En contra de la línea
jurisprudencial en la materia que prioriza la convivencia entre
hermanos, una juez de Barcelona ha decidido quitar la custodia de
Manuela, una niña de 7 años, a su madre por mudarse por cuestiones
laborales a Madrid junto a su actual marido, padre de sus otros 2
hijos.
La juez sostiene que la convivencia con ellos "podría complicar"
la vida de la pequeña.
La sentencia de la juez de Esplugas
de Llobregat (Barcelona) es muy polémica. Si bien reconoce que la progenitora es el principal referente de Manuela - desde el momento de la separación en 2008 vivió con su madre-, decide ahora mantener las medidas provisionales que aplicó en febrero de 2013 quitándole de forma definitiva la custodia a la madre y entregándosela al padre.
Los hechos se remontan a junio de 2010, cuando el matrimonio, él canario y ella catalana, firmaron su divorcio en Barcelona tras 2 años de separación. Se llevó a cabo de mutuo acuerdo y nunca hubo problemas con el régimen de visitas. Sin embargo, cuando la madre comunicó al padre que se veía obligada a mudarse a Madrid por un traslado de la empresa donde trabajaba, éste decidió interponer una demanda de modificación de medidas.
Si bien varios psicólogos coincidieron en que habría un "evidente y grave riesgo emocional" al separar a Manuela de su hermano (aún no había nacido el menor de todos), así como del entorno familiar creado en su hogar de la capital donde la niña ya estaba escolarizada, la juez acordó en febrero de 2013 establecer unas medidas provisionales que imponían su regreso a Barcelona, quedando al cuidado de su padre hasta la resolución del pleito.
El caso es inédito.
Aunque el psicólogo llegó a confirmar que la petición de custodia del padre respondía a "una decisión de rabia, de temor a perder su rol respecto a la menor", la juez sostiene ahora en su sentencia que la existencia de 2 niños de corta edad (sus hermanos de sangre de 1 año y medio y 7 meses, respectivamente), podría "complicar la vida cotidiana de la menor".
Y por si fuera poco, la juez priorizó en su sentencia la relación de Manuela con el hijo de la pareja del padre (insistió en que se llevaban casi como hermanos) por encima de sus hermanos de madre.
Una situación "aberrante" y contraria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según sostiene el abogado de la madre, Ramón Tamborero.
Informe clave
El informe psicosocial que resultó determinante para dar la custodia al padre se elaboró sin haber hablado con la niña, pese a reconocer que su referente principal era su madre, y recomendaba en todo caso ampliar al máximo el régimen de visitas.
No obstante, la juez obvió esta última cuestión arrebatando la niña a la madre a la que concedió únicamente las visitas de fines de semana alternos y una pernocta intersemanal que no puede cumplir por tener que cuidar a sus dos bebés en Madrid. Este estricto régimen de visitas agrava aún más la situación de esta mujer que ahora está en paro, tiene que cuidar a sus otros 2 hijos pequeños y tiene que pagar de su bolsillo todos los traslados para poder ver a su hija Manuela sólo unos días sueltos.
Tamborero asegura que en sus 36 años de ejercicio "jamás" se ha encontrado con semejante castigo a una madre y a su niña, que se ve ahora sometida a una "tensión psicológica enorme".
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