sábado, 10 de agosto de 2024

El aumento de los divorcios afecta a la vivienda

Otros Medios: Diario Siglo XXI,
..... “Son situaciones de mucha tensión”.
En Pozuelo.es/ 09 Agosto 2024
En 2020 hubo un descenso de divorcios quedándose en 77.000, pero en 2022 ya se superaron los 81.000 de nuevo.
Muchas parejas en situación de divorcio desconocen los procedimientos necesarios para llevar a cabo una venta de una casa sin añadir conflicto ni tensiones innecesarias.

El número de divorcios en España ha aumentado más de un 5% desde la pandemia hasta superar los 81.000. 
Un crecimiento que tiene consecuencias, entre otros, en el sector inmobiliario.
Una problemática que aumenta en un momento donde el acceso a la vivienda es tema candente en todas las ciudades. Sobre todo teniendo en cuenta que el 45% de estos divorcios no tienen hijos de por medio y que la edad media es de unos 47 años, por lo que existe una alta probabilidad de que haya una vivienda comprada.

Los procesos de divorcio en España venían cayendo desde el 2012, cuando se tramitaron más de 104.400 divorcios en toda España. 
En 2020 las cifras se redujeron notablemente hasta los 77.200, según los datos del INE analizados por el departamento analítico de Inmobiliarias Encuentro. 
En 2022 los datos volvieron a aumentar hasta los casi 87.000, en gran parte por el parón de la pandemia. Y, aunque con descenso, en 2022 se certificaron más de 81.300 divorcios en toda España.

Esto supone un crecimiento del 5,31% en la última década, justo cuando más se está complicando el acceso a la vivienda. Aunque no es determinante, los expertos del sector ponen también el foco en cómo se puede relajar la tensión y facilitar la puesta en mercado de estas propiedades en conflicto mediante la simplificación de procesos de divorcio con una vivienda de por medio.Son situaciones de mucha tensión que en ocasiones se demora simplemente por cuestiones sentimentales o emocionales”, indica Alan Hernández, CEO de Inmobiliarias Encuentro. 
Si el proceso de divorcio se lleva a cabo de mutuo acuerdo produce una liberalización y puesta a la venta de la vivienda más rápido, o la posibilidad de que 1 de los cónyuges pueda proceder a alquilar o comprar una nueva propiedad”, subraya.

Pero, a la hora de vender una vivienda, un divorcio puede convertir el trámite en algo muy complejo para la pareja. El 1º paso es conocer la situación de la pareja, si se encuentran en una posición de bienes gananciales o si tienen separación de bienes. Es en el 1º caso en el que más dificultades puede haber, pues la vivienda pertenece a ambos integrantes de la pareja al 50%. 
Además habrá de tenerse en cuenta que “puede haber una situación de conflicto en la pareja, rencillas, tensiones, indecisiones, falta de información de los trámites, abogados con intereses propios, falta de capital para afrontar una nueva compra, un alquiler o un alquiler con opción a compra por uno de los cónyuges

Si los 2 miembros de la pareja quieren vender, el proceso suele ser más sencillo, aunque también tiene varias aristas. “Es muy habitual que no se pongan de acuerdo en el precio de venta, que se complique el tema del papeleo, o se dilaten las gestiones que implican vender una vivienda…”, explica el directivo de Encuentro. “Por todo ello, hay que tener una especialización en estos temas para no complicar aún más la posible venta de la propiedad y que ésta no añada una situación de mayor tensión en la pareja, y sobre todo si tienen hijos”, subraya.

Según indican desde Inmobiliarias Encuentro, en esos casos sus asesores tienen la especialización y experiencia necesaria para afrontar las complicaciones que la delicada situación provoca. Hay que contar tanto con el factor económico como con el emocional de los clientes. Especialmente si se quiere liberar cuanto antes la vivienda y cerrar un acuerdo de venta en beneficio de ambos.

El otro escenario posible es que 1 de los 2 se quiera quedar la vivienda, por lo que debe abonar el 50% del valor del inmueble a la otra parte para adquirir la titularidad total. “En el mercado se puede ver muchas circunstancias y todas muy distintas, pero si hay buenas intenciones por ambas partes solo quedan cuestiones técnicas; eso es lo que procuramos”, destaca Hernández.

Divorcio: ¿Quien se queda con la mascota?

Esto dice la ley sobre quién se queda las mascotas tras un divorcio.
Un juez decide quién se queda con ella y las condiciones de su manutención.
Susana Pérez de Pablos, 09/08/2024 
En realidad, el resumen sería que se le otorgan los derechos a tu mascota como un miembro más de la familia. En caso de divorcio, es un juez el decide el destino de la mascota, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal. 
Y, además, también establecerá el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado entre los miembros de la pareja divorciada, además de lo que debe aportar cada uno a los gastos asociados al cuidado del animal.

Los españoles cuentan con más de 29 millones de mascotas registradas como tales. La ley que regula las condiciones y derechos relacionados con la mascota en caso de divorcio es la de reforma del Código Civil, aprobada en diciembre de 2021 y que está en vigor desde el 5 de enero de 2022. En este cambio legal se incluyó el concepto de que las mascotas son “seres que sienten, con lo cual las familias que las tienen pasan a a tener una serie de obligaciones y deberes.

Lo ideal, como en todas las separaciones, es que se llegue a un convenio de mutuo acuerdo. Pero, en el caso de que no lo haya, el art. 91 de la cita legislación, señala que “en las sentencias de nulidad, separación o divorcio, o en ejecución de las mismas, la autoridad judicial, en defecto de acuerdo de los cónyuges o en caso de no aprobación del mismo, determinará conforme a lo establecido en los artículos siguientes las medidas que hayan de sustituir a las ya adoptadas con anterioridad en relación con los hijos, la vivienda familiar, el destino de los animales de compañía (…) estableciendo las que procedan si para alguno de estos conceptos no se hubiera adoptado ninguna”. Esto significa que, en definitiva, que el juez es el que toma la decisión final, estén de acuerdo o no las personas afectadas.

Un factor interesante en estos casos es lo que dice esta ley en el caso de que uno de los miembros de la pareja divorciado se quede con la custodia de los hijos menores. En este caso, la mascota va a esa misma persona con la que se quedan a vivir los niños. Y si la custodia es compartida, el juez es el que decide dónde vivirá entonces la mascota, ya que también su custodia podría ser compartida.

martes, 6 de agosto de 2024

La documentación que se necesita para viajar con hijos menores de edad

......... tanto si se está casado como divorciado.
El requisito principal es el DNI en vigor para mayores de 16 años para traslados dentro de la Unión Europea, y pasaporte en todas las edades para viajar fuera de ella. 
Sin embargo, los padres separados deben cumplir con ciertos requisitos legales, que varían según el contexto familiar y destino
Los padres separados que quieran viajar con sus hijos deben atender al contenido de su convenio regulador, auto o sentencia judicial por la que se rigen las relaciones paternofiliales.
Gema Lendoiro, Madrid - 06 AGO 2024
En plenas vacaciones, miles de familias se desplazan dentro y fuera de España, así como dentro y fuera de la Unión Europea
Cuando los menores de edad van acompañados de ambos progenitores, los viajes, en cuanto a su documentación y permisos, no presentan grandes problemas. 
El requisito principal es el DNI en vigor para mayores de 16 años dentro de la UE, y pasaporte en todas las edades para destinos fuera de ella. 
Sin embargo, cuando los menores viajan acompañados de 1 solo de sus padres —bien porque estén divorciados o separados, bien porque solo viaja 1 de los adultos— la documentación requerida varía y es más estricta dependiendo del destino con el fin de proteger al menor frente a un posible caso de huida del país con ellos.

Viajar con hijos menores cuando los progenitores están separados o divorciados requiere cumplir con ciertos requisitos legales que varían según cada contexto familiar y el destino”, explica Delia Rodríguez (Madrid, 40 años), abogada de familia en Vestalia Abogados. 
Para viajar dentro de la Unión Europea lo 1º que debemos saber es que los niños necesitan su propio documento de identidad, aunque también pueden viajar con pasaporte, y es importante verificar que estos documentos estén en vigor con tiempo de antelación para no llevarnos sorpresas de última hora”, prosigue.

Lo 2º a tener en cuenta, según advierte la letrada, es que hay que atender al contenido del convenio regulador, auto o sentencia judicial por la que se rigen las relaciones paternofiliales:Concretamente, el ejercicio de la patria potestad en cuanto a los viajes de los menores en compañía de 1 de los progenitores”. 
“Si contamos con una resolución judicial en la que se recogen medidas específicas o prohibiciones concretas estas deben ser respetadas, pudiendo ser necesario obtener la autorización expresa del otro o, en caso de discrepancias, autorización judicial a través de un proceso de jurisdicción voluntaria; todo ello para evitar la sustracción de menores en especial riesgo”, señala.

Rodríguez incide en que puede resultar útil llevar consigo una copia del Libro de Familia y de la resolución judicial para demostrar la relación parental y los términos de custodia: “En caso de no haberse recogido expresamente la necesidad de recabar el consentimiento del otro para estos viajes, no siendo necesaria además la expedición del pasaporte, el progenitor que pretende el viaje no necesita una autorización expresa del otro. Eso sí, siempre tendrá el deber de informar sobre el lugar donde estará el menor, así como de la duración del viaje”, recuerda.

Sin embargo, para viajes fuera de la Unión Europea esta situación puede presentar algunos matices. “En 1º lugar, necesitaremos que el menor cuente con pasaporte en vigor; en caso de no tenerlo, necesariamente las autoridades nos requerirán la autorización expresa del otro progenitor para expedirlo, aun cuando los progenitores no estén separados. Dependiendo del destino, cabría también contar con un visado para el menor”.

En cualquier caso, es importante saber, amplía la letrada, que tanto dentro como fuera de la UE, y según el art. 3.3. de la Instrucción núm. 10/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad, los menores podrán viajar desde España acompañados de quien ostente la patria potestad sin necesidad de la declaración firmada de permiso de viaje del otro progenitor, la cual sí es necesaria en caso de que los menores viajen acompañados de un 3º que no ostente la patria potestad”. 

Rodríguez aclara que una cosa distinta son los requisitos que se exijan de entrada al país de destino, “especialmente fuera de la Unión Europea, pudiendo darse que se requiera contar con la autorización expresa del otro progenitor que no lo acompaña, con lo cual, esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta por los interesados, en cada caso concreto”.

¿Qué documentación se necesita para tramitar el pasaporte?
Si se quiere tramitar el pasaporte de un menor por 1ª vez se necesitará, según la abogada, el certificado literal de nacimiento (con menos de 3 meses), que se puede solicitar en el Registro Civil, copia del Libro de Familia para acreditar junto con lo anterior la filiación del menor y copia del DNI si el menor cuenta con él. 

En caso de que 1 de los progenitores no pueda acudir a la cita de tramitación del documento, la letrada recuerda que deberá acudir previamente a la comisaría y rellenar el impreso de autorización. 
También puede realizarse una escritura de autorización notarial, que es un documento en el que los progenitores o titulares de la patria potestad de un menor de edad de nacionalidad española y residente en España, autorizan a dicho menor de edad a realizar un viaje concreto fuera del territorio nacional, por sí solos o, en su caso, acompañado de una 3ª persona”, puntualiza Rodríguez.

La abogada añade otro matiz por lo que se refiere a los menores extranjeros residentes en España:Es necesario indicar que, dependiendo del tipo de viaje y destino, lo más conveniente puede resultar acudir a las autoridades consulares correspondientes para cumplimentar los documentos que procedan de conformidad con su legislación nacional”.

Requisitos para tramitar el permiso de viajar al extranjero para menores no acompañados de sus padres.
Atendiendo a la Instrucción nº 10/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad, los menores que no viajen acompañados de sus progenitores necesitarán de una autorización. Tal y como explica la abogada Delia Rodríguez, será válido el propio modelo incluido en la instrucción que facilitan en las dependencias de la Policía Nacional o de la Guardia Civil.

El modelo de declaración contiene 2 apartados en los que se especifica que el interesado actuante manifiesta que cuenta con el consentimiento del otro progenitor y que declara la veracidad de los datos facilitados y de los documentos aportados en su solicitud, siendo personalmente responsable de cualquier falsedad, omisión o inexactitud y las autorizaciones de viaje expedidas conforme a esta instrucción tendrán una validez de 90 días desde su expedición. 
También será válida la autorización de otros organismos, como por ejemplo los notarios, los alcaldes u otras fuerzas y cuerpos de seguridad.

El Ministerio de Igualdad solo condena la violencia sobre la mujer

Otros Medios: la vanguardia,
Ascienden a 28 las mujeres asesinadas por "violencia de género" en España en lo que va de año.
La ministra de Igualdad, Ana Redondo García, ha manifestado su "más absoluta condena y rechazo" ante el último asesinato machista en A Coruña.
Público/EPMadrid 05/08/2024 
El número de mujeres asesinadas por violencia de género en España en lo que va del año 2024 ha llegado a 28, tras confirmarse el caso de una mujer asesinada por su marido en la provincia de A Coruña. 
La víctima era una mujer de 74 años, asesinada el 2 de agosto de 2024. 
Según ha informado este lunes el Ministerio de Igualdad, no había denuncias previas por violencia de género contra el agresor.

Con la confirmación de este caso, el número de mujeres asesinadas por violencia de género en España en 2024 asciende a 28, y a 1.272 desde 2003, año en que se comenzaron a recopilar estos datos. 
El número de menores huérfanos a causa de la violencia machista en España ha alcanzado los 21 en 2024 y suma un total de 454 desde 2013.

La ministra de Igualdad, Ana Redondo García, y la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Carmen Martínez Perza, han manifestado su "más absoluta condena y rechazo ante este asesinato machista" y han expresado su "apoyo" a familiares y amigos de las víctimas. 
Además, han solicitado "esfuerzos conjuntos de las instituciones, administraciones y la sociedad en general para actuar a tiempo y prevenir más muertes".

El 016 atiende a todas las víctimas de violencia machista las 24 horas del día y en 53 idiomas diferentes. 
Asimismo, se encuentra disponible el correo:
También se presta atención mediante WhatsApp a través del número 600000016. 
Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900202010.

En una situación de emergencia, se puede llamar al 112. 
También a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). 
En caso de no poder llamar se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.