V|Lex. Julio 2015
Se extingue
la pensión de alimentos por haber alcanzado la independencia económica y
no convivir en la actualidad con la madre en el que fuera domicilio
conyugal.
Atribución de la vivienda conyugal al titular del bien
privativo.
Se desestima recurso de casación.
La sentencia en la web
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