Los accidentados de tráfico por alcance, un
choque que se salda con lesiones leves y pequeños daños, han descubierto
un atajo para cobrar más rápido la indemnización y, de paso, ahorrarse
las tasas judiciales y el pago de un informe pericial de un forense que
acredite sus lesiones y los días que permaneció impedido o de baja. Si
los mismos denunciantes acudiesen a un juez de lo civil, como sería lo
más adecuado, el parte médico les costaría como mínimo 1.100 euros,
incluidos gastos de gestión, así como tasas de 150 euros por un juicio
verbal, sin contar otros informes periciales que prueben el valor de su
reclamación. Si van por lo penal, les sale todo gratis, lo que ha hecho
que los juzgados de instrucción se vean inmersos en una lluvia de
pleitos de faltas por accidentes de tráfico que, según algunos letrados,
«consumen el 80 % del tiempo de la sala, es un auténtico despilfarro de
recursos».
El truco consiste en denunciar al otro conductor
por la vía penal aunque luego el perjudicado no se presenta el día que
el juzgado de instrucción celebra el juicio de faltas por lesiones. «Ya
no esperan ni a la sentencia, no comparecen y piden el título
ejecutivo», comentan en un juzgado.
Lo único que le interesa al denunciante es que el
juez le entregue un título ejecutivo que reconozca que estuvo varios
días de baja, motivo por lo que le correspondería cobrar un máximo de
dinero. El denunciante puede presentar ese auto que fija la cuantía de
la indemnización, el denunciante como prueba ante un juzgado de lo civil
y le es inmediatamente abonada.
Este proceso para cobrar el resarcimiento por los
daños y lesiones de tráfico es mucho más rápido y barato que si el
mismo accidentado presentase una demanda ante un juez de primera
instancia para reclamar la indemnización.
Por la vía penal, se ahorran
el coste de contratar a un forense porque el médico que examina sus
lesiones en los juzgados le sale gratis. Tampoco pagan tasas judiciales
porque los juicios penales son gratis y, además, la reclamación de
ejecución de títulos judiciales también está exenta. Los que tienen que
pagar son las aseguradoras que quieran oponerse a dichas tasas.
Y además, tampoco sale nadie malparado porque los
denunciados siempre salen absueltos por la vía penal. Los jueces dictan
una sentencia absolutoria, en parte porque el denunciante no se
presenta a juicio o desiste, y por otra, porque los accidentes por
alcance en ciudad son leves y el juez aplica el principio de la mínima
interferencia del derecho penal, por lo que remite el asunto a la vía
civil reconociendo la máxima cuantía a indemnizar.
Fuentes judiciales admiten que siempre ha habido
juicios de tráfico en los juzgados de instrucción pero que «de aquí a
una parte se nota que vienen más porque es más rápido que el civil para
cobrar, el forense le sale gratis y no hay que pagar tasas».
La Vª Sección de la Audiencia también nota un aumento de los recursos de apelación por juicios de faltas de tráfico.