miércoles, 22 de enero de 2014

No se garantiza el interés de los menores al desestimar la compartida que funcionó

TS, Sala Primera, de lo Civil, 12-12-2013
La AP denegó la custodia compartida de 2 hijos menores de 14 años, que, previamente, se había acordado en la Instancia, argumentando que no había habido cambio de circunstancias, porque los menores tenían perfectamente cubiertas sus necesidades económicas y afectivas conviviendo con su madre, y la relación con su padre se desarrollaba amplia y satisfactoriamente con un generoso régimen de visitas.
El TS casa la sentencia y se repone la de primera instancia por considerar que el interés de los menores no ha quedado adecuadamente salvaguardado

Entiende que la solución aplicada no ha tenido en cuenta ningún parámetro imprescindible para determinar el régimen de custodia aplicable que asegure el adecuado desarrollo evolutivo, la estabilidad emocional y la formación integral del menor y, en definitiva, aproximarlo al modelo de convivencia existente antes de la ruptura matrimonial, garantizando a sus padres la posibilidad de seguir ejerciendo los derechos y las obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos en la última etapa de su infancia, lo que, sin duda, parece también lo más beneficioso para ellos. 
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