Se analiza el alcance de la norma que reconoce el derecho a la pensión
de viudedad si su causante ha fallecido antes de 10 años después de la
separación o divorcio.
Es obvio que habían transcurrido más de 10
años en el momento del fallecimiento del causante, razón por la que no
tenía derecho al importe reconocido de la pensión de viudedad.
La
1ª decisión del INSS de reconocer la pensión de viudedad íntegra e
independiente del tiempo de convivencia con aquél a la hoy recurrente es
ajustada a Derecho.
Se estima la casación.
La sentencia AQUÍ
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