sábado, 21 de agosto de 2010

Madrid: La Comunidad no cubre la demanda de vivienda de los divorciados

http://www.europapress.es/00289/20080323110623/mas-230-madrilenos-separados-divorciados-disfrutan-piso-proteccion-gracias-cupo-especifico-ellos.html

Más de 230 madrileños separados o divorciados disfrutan de un piso de protección gracias al cupo específico para ellos

23.03.2008.E.P.Madrid
Son más de 230 los madrileños separados o divorciados que cuentan con un piso protegido desde que el Gobierno regional puso en marcha en sus promociones públicas de vivienda un cupo creado específicamente para este colectivo.

La Consejería de Vivienda recordó hoy que la región es pionera en España en crear un cupo específico dedicado a este segmento de la población, una iniciativa puesta en marcha desde hace 2 años.
Las adjudicaciones de estas viviendas se produjeron en 6 localidades de la región como Madrid, Arganda del Rey, Navalcarnero, Valdemoro, Parla y San Sebastián de los Reyes.

De este modo, se intenta materializar "un proyecto pionero en toda España que pretende responder a la nueva realidad socio-familiar de la región", explicaron desde la Consejería.
Los adjudicatarios de estas viviendas pagan, en función de la superficie, una renta mensual de entre 155 y 380 euros.
Los pisos cuentan también con plaza de garaje.
Estos pisos, promovidos por el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), cuentan con un mínimo de 2 dormitorios para que los adjudicatarios puedan atender sus obligaciones familiares además de 1 habitación para alojar a sus hijos, en caso de tenerlos.

Los solicitantes que opten a este cupo han de justificar su condición mediante resolución judicial de separación o divorcio o a través de las denominadas medidas paterno-filiales adoptadas por el juez en caso de ruptura de pareja de hecho cuando ésta tiene algún hijo.
En esta resolución judicial debe constar que el solicitante ha sido privado del uso y disfrute de la vivienda conyugal.

Además, los aspirantes a este cupo de viviendas protegidas regionales han de contar con:
a.- 2 años de empadronamiento o trabajo en la localidad donde se ubiquen los pisos
b.- así como no disponer de ninguna otra vivienda en propiedad en la Comunidad de Madrid
c.- ni contar con unos ingresos anuales superiores a 3,5 veces el índice IPREM (unos 23.500 euros al año).

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