sábado, 3 de noviembre de 2012

Sentencia: Divorcio y atribución vivienda familiar

MATRIMONIO. RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL. DIVORCIO. MEDIDAS DEFINITIVAS
En los procedimientos matrimoniales seguidos sin consenso de los cónyuges, no pueden atribuirse viviendas o locales distintos de aquel que constituye la vivienda familiar. 
La atribución de otras residencias de la familia o de otros locales debe efectuarse de acuerdo con las reglas del régimen económico matrimonial que rija las relaciones entre cónyuges.

La Sentencia aquí

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