domingo, 29 de septiembre de 2013

Anulan una pena por impago de pensión de alimentos al ignorarse qué pasó con el dinero

28.09.2013
La Audiencia Provincial ha revocado la sentencia de un Juzgado que condenó a un hombre a 3 meses de prisión por no pagar la pensión para sus hijos por las dudas que suscita el caso, ya que el acusado aseguró que entregó el dinero a una mujer para que se lo hiciera llegar a su ex-esposa, desconociéndose qué pasó con él.
La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que un Juzgado de lo Penal de Murcia declaró probado el denunciado estaba obligado, por resolución de un Juzgado de Cieza de junio de 1997, a pagar una pensión mensual de 120 euros para sus hijos, lo que incumplió en 5 meses de 2005 y 2006.
Para el juez estaba claro que cometió un delito de impago de prestaciones económicas de familia, por lo que condenó al denunciado a 3 meses de prisión y a pagar a su expareja un total de 600 euros.
La Audiencia, al estimar su recurso, dice que "no basta con acreditar una situación objetiva de impago, sino que, además, es necesario, o, mejor dicho, imprescindible, que se acredite una voluntad renuente al cumplimiento de la obligación de familia cuando el sujeto activo tiene posibilidades de pagar".
Señala el tribunal que el presente caso suscitó dudas al juez de lo Penal que acabó pronunciando una sentencia condenatoria, ya que recogió en la misma que pudo ser cierta la versión ofrecida por el acusado, que aseguró que había entregado un sobre con el dinero de la pensión para que lo hiciera llegar a su ex-mujer, desconociendo el destino final.
La Audiencia ha anulado la sentencia y la ha sustituido por otra en la que absuelve al acusado.

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