Ya han pasado 4 años desde que Lydia
Bosch y su ex, Alberto Martín, iniciaran un divorcio contencioso con
demandas y acusaciones terribles por parte de la actriz que
sorprendieron públicamente porque nadie imaginaba que la aparente
felicidad de la pareja era en realidad una mera ficción. El arquitecto
ganó en todas las instancias judiciales a las que recurrió su ex mujer y
ahora, la sentencia del Tribunal Supremo da por finalizado este desencuentro matrimonial que
se convirtió en una guerra mediática con repercusiones dolorosas para
ambas partes, pero sobre todo para Martín, que desde el principio quiso
un arreglo amistoso.
El auto del Tribunal Supremo con fecha 16 de abril acuerda "en la parte dispositiva, no admitir el recurso extraordinario interpuesto por la representación procesal de doña Lydia Boquera de Buen contra sentencia dictada con fecha 20 de julio de 2011 por la Audiencia Provincial de Madrid dimanante de los autos de procedimiento de divorcio del juzgado de Primera instancia nº 3 de Pozuelo de Alarcon" Aquella sentencia se refería a la custodia compartida de los hijos de ambos. En el 2º punto se declara “firme dicha sentencia". En el 3º apartado se imponen “las costas a la parte recurrente (Lydia Bosch) con pérdida del depósito constituido para recurrir". Según figura en el escrito "contra esta resolución no cabe recurso alguno"
Las cuestiones económicas se solucionaron hace varios meses a través de un acuerdo privado en el que se distribuyeron los bienes. En ese momento, se retiraron las reclamaciones que aún estaban por dilucidar judicialmente y lo único que quedaba pendiente era el recurso de casación interpuesto por la actriz el 27 de abril de 2012 en contra de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial el 20 de julio de 2011.
El auto del Tribunal Supremo con fecha 16 de abril acuerda "en la parte dispositiva, no admitir el recurso extraordinario interpuesto por la representación procesal de doña Lydia Boquera de Buen contra sentencia dictada con fecha 20 de julio de 2011 por la Audiencia Provincial de Madrid dimanante de los autos de procedimiento de divorcio del juzgado de Primera instancia nº 3 de Pozuelo de Alarcon" Aquella sentencia se refería a la custodia compartida de los hijos de ambos. En el 2º punto se declara “firme dicha sentencia". En el 3º apartado se imponen “las costas a la parte recurrente (Lydia Bosch) con pérdida del depósito constituido para recurrir". Según figura en el escrito "contra esta resolución no cabe recurso alguno"
Las cuestiones económicas se solucionaron hace varios meses a través de un acuerdo privado en el que se distribuyeron los bienes. En ese momento, se retiraron las reclamaciones que aún estaban por dilucidar judicialmente y lo único que quedaba pendiente era el recurso de casación interpuesto por la actriz el 27 de abril de 2012 en contra de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial el 20 de julio de 2011.
Ese dictamen mantenía el régimen de visitas para el padre como si fuera una custodia compartida. Lydia Bosch no estaba de acuerdo en este punto.
Los
jueces de familia solo conceden custodia compartida cuando las
relaciones entre los padres son buenas. Ese no era el caso de Martin y
Bosch. En aquel documento se decía que "debe ampliarse el régimen de visitas y estancias en los términos solicitados por el demandado apelante al no concurrir obstáculo alguno que no lo justifique, ni la distancia del centro educativo y domicilio del demandado dada su proximidad entre ambos”. En total, a Alberto Martín le corresponden 15 días o más, dependiendo del mes. Esta sentencia, dictada por 3 jueces -2 hombres y 1 mujer-, empezó a ser efectiva desde el mismo 20 de julio.
La casa y los hijos han constituido, durante todo el proceso de divorcio de la pareja, los 2 puntos más delicados. En el caso de la 1ª de esas cuestiones, la vivienda no ha sido utilizada por ninguno de los 2 continua en venta. Una vez se haya liquidado, se procederá al reparto del dinero. Es el único fleco que queda suelto tras una sentencia del alto tribunal que da por zanjado los desencuentros de la ex pareja.
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