miércoles, 17 de septiembre de 2008

El TSJC a favor de la Custodia Compartida II

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El Tribunal Superior de Catalunya aconseja por primera vez la custodia compartida.
20MINUTOS.ES. 17.09.2008

Porque fomenta «la igualdad de sexos».
Es «ventajoso» para los niños.
No hace quedar a los padres como vencedores ni vencidos.


El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), la máxima instancia en derecho civil catalán, recomienda por primera vez en una sentencia la custodia compartida de los hijos en caso de ruptura de la pareja porque fomenta «la igualdad de sexos», es «ventajoso» para los niños y no hace quedar a los padres como «vencedores, vencidos ni culpables ni inocentes» del divorcio.

En muy pocas ocasiones se decreta la custodia compartida.
Hasta ahora, en muy pocas ocasiones se decreta la custodia compartida. De hecho, el propio TSJC reconoce que es «una excepción» y asegura que los regímenes de visita, impuestos en la mayoría de divorcios, no son la «única solución».

Esta doctrina que sienta ahora el TSJC llega en un momento en que la Generalitat quiere fijar en el Código de Familia la CUSTODIA COMPARTIDA como el régimen preferente en caso de separación.
Para los magistrados, compartir la custodia supone evitar «conflictos de lealtades» en los niños respecto a sus padres y favorece la comunicación entre todas las partes.
Considera que la custodia compartida no es adecuada cuando haya niños pequeños.
Además, contribuye al «reparto equilibrado de las cargas familiares», aunque no descarta mantener las pensiones alimenticias si uno de los padres lo necesitara.
Y señala que la custodia compartida se podría otorgar sin un informe favorable del fiscal, como fija el Código Civil.

El Tribunal Superior de Justícia, que ha estudiado informes internacionales para emitir su sentencia, considera que la custodia compartida no es adecuada cuando haya niños pequeños o si han sido víctimas de malos tratos.

Habría que valorar la edad de los hijos, los horarios y profesión de los padres, la proximidad de sus domicilios y su disponibilidad de tiempo libre o vacaciones, así como la opinión de los niños.
Se da la circunstancia que el TSJC ha hecho estas recomendaciones en una sentencia que desestima el recurso presentado por un padre divorciado que pedía compartir la custodia de sus dos hijos.

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