PRINCIPIO DE PROTECCIÓN DEL INTERÉS DEL MENOR.
TS Civil 09/10/2015
La revisión en casación
de los casos de guarda y custodia solo puede realizarse si el juez ha
aplicado incorrectamente el principio de protección del interés del
menor a la vista de los hechos probados en la sentencia que se recurre.
La consideración de que los menores han manifestado que quieren irse con
su padre poco tiempo después de que se decidiera asignar a su madre la
guarda y custodia, no es ni mucho menos conforme al interés del menor,
sino que puede provocar un evidente enfrentamiento con las partes en
conflicto.
La Sentencia AQUI
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