martes, 17 de septiembre de 2013

Datos de Divorcios en España 2012

lainformacion.com|lunes, 16/09/13|Madrid-

La Fiscalía reconoce que el papel de la mediación en los procedimientos de familia no tiene hasta ahora un "auténtico despegue", causado en cierta medida por la reducción presupuestaria, aunque desde el Ministerio Fiscal se destaca su eficacia para resolver conflictos con una perspectiva más humanista.


En la Memoria de la Fiscalía General del Estado correspondiente a 2012 se afirma que "todavía no puede hablarse de un auténtico despegue de la institución", a pesar del estímulo que supuso la ley de mediación aprobada el pasado año para asuntos civiles y mercantiles.(....)
La Fiscalía añade que potencia "en la medida de lo posible" la mediación al creer que es eficaz para resolver conflictos desde una perspectiva más "humanista", al tiempo que ayudan a reducir las tasas de litigiosidad.
Y en 2012 hubo un descenso generalizado de los procedimientos contenciosos a favor de los de mutuo acuerdo, aunque los primeros todavía suponen un 52 % del total.
Entre las causas de esa disminución contenciosa está "la necesidad de reducir los costes del procedimiento en un entorno de crisis como el actual" y "el éxito" de los mecanismos de mediación que se han ido poniendo en marcha.
El ámbito de la familia es el que concentra la mayor parte de la actividad de este Ministerio en la jurisdiccional civil, superando el 60 % de los procedimientos en que actúa.
Las separaciones están cayendo "en desuso" al no ser paso previo para el divorcio y, en la actualidad, representan un 7 % del cese de la convivencia marital.
En cuanto a las uniones de hecho, se resalta que, al ser cada vez más frecuentes, se incrementan los procedimientos de medidas sobre los hijos extramatrimoniales, constituyendo más del 25 % de las actuaciones tras el fin de la pareja.

La crisis ha aumentado también los procedimientos de modificación de medidas para adaptar las pensiones a la realidad económica de los progenitores, incrementándose las ejecuciones forzosas necesarias ahora para instar el pago de las mismas.
Respecto a la disolución de las parejas del mismo sexo con hijos biológicos de uno solo de sus miembros, pero inscritos en el Registro como hijos de los 2, se están generando conflictos al alegar el que no es progenitor biológico la imposibilidad de serlo para no estar obligado al pago de alimentos.
En otras ocasiones, el progenitor biológico impide la relación del menor con su expareja que no figura como progenitor en el Registro, a pesar de haber habido una relación afectiva, y ello obliga a procedimientos para solicitar visitas.(...)

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