miércoles, 17 de septiembre de 2008

El TSJC apuesta por la Custodia Compartida

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El TSJC apuesta por la custodia compartida en los divorcios
• El alto tribunal catalán se pronuncia por primera vez sobre el sistema igualitario.
• El fallo defiende que el método beneficia a los hijos de padres separados.
J. G. ALBALAT. BARCELONA

Sentencia pionera.
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), unificador de doctrina en derecho civil catalán, se ha pronunciado por primera ver sobre la custodia compartida de los hijos en los casos de divorcio y apoya que no sea preceptivo el mútuo acuerdo inicial de los progenitores para acceder a este sistema.
La Sala Civil y Penal también apuesta por la mediación familiar y las terapias educativas que conduzcan a los padres hacia un entendimiento.

La sentencia, dictada por la máxima instancia judicial en derecho civil catalán, sienta un precedente para la creación de doctrina en un asunto en el que la Conselleria de Justícia pretende regular mediante la aprobación de una modificación del Código de Familia.

Justícia propone establecer la custodia compartida como régimen "preferente".
La innovadora resolución ha sido dictada por los magistrados María Eugenia Alegret, Ramón Foncillas y Carlos Ramos, que ha sido el ponente.
A pesar de que el alto tribunal aboga por la custodia compartida e, incluso, por que se pueda otorgar pensión alimenticia para los hijos aunque se aplique este sistema --depende de los días en que el menor esté con uno y otro y la diferencia de ingresos--, los magistrados rechazan el recurso presentado por un padre que pretendía que se le otorgara esa medida.
Y es que el TSJC, argumenta el fallo, no puede entrar a valorar, en casación, el interés del menor, hecho que estudió y decidió en su día la Audiencia de Girona.

CONFLICTOS DE LEALTADES.
Sin embargo, el TSJC aprovecha para pronunciarse sobre la custodia compartida y recoge que la aplicación de este sistema permitiría posicionar a los cónyugues "en situación de igualdad" frente a los hijos, con el consiguiente y beneficioso impacto en su evolución.

Y va más allá al subrayar que la custodia compartida presenta "indudables ventajas" para el desarrollo del niño.
En este sentido, añade que este sistema compartido evita la aparición de los "conflictos de lealtades" de los menores para con sus padres y favorece la comunicación de estos entre sí.

CULPABLES E INOCENTES.
Además, por un lado, ayuda a visualizar la ruptura de la pareja como un conflicto en el que "no existen vencedores y vencidos ni culpables e inocentes" y, por otro, "a concebir el reparto equilibrado de cargas derivadas de la relación paterno filial como algo consustancial y natural", favoreciendo así "la implantación en los hijos de la idea de la igualdad de sexos".

El fallo, en cualquier caso, advierte de que en su aplicación deberán tenerse en cuenta circunstancias como la edad del menor y su opinión al respecto, el horario laboral de los padres y el lugar de residencia de cada progenitor.

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