarrollasen el síndrome del "niño maleta", la sala acuerda un régimen de custodia compartida en atención de la situación de los menores en el que sean los padres quienes roten por turnos de 6 días en la vivienda familiar.

Respecto a la atribución del uso del que fuera domicilio conyugal, se debe tener en cuenta:
1.- lo gravoso que representa para el cónyuge excluido del uso - interés menos protegible para el art. 96 del CC -, cuando el otro cónyuge ostenta la custodia de los hijos menores;

2.- la perpetuación en el tiempo del uso por el cónyuge custodio y los hijos, teniendo que atender a sus propias necesidades de habitación.

3.- Así mismo no es cierto que el art. 96 del CC , cree un derecho de uso ilimitado a favor del progenitor custodio y los hijos menores; siendo cierto que los perfiles de este derecho no están bien descritos en la ley y tampoco en la jurisprudencia.



No obstante, si la resolución judicial no limita temporalmente el derecho, bien fijando un término final o una condición resolutoria como el momento de la liquidación de la sociedad de gananciales, el derecho de uso se entiende atribuido por tiempo indefinido y se mantiene y protege inclusive frente a terceros; siempre y cuando ese uso acceda al Registro de la Propiedad.

No obstante, lo expuesto hasta ahora, no impide que el título que constituye el derecho de uso, es decir, la sentencia que aplica el art. 96 del CC , introduzca limitaciones en este derecho.

Ya que el art. 96 del CC se limita a señalar que en la sentencia se atribuirá el uso al cónyuge custodio e hijos, no que ese uso sea incondicional y no sujeto a otro término que el fin del derecho a alimentos de los hijos o de la convivencia con el progenitor custodio.


Antes al contrario, la realidad social, con la elevada carestía de las viviendas en la sociedad urbana moderna, obligan a las resoluciones judiciales en cada vez mayor medida a limitar ese derecho de uso, fijando un término final, que en general toma en consideración el momento de la liquidación de la sociedad de gananciales y establece a la vez un plazo máximo para que tenga lugar dicha liquidación.

Así se protegen por un lado los intereses de los hijos y del cónyuge progenitor -intereses de mayor grado de protección legal, ciertamente- pero también el interés del otro progenitor, que no por ser de inferior grado es absolutamente irrelevante.


Atribuir el uso de la vivienda indefinidamente, supone en los tiempos actuales una virtual privación de los derechos dominicales de dicho cónyuge cotitular, y una solución inaceptable para la adecuada composición de todos los intereses legítimamente atendibles en la unidad familiar y el mantenimiento de la paz en las relaciones entre ambos progenitores.
Dicho lo cual, y centrándonos en el caso de autos, se acuerda que sean los hijos quienes se queden en el domicilio familiar, y sean los progenitores, quienes cada seis días tengan atribuido el uso, mientras conviven con sus hijos.

A fin de evitar que esa situación, que es evidentemente gravosa para ambos progenitores, pero que favorece la estabilidad de los menores, se establece que esta situación se mantendrá en tanto en cuanto no se proceda a la venta de dicho inmueble o a la liquidación de la sociedad de gananciales, Siendo obligación de ambos progenitores, el garantizar a sus hijos un derecho de habitación digno.



Una posible solución, dada la existencia de ese apartamento privativo de la esposa, que al menos en parte ha sido pagado por ambos cónyuges, podría ser alquilar el mismo, y con la renta que se obtenga más un poco mas de dinero que pondría el padre, que tiene más ingresos, alquilar una vivienda de dimensiones adecuadas para poder vivir en ella los hijos con el padre, quedándose cuando eso ocurra, y mientras no se venda la vivienda familiar actual, en dicho inmueble la madre con los hijos.
No obstante, como ya se informo a las partes en la vista, sería bueno que acudiesen a mediación familiar, a fin de poder entre ambos buscar todas las soluciones posibles, y con el debido asesoramiento de sus letrados, adoptar la más adecuada a los intereses de los hijos, consiguiendo así mismo que ambos progenitores vean, en la medida de los posible, satisfechas sus expectativas en cuanto al tiempo que pueden estar con sus hijos, derechos de habitación y contribución a las cargas familiares

La Sentencia completa en nuestra web

Los nombres de los acusados de maltrato podrán hacerse públicos

http://www.que.es/ultimas-noticias/sociedad/201110101342-nombres-acusados-maltrato-podran-hacerse-cont.html
Los nombres de los acusados de maltrato podrán hacerse públicos.
El Tribunal Supremo avala en una sentencia la publicación de los nombres de los acusados de maltrato por su "relevancia social".
La sentencia implica que se puedan revelar las identidades de los implicados antes de que éstos sean juzgados. ¿Qué te parece?


EFE 10 de octubre de 2011 . Qué.es

El alto tribunal dictamina que, en un caso de maltrato, aunque al publicar la identidad de un implicado se dañe su imagen, prevalece sobre ese derecho la libertad de información propia de un Estado democrático.

"Cuando los delitos tienen extraordinaria importancia y trascendencia social está justificado no solo el interés público especial de la información, sino incluso el que se expresen los datos de identidad de los detenidos, en lugar de las simples letras iniciales de su nombre y apellidos", señala la doctrina del Supremo.



Los jueces señalan que "los actos de maltrato físico y psicológico son una cuestión socialmente relevante y de interés para la comunidad" y añaden que, en el caso que da lugar a esta sentencia, se ejerció el derecho a la información, por parte del diario La Región S.A., "de forma legítima, por ser la noticia veraz y de relevante interés público".



EL ORIGEN DEL CASO

El origen del pleito surge cuando el citado periódico publicó los días 5 y 18 de noviembre de 2004 dos artículos referentes al demandante "como implicado en un procedimiento penal por maltrato familiar".

En esos artículos se incluía una fotografía del demandante, un particular, en la puerta de la sala de vistas el mismo día del juicio por los hechos de los cuales se le acusaba, imagen a la que se añadieron su nombre, apellidos y edad.

El demandante consideró que estos artículos vulneraban su honor, imagen y derecho a la intimidad, un daño justificado en la prevalencia del derecho a la información, según dictamina el Supremo.