NOTA
DECANO
En la línea de enviaros la información que se produce
sobre la Ley de Tasas y las gestiones que, dentro de las competencias, se
pueden hacer os comunico:
1.- Tras las gestiones efectuadas por este Decanato con el de los Jueces de la ciudad de Valencia, se nos indica que los Secretarios Judiciales de los Juzgados de Familia de esta capital han resuelto, salvo instrucción en contra del Secretario Coordinador, declarar la exención de la totalidad de los procesos de menores regulados en el Título I del Libro IV de la LEC, sin distinción entre hijos matrimoniales y no matrimoniales.
Por ello, se dará curso a las demandas y recursos de apelación en el que se interese, en todo o en parte, cualquier pretensión procesal que afecte a menores, aun cuando no se presente el justificante de pago de la autoliquidación de la tasa.
2.- La Junta de Gobierno, en su sesión de 9 de enero, acordó formular Recurso Contencioso Administrativo contra la Orden Ministerial que regula el modelo y el proceso para el pago de la Tasa.
Seguiremos con cuantas gestiones alcanzan a la competencia y legitimación de la Junta de Gobierno, y os seguiré dando traslado de cuanto sea de interés como hasta ahora.
Agradecido,
Mariano Durán Lalaguna
Decano
1.- Tras las gestiones efectuadas por este Decanato con el de los Jueces de la ciudad de Valencia, se nos indica que los Secretarios Judiciales de los Juzgados de Familia de esta capital han resuelto, salvo instrucción en contra del Secretario Coordinador, declarar la exención de la totalidad de los procesos de menores regulados en el Título I del Libro IV de la LEC, sin distinción entre hijos matrimoniales y no matrimoniales.
Por ello, se dará curso a las demandas y recursos de apelación en el que se interese, en todo o en parte, cualquier pretensión procesal que afecte a menores, aun cuando no se presente el justificante de pago de la autoliquidación de la tasa.
2.- La Junta de Gobierno, en su sesión de 9 de enero, acordó formular Recurso Contencioso Administrativo contra la Orden Ministerial que regula el modelo y el proceso para el pago de la Tasa.
Seguiremos con cuantas gestiones alcanzan a la competencia y legitimación de la Junta de Gobierno, y os seguiré dando traslado de cuanto sea de interés como hasta ahora.
Agradecido,
Mariano Durán Lalaguna
Decano
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