miércoles, 18 de septiembre de 2013

Condenada a un año por deshacerse de bienes para no pagar pensión a sus hijos

La mujer tenía la obligación de abonar a su marido, que había asumido la custodia de los hijos, la cantidad de 1.500 € mensuales.




La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a una mujer a 1 año de prisión y 12 meses de multa con una cuota diaria de 20 euros por deshacerse de sus bienes con el fin de no pagar la pensión por alimentos que debía abonar a sus hijos.
La sentencia señala que el juez de lo Penal declaró probado que la acusada tenía la obligación de abonar a su marido, que había asumido la custodia de los hijos, la cantidad de 1.500 euros mensuales.
Posteriormente, la Audiencia Provincial confirmó la obligación de efectuar esos pagos mensuales por alimentos, mientras que impuso al exesposo la obligación de abonar a la que había sido su mujer una indemnización de 650.000 euros, cantidad que luego fue rebajada a 630.000 euros por acuerdo de las partes.
El exmarido procedió, mediante transferencias bancarias, a la entrega de esta suma.
La demandada fue condenado por un Juzgado de lo Penal de Murcia como autora de un delito de abandono de familia, por el impago de las pensiones, a 6 meses de prisión y a que pagara al exmarido la cantidad de 13.341 euros.
Señala la Sala que como además de ese dinero también tenía otras deudas, "con el fin de impedir que pudieran hacerse efectivos los derechos de contenido económico, retiró de las cuentas bancarias los 630.000 euros recibidos, sustrayéndolos a cualquier posibilidad de traba por parte de los acreedores".
La sentencia, confirmada ahora por la Audiencia Provincial de Murcia, la condenó como autora de un delito de insolvencia punible a la pena de cárcel y a la multa.
Igualmente, su nueva pareja sentimental, que también fue juzgado por estos hechos, fue condenado, como cómplice, a 6 meses de prisión y multa de 6 meses, con una cuota diaria de 20 euros.

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