20MINUTOS, 21.02.2023
La pensión de alimentos se debe actualizar conforme al IPC vigente, aunque se puede alcanzar un acuerdo.El alza inflacionista no da tregua. Los últimos datos de inflación de enero publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) revelan una tasa general del 5,9% y una máxima del 7,5% en la inflación subyacente. Mientras, el precio de los alimentos se encarece un 15,4% en este último año, lo que impacta directamente en las economías domésticas por la consecuente pérdida de poder adquisitivo. De hecho, un informe de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) revela que llenar la cesta de la compra supone pagar ahora 860 € más que el año pasado.
La subida del IPC afecta también al cálculo de la pensión alimenticia.
¿Se debe actualizar conforme al IPC vigente? ¿Y se puede modificar?
En 1º lugar, el art. 142 del C.Civil hace referencia a la pensión por alimentos, entendida como "todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica". Además, los alimentos comprenderán también "la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable".
La pensión es fijada en el convenio o sentencia
La pensión de alimentos es una de las obligaciones de los progenitores respecto a los hijos menores, incapacitados o que sean económicamente dependientes y se alcanza tras un acuerdo ante el juzgado en casos de divorcio o separación. Generalmente, es el progenitor que no guarda la custodia quién se encarga de pagar esta pensión, que incluye la alimentación, la vestimenta o los gastos educativos, entre otros conceptos.
Como explican los expertos en Derecho Familiar y Penal de Saverio Abogados, las pensiones de alimentos son fijadas a través del convenio regulador o mediante sentencia, teniendo en cuenta "la capacidad financiera de cada uno de los progenitores, respetando el principio de proporcionalidad entre ambos, y admitiendo actualizaciones".
La pensión es fijada en el convenio o sentencia
La pensión de alimentos es una de las obligaciones de los progenitores respecto a los hijos menores, incapacitados o que sean económicamente dependientes y se alcanza tras un acuerdo ante el juzgado en casos de divorcio o separación. Generalmente, es el progenitor que no guarda la custodia quién se encarga de pagar esta pensión, que incluye la alimentación, la vestimenta o los gastos educativos, entre otros conceptos.
Como explican los expertos en Derecho Familiar y Penal de Saverio Abogados, las pensiones de alimentos son fijadas a través del convenio regulador o mediante sentencia, teniendo en cuenta "la capacidad financiera de cada uno de los progenitores, respetando el principio de proporcionalidad entre ambos, y admitiendo actualizaciones".
En este sentido, el método para la actualización "dependerá de lo indicado en la resolución judicial precedente", aunque "lo que no varía es la cantidad de meses que se considera, que siempre debe ser de 12 meses".
Generalmente, el pago de la pensión alimenticia se actualiza con el valor del IPC si es positivo, mientras que si es negativo, no se debe actualizar a la baja. En un contexto extraordinario, como el actual, "es recomendable consensuar un acuerdo entre ambas partes, un acuerdo que puede ser temporal, y que permita en un futuro volver a los importes establecidos en sentencia judicial", añaden en AAGD Abogados.
Generalmente, el pago de la pensión alimenticia se actualiza con el valor del IPC si es positivo, mientras que si es negativo, no se debe actualizar a la baja. En un contexto extraordinario, como el actual, "es recomendable consensuar un acuerdo entre ambas partes, un acuerdo que puede ser temporal, y que permita en un futuro volver a los importes establecidos en sentencia judicial", añaden en AAGD Abogados.
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