http://noticias.terra.es/2011/espana/0127/actualidad/el-cgpj-suspende-a-una-juez-de-la-audiencia-de-madrid-por-ausencia-injustificada-de-su-puesto-desde-mayo-de-2010-00.aspx
Tiene otra multa por falta de respeto a superiores.
Suspenden a una juez de la Audiencia de Madrid por ausentarse 8 meses de su puesto.
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado suspender por 3 meses a la magistrada de la Sección nº 30 de la Audiencia Provincial de Madrid, Inmaculada Casares, por una falta muy grave prevista en el artículo 41.7.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Jueves 27 de Enero de 2011/ Terra Noticias / Europa Press
Tiene 3 multas confirmadas, entre las que se encuentra:
a.- la desconsideración hacia iguales o inferiores en el orden jerárquico,
b.- mientras que las 2 restantes le fueron impuestas por falta de respeto a superiores
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspende por 3 meses a Inmaculada Casares, juez de la Audiencia de Madrid.
Esta disposición sanciona el "abandono de servicio o la ausencia injustificada y continuada, por 7 días naturales o más, de la sede del órgano judicial en que el juez o magistrado se halle destinado".
En el caso de Casares, la ausencia sería de más de 8 meses, ya que desde mayo del pasado año no aparece por el órgano judicial sin que conste que haya solicitado licencia por enfermedad, que consistiría en un trastorno por "relación laboral conflictiva", según ha informado el diario La Razón.
Confirmadas 3 multas
Además, el Pleno ha desestimado los recursos presentados por esta misma magistrada contra la decisión del CGPJ de imponerle tres multas de 30.051, 1.000 y 500 euros por sendas faltas de disciplina, han informado fuentes del Consejo.
La primera de las multas corresponde a una falta leve prevista en el artículo 419.2 de la LOPJ, que sanciona la desconsideración hacia iguales o inferiores en el orden jerárquico, mientras que las 2 restantes le fueron impuestas por incurrir en:
1.- los artículos 418.1 (falta de respeto a superiores) y
2.-41.8.11 (incumplimiento de requerimientos realizados por un tribunal superior) de la misma ley.
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