www.rpp.com.pe/|Miércoles, 24 de Diciembre 2014 |
Experta en derecho de familia aclaró que el
régimen de visitas es un derecho de los niños, que no debe estar
supeditado al cumplimiento o no de la pensión por alimentos.
2 casas, 2 árboles y hasta una nueva pareja es de hecho una situación que no es fácil para un hijo de padres separados, afirmó la doctora Rosario Sasieta, experta en derecho de familia.
"Las fiestas pueden llegar a ser un tormento si los padres no asumen una postura de concordia, de conciliación, y de intentar que los chicos no sufran. Cuando hay una separación de los padres no quiere decir que quien asuma la custodia debe separar a su hijo del otro padre", explicó en RPP Noticias.
Indicó que si la pareja terminó mal su relación y ni siquiera puede establecer un diálogo alturado, es conveniente que reciba el consejo legal de un especialista en familia.
Explicó que el régimen de visitas debe establecerse de forma detallada y aclaró que ese es un derecho de los niños, que no debe estar supeditado al cumplimiento o no de la pensión por alimentos.
"El derecho de visitas no tiene que ver en nada con los alimentos, porque no es un derecho del papá o la mamá, sino del niño. Eso lo entiende un juez de familia", aseveró.
Sasieta recalcó que se debe buscar siempre la conciliación incluso con la colaboración de un allegado, porque siempre es posible coordinar los días de visita.
"Las fiestas pueden llegar a ser un tormento si los padres no asumen una postura de concordia, de conciliación, y de intentar que los chicos no sufran. Cuando hay una separación de los padres no quiere decir que quien asuma la custodia debe separar a su hijo del otro padre", explicó en RPP Noticias.
Indicó que si la pareja terminó mal su relación y ni siquiera puede establecer un diálogo alturado, es conveniente que reciba el consejo legal de un especialista en familia.
Explicó que el régimen de visitas debe establecerse de forma detallada y aclaró que ese es un derecho de los niños, que no debe estar supeditado al cumplimiento o no de la pensión por alimentos.
"El derecho de visitas no tiene que ver en nada con los alimentos, porque no es un derecho del papá o la mamá, sino del niño. Eso lo entiende un juez de familia", aseveró.
Sasieta recalcó que se debe buscar siempre la conciliación incluso con la colaboración de un allegado, porque siempre es posible coordinar los días de visita.
Por
ejemplo, comentó que la madre bien podría pasar la Noche Buena con el
niño, y padre pasarla con el menor el 25 de diciembre.
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