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La Fiscalía quiere que en el juicio a Serrano no influya el auto que lo avala.
Será juzgado por prevaricación.
09/09/2011 / PÚBLICO / SEVILLA
La Fiscalía de Sevilla ha pedido que se decrete la nulidad del auto de la Audiencia Provincial que avaló la actuación del juez de Familia Francisco Serrano al cambiar el régimen de visitas de un niño, lo que impediría aportarlo al juicio al que se enfrentará el magistrado a partir del 3 de octubre, acusado de prevaricación, por los mismos hechos.
La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) juzgará a Serrano por ampliar, el 30 de marzo de 2010, un día y medio la estancia de un menor con su padre divorciado, dada la supuesta oposición de la madre a que saliese en una procesión de la Madrugá del Viernes Santo, hechos por los que se enfrenta a 20 años de inhabilitación como juez.
El pasado junio, la Audiencia de Sevilla dictó que la actuación del juez no podía ser cuestionada porque en el caso concurrían las razones de "urgencia y necesidad" que la ley contempla para que las medidas de los jueces a favor de los menores se amplíen "a todo tipo de situaciones".
El auto reconoció que la ampliación de la estancia del menor con su padre correspondía al juzgado encargado del divorcio del matrimonio, en este caso el de Violencia sobre la Mujer nº 4, aunque no declaró nula la decisión de Serrano porque "no prescindió total y absolutamente de las normas esenciales del procedimiento".
Fuentes judiciales informaron ayer a Efe de que ahora la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, ha pedido a la Audiencia que decrete la nulidad de su auto en virtud del artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que ordena detener un proceso civil cuando exista otro abierto por los mismos hechos en la jurisdicción penal.
El objetivo es evitar que existan 2 resoluciones contradictorias sobre el mismo hecho, según la Fiscalía, que de esta manera ha apoyado la petición de nulidad presentada también por el abogado de la madre afectada.
Según la Fiscalía, la Audiencia resolvió sobre los aspectos civiles del caso pese a que ya se habían abierto unas diligencias penales contra el juez Serrano.
Tutela judicial efectiva
En el incidente de nulidad, el abogado de la madre planteó 15 circunstancias que la Audiencia "no tuvo en cuenta" al emitir su auto, junto a otros 4 motivos de nulidad "estrictamente legales".
El letrado recuerda que contra ese auto no cabe recurso, pero argumenta que su contenido vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva pues "entró irregularmente, con posterioridad, a juzgar hechos que se estaban y se están juzgando ya penalmente en el TSJA".
Y añade que el magistrado del TSJA instructor de la causa contra Serrano vio unas circunstancias que no tuvo en cuenta la Audiencia, entre ellas:
1.- la inexistencia de peligro para el menor,
2.- la ausencia de razón alguna que impidiera al Juzgado de Violencia sobre la Mujer ocuparse del asunto o
3.- el hecho de que el tema fuese planteado "directamente" a Serrano por un abogado que le había defendido a él mismo en otras causas.
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