........ para reducir la judicialización de conflictos.
Hasta
la fecha tan sólo 4 juzgados de Zaragoza permitían la mediación
penal.
Sin embargo, el Ejecutivo autonómico quiere extender esta fórmula
alternativa a la judicialización de conflictos a todas las sedes de la
Comunidad.
Por ello, en los próximos días van a firmar un acuerdo con
Fiscalía, el CGPJ y una asociación.
www.aragondigital.es/Luis Miguel Gabás/Zaragoza/ 22/10/2012
Hasta la fecha sólo se practica la mediación penal en cuatro juzgados de Zaragoza
además...
Por este motivo, según ha podido saber ARAGÓN PRESS, el Departamento de Presidencia y Justicia que dirige Roberto Bermúdez de Castro pretende firmar, en los próximos días, un acuerdo con el CGPJ, Ministerio Fiscal y la Asociación ¿Hablamos?.
La mediación en el ámbito de Lo Penal es un procedimiento en el que, quienes aparecen como infractor y víctima de un delito o falta, de una forma voluntaria, con la asistencia de un mediador neutral e imparcial, tratan de alcanzar a través de la comunicación y el diálogo una reparación del daño causado.
De este modo, los agentes que intervienen en el proceso son un juez, fiscal, secretario judicial, mediador y abogado, además de los protagonistas, víctima y acusado.
El mediador es el que atiende a las 2 partes enfrentadas buscando acuerdos, mientras que el fiscal busca proteger al perjudicado.
No obstante, como en cualquier proceso, hay un juez que decide.
Este método no se encuentra establecido en el Derecho español como concepto pero sí figura la reparación del daño como atenuante en el Código Penal, comenzando a llevarse a cabo bajo el auspicio del CGPJ a través de las recomendaciones del Consejo de Europa.
Desde el Gobierno de Aragón reconocen que puede ayudar a aligerar la carga de los juzgados y en el que se atienden las necesidades de la víctima, se facilita la reinserción social de los infractores y se reconoce la vigencia de la norma penal como pauta válida para regular la convivencia social.
En principio, todas las infracciones penales (delitos y faltas) son susceptibles de ser derivadas al sistema de mediación, con la excepción de los procesos por delitos o faltas tramitados por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Entre otros, se pueden solventar mediante mediación penal los delitos de carácter leve como lesiones, hurtos, robos sin violencia, calumnias, impago de pensiones, estafa, amenazas y coacciones.
Durante el año 2011 se produjo, según la última Memoria Judicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, un incremento de ingreso de procesos a resolver.
En materia civil ingresaron 476, y en materia penal 450, lo que da un total de 926 nuevos asuntos, frente a 791 del año anterior.
Asimismo, se dictaron 328 sentencias y 75 autos resolutorios y 38 decretos en materia civil y 194 sentencias, 265 autos resolutorios y cuatro decretos en materia penal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario