miércoles, 22 de enero de 2014

Un padre, absuelto de impago de pensión porque había prestado a la exmujer 6.600 euros

La juez descarta que haya desamparo de la menor e insta a la denunciante a ir a la vía civil si insiste en exigir el dinero

La magistrada del Juzgado de lo Penal en la sala de juicios.
La magistrada del Juzgado de lo Penal en la sala de juicios.
la opinion de zamora.es/21.01.2014 | 

Una buena relación degradada:

  • El divorcio: Tras el divorcio, las relaciones entre quienes habían sido marido y mujer fueron buenas, tanto que el hombre accedió a prestar una importante suma de dinero a su exesposa hasta que ella pudo encontrar un trabajo. La mujer dijo en el juicio que su exmarido le prestó esa suma porque albergaba la esperanza de volver a vivir con ella.
  • Impagos: Tras adelantar ese dinero y al empeorar su situación laboral con la crisis, el hombre dejó de pagar los 240 euros mensuales que el juez le había impuesto como pensión para mantener a la única hija del matrimonio, que es menor de edad. Consideró que, como su expareja le debía más de 6.600 euros, podía descontar mensualidades hasta cubrir esa deuda.
  • Denuncia: La reacción de su exmujer fue denunciarle en el Juzgado, puesto que no había llegado con él a ningún acuerdo de compensación de cantidades. El juez le procesó por el delito de impago de pensiones, que implica dejar a la hija en desamparo y conlleva penas de cárcel. El fiscal exigió once meses de prisión para el hombre y el pago íntegro de los dos años pendientes. La juez absuelve al hombre porque siempre ayudó a su exmujer para mantener a la niña.

Los más de 6.600 euros prestados a su exesposa, las cantidades ingresadas en la cuenta bancaria de su hija menor de edad, así como los frecuentes regalos que le viene haciendo desde que el matrimonio se divorciaran han procurado a un toresano la absolución del delito de abandono de familia, por el impago de pensiones durante 2 años, para quien el Ministerio Fiscal exigía una condena a 11 meses de prisión y el abono de los 6.864,72 euros que le reclamaba la mujer.
La magistrada del Juzgado de lo Penal, ante los datos aportados durante el juicio, concluye en su sentencia que el acusado no actuó con intención de causar un perjuicio ni a su exmujer ni a su hija al dejar de abonar las cuotas mensuales de 240 euros, fijadas como pensión alimenticia. Simplemente «trató de compensar» esas cantidades con el dinero que le había anticipado al inicio de su separación, cuando su exmujer no trabajaba.
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