La Audiencia cree que la aportación del padre no debe alargarse hasta que el hijo tenga puesto fijo ya que "la precariedad laboral es la tónica"
R, GARCÍA | 25.02.2015 |Hasta ahora, para quitarle la pensión de alimentos al hijo de una pareja de divorciados había que justificar que el joven tenía una estabilidad económica. Ahora, un juez de Gijón ha terminado con esa necesidad. La sección VIIª de la A.P. de Asturias acaba de eximir a un vecino de la ciudad de su obligación de pasarle una paga mensual a su hijo mayor alegando que el joven ya ha conseguido un contrato en prácticas con el que cobra 606 euros al mes. El juez mantiene que "no puede pretenderse que los alimentos a los hijos mayores sólo queden extinguidos si el trabajo al que se accede es fijo y estable, ya que la precariedad ha pasado a ser actualmente la tónica general del mercado laboral".
El tribunal insiste en que las normas del Código Civil "hay que interpretarlas con arreglo a la realidad social existente en el momento de su aplicación" y que la pensión de alimentos fijada en un procedimiento de divorcio "necesariamente tiene una vocación temporal". En el caso concreto del gijonés que abre la puerta a la extinción de las pensiones que se abonan a los hijos sin trabajos estables, el joven comenzó a trabajar como becario en octubre del año 2013, poco después de acabar sus estudios. Por aquel entonces percibía un salario de 425 euros al mes. En abril de 2014 renovó el contrato por otros 6 meses y su sueldo pasó a ser de 559,48 euros. En junio logró aumentar sus ingresos hasta los 606,40 euros. A pesar de que el gijonés dejará de trabajar en cuanto finalicen sus contratos en prácticas el juez mantiene que todos estos contratos muestran que "el alimentista ha dispuesto y dispone en la actualidad de la posibilidad de obtener medios suficientes de subsistencia". Con todos estos argumentos, la Sección VIIª de la Audiencia confirma la retirada de la pensión que había impuesto el juez de familia de Gijón Ángel Luis Campo.
El tribunal asturiano no cierra la puerta a que este joven pueda exigir en un futuro su "derecho a alimentos", reclamándolos directamente para sí a través de otro procedimiento judicial independiente al del divorcio de sus padres.
En la sentencia en la que se fijaba el acuerdo para la separación de los 2 progenitores de este joven al que ahora se retira la pensión el juez había fijado que el padre le pasara 500 euros mensuales a cada uno de sus 2 hijos. Por aquel entonces, el chico "convivía con su madre y carecía de independencia económica pues cursaba el último ciclo de un curso de Formación Profesional". Ahora, asegura el tribunal, su situación ha cambiado.
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