sábado, 22 de octubre de 2011

La Audiencia anula una custodia compartida que no querían ni el padre ni la madre

http://www.20minutos.es/noticia/190600/0/polemica/custodia/compartida/
La Audiencia anula una custodia compartida que no querían ni el padre ni la madre.
Un juez de Madrid concedió la casa a los hijos.
Los padres se tenían que trasladar allí en turnos de 3 meses para vivir con ellos.
Ninguno de los 2 había pedido custodia compartida.
La nueva sentencia concede la guarda a la madre.

ECO ® EFE. 11.01.2007
La Audiencia de Madrid ha anulado una sentencia en la que un juez obligaba a unos padres a tener la custodia compartida de sus hijos, sin que ninguno de los 2 hubiera solicitado la guarda conjunta tras una conflictiva separación.
La decisión judicial otorgó el domicilio conyugal a los niños y obligó a los padres a trasladarse a éste cada 3 meses para vivir con ellos.
La decisión judicial, ahora revocada, otorgó el domicilio conyugal a los niños y obligó a los padres a trasladarse allí cada 3 meses para vivir con ellos en la casa y, una vez pasado su correspondiente periodo, a retirar, previo inventario, todas sus pertenencias y objetos personales.

Situación desestabilizadora
El tribunal entiende que este régimen perjudicaba a los niños y afirma que la custodia compartida "debe considerarse como algo excepcional".
Además, hace una valoración "negativa" de la medida en este caso, en tanto que la relación entre el padre y la madre era "muy tensa y conflictiva" y que "ninguno de los 2 cónyuges había pedido la custodia conjunta ni había acuerdo al respecto".
Para la Audiencia de Madrid, la resolución revocada era "desestabilizadora" para los menores y que provoca cambios de hábitos difíciles de asimilar para ellos.

La nueva sentencia concede la guarda a la madre, Ana Herrera, que disfrutará con los hijos de la vivienda, y que hoy lamentó que la justicia haya tardado 1 año y medio en "decidir con sentido común".
Herrera explicó las dificultades del traslado cada 3 meses "del cambio de cerradura, de colchón o de recoger los muebles 15 o 20 días antes", e indicó que los niños se movían más porque "tenía que haber otros domicilios donde hicieran las vistas".

1 comentario:

pedro dijo...

La torpeza del juez no tiene parangón. La custodia compartida en caso de tensión entre la ex-pareja nunca deberá ser compartiendo mismo domicilio alternado, si no en domicilios deferentes. Así no existe conflicto.

Pedro cruz - Gran Canaria