Opinión del Lector
Antonio Massé|
San Sebastián
28 MAY 2002
La ruptura conyugal es cada vez más frecuente en nuestra sociedad.
Los matrimonios acaban en divorcio cada vez con mayor frecuencia. La
terminación del matrimonio con su tortuoso proceso de separación y
divorcio, nuevas relaciones emocionales y económicas en la familia, la
irrupción del 3º vértice en el triángulo conyugal con la probable
réplica que convertirá el segmento en polígono... van a incidir en el
negocio familiar de forma inevitable y traumática, muchas veces mortal
de necesidad.
'Eso no me pasará a mí' es siempre un error en un planteamiento con futuro.
Cuando surge el conflicto salvar la empresa va a suponer un incremento del coste económico del proceso matrimonial.
No basta la abogada matrimonialista típica por lo general, se tendrá que recurrir a asesores especializados complementarios para un enfoque en equipo de la salida del problema.
Sin embargo, se suele acudir al abogado empresista o al economista para la cuantificación del valor de la empresa como si la empresa fuera un mueble a tasar judicialmente.
Después de la sentencia o del convenio de liquidación del consorcio, hay que hacer un esfuerzo titánico en tormentosas condiciones para pactar un protocolo familiar y, a pesar de ello, tendremos que hacerlo si queda esperanza de salvar la empresa.
En este protocolo se debe fijar su 1ª revisión obligatoria al año, como en todos los protocolos familiares que surgen de un conflicto interno a la familia.
Por lo anterior, creo que la separación de bienes es necesaria al inicio del matrimonio o del negocio pero no es suficiente aunque nuestra empresa sea mínima.
Se deben aclarar titularidades de la actividad cuando uno de los cónyuges tiene el título que habilita para su ejercicio y el otro es quien la ejerce o participa en su ejercicio realmente.
Hay que pactar la adjudicación preferente del negocio o de la participación en el negocio familiar a uno de ellos por ejemplo. Y complementarlo todo, en protocolo familiar redactado en tiempos de paz, con previsiones para la financiación de futuras pensiones alimenticias, derechos de información del cónyuge saliente que va a mantener inevitables vínculos con la economía de la firma por causa de los hijos o de su propia pensión.
Pero dado que el ser humano puede resistirlo todo menos la tentación y, a pesar de lo que dice el conocido refrán empresarial, la neurona del macho se seguirá metiendo en la olla del establecimiento, el conflicto surgirá inevitable en la empresa familiar y entonces puede ser ya imposible coger ese toro por los cuernos.
'Eso no me pasará a mí' es siempre un error en un planteamiento con futuro.
Cuando surge el conflicto salvar la empresa va a suponer un incremento del coste económico del proceso matrimonial.
No basta la abogada matrimonialista típica por lo general, se tendrá que recurrir a asesores especializados complementarios para un enfoque en equipo de la salida del problema.
Sin embargo, se suele acudir al abogado empresista o al economista para la cuantificación del valor de la empresa como si la empresa fuera un mueble a tasar judicialmente.
Después de la sentencia o del convenio de liquidación del consorcio, hay que hacer un esfuerzo titánico en tormentosas condiciones para pactar un protocolo familiar y, a pesar de ello, tendremos que hacerlo si queda esperanza de salvar la empresa.
En este protocolo se debe fijar su 1ª revisión obligatoria al año, como en todos los protocolos familiares que surgen de un conflicto interno a la familia.
Por lo anterior, creo que la separación de bienes es necesaria al inicio del matrimonio o del negocio pero no es suficiente aunque nuestra empresa sea mínima.
Se deben aclarar titularidades de la actividad cuando uno de los cónyuges tiene el título que habilita para su ejercicio y el otro es quien la ejerce o participa en su ejercicio realmente.
Hay que pactar la adjudicación preferente del negocio o de la participación en el negocio familiar a uno de ellos por ejemplo. Y complementarlo todo, en protocolo familiar redactado en tiempos de paz, con previsiones para la financiación de futuras pensiones alimenticias, derechos de información del cónyuge saliente que va a mantener inevitables vínculos con la economía de la firma por causa de los hijos o de su propia pensión.
Pero dado que el ser humano puede resistirlo todo menos la tentación y, a pesar de lo que dice el conocido refrán empresarial, la neurona del macho se seguirá metiendo en la olla del establecimiento, el conflicto surgirá inevitable en la empresa familiar y entonces puede ser ya imposible coger ese toro por los cuernos.
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