El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Panetta c. Italia(n° de demanda 8624/07).
La demandante, nacional francesa e italiana, se casó en Francia con un
italiano, tuvieron 1 hijo y posteriormente se divorciaron. El acuerdo de
divorcio incluía la obligación de manutención del padre al hijo, que el 1º
dejó de pagar al mudarse a su país de origen, Italia.
La demandante intentó que
las autoridades italianas reconocieran el derecho de alimentos de su hijo, no
obteniendo ayuda por su parte.
Alegando el incumplimiento de varios artículos del Convenio Europeo de Derechos
Humanos, la demandante acusa de falta de acción a las autoridades italianas responsables
de pedir los pagos atrasados de la pensión de su hijo.
El TEDH en su sentencia
que Italia ha incumplido el art. 6.1 del CEDH (derecho a un proceso
judicial justo y equitativo) y obliga a Italia a indemnizar a la demandante por
daños morales y por gastos anticipados.
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