lunes, 10 de octubre de 2016

¿Galicia podrá regular la Custodia Compartida?

La custodia compartida podrá entrar en vigor en un año si el Parlamento la apoya. Padres separados aspiran a que la ley gallega se equipare con la catalana y la valenciana. 

Ana Lorenzo/ Redacción / La Voz 10.10.2016

Que madres y padres separados puedan compartir la custodia de sus hijos es una alternativa que hasta hace unos años era prácticamente una utopía para buena parte de los progenitores españoles, y mucho más para los gallegos. Sin embargo, esta situación está cambiando y en el 2015 se optó por este régimen en 1 de cada 4 casos de divorcio en España. También en Galicia el porcentaje de rupturas que han terminado con esta solución participativa en el cuidado de los menores ha aumentado considerablemente, y desde el 2009 hasta el año pasado se pasó de un 6,8 % a un 15,6 %. Así, de las 2.761 separaciones con hijos que se produjeron en el 2015, 432 acabaron en custodia compartida, 2.129 se fallaron a favor de la madre y 182 a favor del padre.

Comunidades con ley propia

Aunque el avance es significativo, queda todavía muy lejos de lo que sucede en otras comunidades autónomas, como en Cataluña (40,5 %) o la valenciana (35,8 %), que junto con Aragón (34 %), Navarra (26,6 %) y el País Vasco (25,9 %) son las 5 regiones que cuentan con una ley autonómica específica de custodia compartida. En Galicia quieren seguir el camino iniciado por ellas y esta misma semana está previsto que la Asociación Galega de Pais e Nais Separados presente en el Parlamento gallego una iniciativa legislativa popular, que ha sido bautizada como ley de relaciones familiares en igualdad tras el cese de la convivencia entre las personas progenitoras.

Lois Toirán, presidente de la entidad, reconoció que «a perspectiva de que se aprobe non é mala, porque hai vontade de falar», y aseguró que cuentan con el apoyo de representantes de las distintas comarcas gallegas y de todos los partidos con los que se han entrevistado para solicitar su colaboración. «Existe unha demanda real e é un camiño que xa está iniciado en moitos sitios. Non podemos quedarnos atrás nin esperar a que se aprobe unha lei estatal, porque hai especificidades galegas que hai que recoller nunha normativa autonómica», apuntó.

Calculó que, si todo va según lo previsto, el plazo en el que podría entrar en vigor la nueva ley de custodia compartida de Galicia rondaría el año, ya que tiene que superar los distintos trámites parlamentarios, «nos que se pode ir modificando a nosa proposta e ir engadindo aportacións, que sempre serán benvidas, sempre e cando non supoñan ningún recorte».

Avances

Antonio Díaz Piñeiro lleva más de 20 años luchando por que la custodia compartida sea una alternativa en la mayoría de las separaciones. Fue el fundador y presidente de la Asociación Galega de Nais e Pais Separados (de la que ahora es tesorero) y también ocupó diversos cargos en la plataforma nacional. Es tajante a la hora de señalar que «entre los derechos universales que tienen los niños está el derecho a tener padres, y la custodia compartida no es un derecho de los padres, sino de los hijos a poder convivir con sus dos padres». Abogó por intentar siempre buscar la conciliación, «porque los divorcios no tienen por qué extirpar la vida paterna de los hijos».

Reconoció que las leyes nunca han ido parejas a la realidad social y que, a pesar de las numerosas trabas que siempre han tenido los padres separados, se han dado algunos pequeños pasos adelante. «1º se consiguió que se eliminara un apartado de la ley de Fernández Ordóñez en la que se decía que los menores de 7 años siempre se quedarían con su madre. Luego, en el 2005, hubo otro avance, ya que no era necesario aducir causas en las demandas de divorcio, una situación que había propiciado un montón de denuncias interesadas relacionadas con la violencia de género», apostilló Díaz Piñeiro.

Derechos y deberes que deben ser aceptados y cumplidos por los 2 progenitores

La iniciativa legislativa popular que se llevará al Parlamento gallego establece una serie de requisitos a cumplir por los progenitores.

Toma de decisiones. La separación de la pareja no eximirá a los progenitores de sus deberes con los hijos, al mismo tiempo que tendrán derecho al contacto directo y habitual con ellos y sus respectivas familias en igualdad de condiciones. Ambos padres participarán en la toma de decisiones, teniendo en cuenta la opinión del hijo si este es mayor de 12 años.

Residencia y tiempos. La propuesta también establece un convenio regulador, que debe ser aprobado por un juez y que ha de regir las cuestiones relacionadas con la salud, la educación y el bienestar del menor, así como con los tiempos de convivencia con cada padre, los lugares de residencia, las normas de recogida y entrega o la aportación económica si procediera. Dicho acuerdo podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes o a través del Ministerio Fiscal si una de ellas lo incumple.

Mediación. Los progenitores podrán someter voluntariamente y en todo momento sus desacuerdos a mediación familiar, que será obligatoria antes de ir a juicio, siempre que se haya pactado así.

Medidas judiciales. Cuando no se llegue a un acuerdo entre las partes, la autoridad judicial determinará las medidas a tomar para garantizar la patria potestad de ambos padres y que ambos mantengan el vínculo con su hijo. 
Nota: Más de lo mismo que existe actualmente. Ninguna novedad. Y visto los antecedentes, otro paso atrás para modificar la actual normativa del Divorcio. Los Reinos de Taifas, se unifican con la normativa del divorcio. Es curioso ver, como los partidos políticos se unen con la regulación del divorcio, y es que la educación religiosa tiene estas cosas con el tiempo.Lo más interesante del articulo son las especificidades Gallegas: ¿nº de Hijos, la Propiedad Inmobiliaria, el testamento, ....? Quiero recordar, que se intento establecer la Separación de Bienes en Galicia y no se permitio, por la situación de la mujer Gallega: Ama de Casa y no se podia quedar en la calle tras el divorcio, sin un duro. A seguir con los Bienes Gananciales: el Matrimonio como seguro de vida. Por cierto, el nº de Custodias Compartidas se da, mayoritariamente, de Mutuo Acuerdo no en los procesos contenciosos. Para eso no hay que regular nada ¿O sí?

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