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PUNTO FINAL A 2 AÑOS DE tramitación PARLAMENTARIO
Catalunya apuesta por primar la custodia compartida de los hijos
El Gobierno catalán defiende que el texto se adapta a la realidad con «una nueva cultura de la familia»
El Código Civil que se aprueba hoy eleva los deberes de las parejas separadas con sus vástagos menores.
Miércoles, 14 de julio del 2010 FIDEL MAS REAL.BARCELONA
La frase queda recogida en la ley del libro IIº del Código Civil que aprobará hoy el Parlament con los votos del tripartito y la duda sobre la posición final de CiU y el PP tras 2 años de tramitación en la Cámara.
Un periodo en el que asociaciones de padres separados, colectivos feministas, juristas, abogados y partidos políticos se han ido situando a favor y en contra de un asunto tan delicado como el de gestionar la atención a los hijos tras una separación y en el que intervienen factores afectivos, económicos y relativos a la igualdad real entre sexos.
LA INTERPRETACIÓN: Norma realista o demasiado avanzada
Por un lado, colectivos de juristas y defensoras de los derechos de las mujeres creen que la igualdad y la responsabilidad compartida entre hombre y mujer en el cuidado de los hijos no ha avanzado tanto como para primar por ley la custodia compartida.
Alegan que incluso en las separaciones amistosas sin intervención judicial la opción de compartir la atención al menor es todavía minoritaria.
También recuerdan que hoy por hoy las pensiones de maternidad que asume el padre son una excepción.
Ángela Cerrillos, presidenta de la asociación de juristas Themis, cree que «primar la custodia compartida y decretar que el niño esté 2 días con la madre y 2 con el padre es un error y puede acabar muy mal si no ha habido una corresponsabilización de ambos progenitores durante el matrimonio».
Frente a estas opiniones, abogados especialistas en divorcios como Ramon Tamborero aplauden que por primera vez «una ley no va por detrás de la realidad social sino que se pone a su altura, dado que muchos matrimonios jóvenes ya tienen distribuidas por la mitad sus responsabilidades parentales y el divorcio no debe significar que él se quede en el papel de padre Walt Disney, de fin de semana, de talonario».
LAS CONDICIONES DEL PACTO: División forzada o más responsabilidades
Los colectivos contrarios a primar la custodia compartida denuncian que supone una división artificial de las tareas.
«La custodia puede ser compartida si los padres tienen y tenían un diálogo fluido, de lo contrario se convierten en custodia partida, como en la decisión del rey Salomón», denuncia la abogada y feminista María José Varela, quien considera que la ley ha diluido referencias al interés del menor debido a la presión de colectivos de padres divorciados.
En cambio, la consellera de Justícia, Montserrat Tura, explica que en ningún caso en la ley la responsabilidad compartida equivale a un reparto al 50% entre ambos progenitores.
Tura recuerda que la norma obliga a ambos a responsabilizarse en un plan de parentalidad ajustado a su situación personal, laboral y familiar.
La consellera cree que la ley es equilibrada porque se han opuesto a ella «2 sectores extremos». «Asociaciones de padres que querían un reparto al 50% y colectivos feministas que dicen que nos hemos entregado a los hombres, que son malos por naturaleza. Quiero recordar que la ley valora también qué han hecho ellos antes de la separación», destaca.
EL INTERÉS DEL MENOR: Confusión o estabilidad emocional
Se trata posiblemente del aspecto más delicado y que más pasiones levanta entre las 2 posiciones enfrentadas.
Para decidir judicialmente sobre la custodia, la ley incluye 7 criterios, entre ellos la opinión del menor, la vinculación afectiva de cada progenitor con él y la aptitud de los padres para «garantizar el bienestar de los hijos».
La abogada Mercè Vilagrasa denuncia que en muchos casos «la madre fastidia a su expareja usando al menor como espada de Damocles para quedarse con la custodia, la vivienda y la pensión».
Cerrillos, en cambio, cree que la custodia compartida sin haber sido antes copartícipes de la educación «es experimentar con los niños y añadirles más tensión».
LA REALIDAD JUDICIAL:Precedentes poco comunes
En septiembre del 2008, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya se pronunció por primera vez a favor de la custodia compartida porque permite que los padres estén «en situación de igualdad» ante los hijos, lo cual presenta «indudables ventajas» para el desarrollo del niño.
Sin embargo, las asociaciones de padres separados se quejan de que los jueces tienden por inercia a conceder la custodia a la madre.
La consellera Tura advierte a los abogados de una y otra parte que el plan de parentalidad obligará ahora a algo más que decretar los días que el hijo pasará con el padre o con la madre. «Se ha acabado tomar decisiones judiciales por inercia», añade.
María José Varela, sin embargo, teme que la ley deje «un excesivo margen de actuación» a los jueces cuando, según denuncia, a menudo los padres «usan la custodia como chantaje para pagar menos pensión».
Tura recuerda que la nueva ley no eximirá al padre de pagar la pensión correspondiente aunque se decida la custodia compartida.
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