sábado, 16 de julio de 2011

El Divorcio en España: 1981-2006 un cuarto de siglo de desencuentros

http://www.revistaimpar.com/contenidos/ver-reportaje.asp?index=105
25 años de divorcio
A casi un cuarto de siglo de la aprobación de la Ley del Divorcio en España, la reciente reforma de este marco ha provocado no poca polémica, recordando, en parte, los debates surgidos a comienzos de los años 80, cuando en plena transición los legisladores abordaron el tema.
Vienen al recuerdo profecías apocalípticas, actitudes contradictorias y la diferencia entre lo que se temía y lo que fue. Que no fue tanto.


1977, España . En pleno debate pre constitucional, destaca un tema que levanta pasiones y polémicas en un país que prepara su cambio democrático tras 40 años de dictadura.
El divorcio. Algunos lo ven como el símbolo del fin de un tiempo detenido, otros como la antesala de la disolución de la familia y la decencia.
El tema protagoniza también las primeras elecciones libres en generaciones, y no falta quien apoya tímidamente la medida pero teme que el país esté avanzando demasiado deprisa.


El divorcio no era inédito en España, aunque el matrimonio se consideró indisoluble hasta la II República, cuando se aprobó la primera legislación del divorcio.
Esa ley, de 1932, incorporó aspectos tan avanzados como el divorcio por mutuo disenso y la obligación mutua de pensión alimenticia, pero fue derogada en 1939 por el franquismo y hubo que esperar más de 40 años para que volviera a hablarse de divorcio.


Abierto el debate, se extendió hasta 1981.
Entonces, la controversia no se centraba sólo en los detalles, sino en la conveniencia o no de permitir la separación matrimonial.
La Conferencia Episcopal, que todavía mantenía gran influencia sobre los partidos políticos de centro-derecha, especialmente sobre parte de la UCD, removió -nunca mejor dicho- cielo y tierra para evitar la aprobación inminente de la ley .
Pero el proyecto llegaría a votarse, con el impulso del ministro de Justicia Francisco Fernández Ordóñez, provocando un duro enfrentamiento entre los sectores socialdemócrata y democristiano de la UCD.


El congreso aprobó el texto por mayoría simple y Fernández Ordóñez cayó en desgracia para la iglesia católica: el cardenal primado de Toledo, Marcelo González, le impidió presidir en 1981 la procesión del Corpus , por ser el autor de ‘una ley anticristiana’.

Para unos sectores, España seguiría pronto el destino de Sodoma y Gomorra.
Para otros, se asomaba -con años de retraso- a la modernidad.
Y en el verano de 1981, el boe publicó por fin el texto de la Ley de Divorcio, que entró en vigor el 15 de agosto tras 2 años y medio de debate.


No fue para tanto
Se esperaba una avalancha de demandas que, en muchos casos, vendrían a regularizar situaciones existentes para miles de parejas.
Las versiones más pesimistas auguraban que, ahora que era posible, la gente se casaría y descasaría como quien va al cine.
Pero durante el 1º año de divorcio en España, las demandas presentadas apenas superaron el número de 10.000.


Lo que no fue tan fácil fue alcanzar el mutuo acuerdo entre ambas partes.
Hasta 1994, el número de separaciones denominadas contenciosas -en las que uno de los cónyuges manifestaba una causa legal para iniciar un proceso judicial- superaba a las de mutuo acuerdo, pero a partir de 1995 predominan los casos en los que la pareja está de acuerdo, según ha constatado el Instituto Nacional de Estadística (INE).


Entre tanto, nuestra sociedad se habituaba a un derecho más.

Personalidades vinculadas en su tiempo a los partidos de izquierda, como Miguel Boyer, se divorciaban, pero también lo hicieron firmes detractores de aquella ley, como el ahora ex-ministro popular Francisco Álvarez Cascos, que ha reincidido en más de una ocasión.
Tras varios años de matrimonio y 4 hijos con Elisa Escandón, se divorció para casarse en 1996 con Gema Ruiz, que también ya ha adquirido el calificativo de ex.
El 31 de agosto de 1981, Cascos declaraba a La Hoja del Lunes de Gijón:
para mí el principio es que la familia es indivisible. Lo que no se puede es hacer una regulación normal en el divorcio, cuando ni siquiera se respeta esa libertad individual de las personas a elegir su estado familiar. El Estado debe tener un código ético que es defender la familia indivisible, y luego debe arbitrar medidas para resolver esas otras situaciones. Contra lo que estoy es contra la forma de divorcio aprobada en España.’


La puerta del mal

La opinión del entonces político de Alianza Popular -ap-, coincidía con la de la Iglesia, difundida por la Conferencia Episcopal, y que había bajado a la arena desde el comienzo de la democracia para presionar en contra de la ley en ciernes.
Concretamente, en un documento publicado en 1979 y que resumía en buena medida los conceptos defendidos desde 1977 en adelante, hacía un llamamiento a los legisladores para frenar el cambio, recordándoles que ‘No hace falta subrayar cuán gravemente negativos serían los efectos que se derivarían, a corto y a largo plazo, para la salud moral y religiosa de nuestras familias, nuestra sociedad y nuestro pueblo’.


Y ya en 1981, cuando la votación era inminente, un nuevo documento resumía la postura eclesiástica, declarando, por ejemplo, que ‘ El divorcio no es, en principio, un derecho de la persona’.

Pero el temor mayor era el efecto que los divorcios tuvieran sobre la estructura social, ya que ‘Una ley de divorcio induce a pensar que el matrimonio es disoluble y supone la introducción legalizada de una permisividad que socava las bases más firmes de la sociedad y de la familia’.


Nos íbamos a convertir en personas cómodas, incapaces de superar la menor crisis de convivencia, porque ‘El divorcio, al conceder la posibilidad legal de contraer nuevo matrimonio civil, puede incitar a matrimonios sin problemas insolubles, pero en crisis transitoria, a acudir a este recurso legal’.

Y, poco menos, nos convertiríamos en agente del mal, dado que ‘el divorcio, más que un remedio al mal que se intenta atajar, se transforma en una puerta abierta a la generalización del mal’.

Pero la actitud de la Iglesia, aunque aglutinó a los sectores más conservadores, sirvió también para polarizar opiniones y evidenciar ‘el divorcio entre la realidad y lo que defendían’.

Y el mundo sigue andando

El resto es historia, pero conviene destacar que ninguna de las hecatombes esperadas ocurrió: ni los españoles acudimos en masa a los juzgados a la primera discusión de pareja, ni los divorcios resintieron la economía nacional.

Más bien al contrario, porque donde había un consumo familiar -desde vivienda hasta servicios básicos-, tras la ruptura había 2.
Hasta este verano , y según datos del Consejo General del Poder Judicial, se han producido en España mas de 1 millón de separaciones y más de 700.000 divorcios, con la consiguiente creación de nuevos hogares y nuevos consumos.


También la sociedad se ha ido adaptando a la nueva realidad, especialmente en los últimos años, y hasta los bancos han retirado de los formularios para solicitud de hipotecas y otros créditos la obligatoriedad de la firma del o la cónyuge. Y es que la realidad manda.


Solo en el año 2004 se registraron 82.340 separaciones y 52.591 divorcios.
Por comunidades, la lista la encabeza Cataluña (19,6 por ciento del total), seguida de Andalucía (17,2%) y Madrid (13,1%);
mientras que los índices más bajos corresponden a La Rioja (0,56%), Navarra (1,02%) y Cantabria (1,23%).


Aunque el número de rupturas no ha dejado de crecer desde 1981, los porcentajes se han incrementado de un modo más claro con la llegado del nuevo siglo: separaciones y divorcios crecieron un 9% en 2003 con respecto a 2002, y un 17% si comparamos las cifras con las de 2001.

Y aún así, los datos del Instituto Nacional de Estadística revelan que la tasa bruta de divorcios en España en 2002 era del 0,9 por mil, la mitad de la existente en la Unión Europea de 15 miembros.
Bélgica y Dinamarca poseían las tasas más elevadas, con 3 y 2,8, por mil, respectivamente, mientras que Italia, con 0,7, registraba el menor número de divorcios por mil habitantes.


Un largo camino

Con semejante dinamismo, la Ley de 1981 pronto se mostró insuficiente, pero los cambios no sería ni fáciles y rápidos.
Desde su aprobación, la ley se ha modificado en varias ocasiones:
1.- La en 1984 con motivo de la reforma de la ley de enjuiciamiento civil.
2.-En 1990 se reconoció el derecho de los padres a optar por la custodia de los menores y
3.-En 2000 se derogaron 9 disposiciones adicionales de la ley relativas a juicios y
4.- al año siguiente, se derogó una nueva disposición sobre medidas fiscales.

Pero lo que se esperaba de esa cita era mucho más: 2 iniciativas de CiU y PSOE, que apuntaban :
A.- al divorcio directo sin pasar por la separación, y
B.- a ampliar los supuestos legales para la ruptura del vínculo,
naufragaron en las espesas aguas parlamentarias al no contar con el visto bueno del PP, mayoritario en ese momento.


Y eso pese a que el Partido Popular incluía, entre sus compromisos de las 2 elecciones generales que ganó (1996 y 2000), medidas para agilizar el divorcio.
De hecho, la diputada popular Rosa Estaraz aseguraba por esas fechas que el Gobierno reformaría la ley para agilizar los plazos antes de finalizar la legislatura… que terminó en 2004 y sin nueva ley.


Entre tanto, la última reforma que afectó a la ley de divorcio tuvo lugar en 2003 y tuvo como objetivo regular el régimen de visita de los abuelos a los nietos en caso de separación y divorcio.

Pero seguía siendo insuficiente para una realidad en la que el divorcio ya no era una rareza sino una opción.



Del nuevo divorcio: 2005

Desde julio, con la entrada en vigor de la nueva ley de divorcio:
1.- el proceso es más rápido y barato.
2.- Desaparece la separacion previa y la declaración de culpabilidad de una de las partes,
3.- a la vez que se abre la puerta a la custodia compartida.
Estas son algunas de las características del cambio más profundo en el divorcio español desde 1981.

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