Esperanza Murcia, 04/10/2022
En todas las familias se cuecen habas. Este refrán popular puede acabar con una decisión extrema: desheredar a un familiar.
En todas las familias se cuecen habas. Este refrán popular puede acabar con una decisión extrema: desheredar a un familiar.
¿Es posible en España? El Código Civil sí que lo permite, aunque no se trata de un procedimiento sencillo. Hay que recordar que existe la herencia legítima. Esto es, por ley, las 2/3 partes deben de ser para los herederos forzosos, también llamados herederos legitimarios. El tercio restante se conoce como de "libre disposición" y sí que se podrá destinar a la persona u organización deseada.
Para romper este principio, no dejar nada a los herederos forzosos, se deben de producir unas circunstancias concretas. Además, se debe contar con la aprobación de un juez. Antes de proceder a las causas que permiten retirar la herencia legítima, es conveniente señalar qué familiares están considerados como herederos forzosos, tal como recoge el art. 807 del Código Civil: Hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. En 1º lugar, irán los hijos, después los nietos, biznietos…
A falta de los anteriores, padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. Irán 1º los abuelos y después los bisabuelos.
El viudo o viuda siempre serán herederos forzosos, sin importar que haya hijos o no, o de si hay padres u otros ascendientes.
Para romper este principio, no dejar nada a los herederos forzosos, se deben de producir unas circunstancias concretas. Además, se debe contar con la aprobación de un juez. Antes de proceder a las causas que permiten retirar la herencia legítima, es conveniente señalar qué familiares están considerados como herederos forzosos, tal como recoge el art. 807 del Código Civil: Hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. En 1º lugar, irán los hijos, después los nietos, biznietos…
A falta de los anteriores, padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. Irán 1º los abuelos y después los bisabuelos.
El viudo o viuda siempre serán herederos forzosos, sin importar que haya hijos o no, o de si hay padres u otros ascendientes.
Causas que permiten desheredar a un familiar
El Código Civil también recoge las causas que permiten sacar de la herencia a un familiar, aunque sea directo. Se establecen, en concreto, en el art. 852 y son explicados desde el portal especialista ‘Abogados y herencias’:
.- Haber sido condenado, por sentencia firme, por atentar contra la vida, causar lesiones o ejercer de forma periódica violencia física o psíquica en el ámbito familiar al testador (la persona que deja su herencia), su cónyuge o a alguno de sus descendientes o ascendientes.
.- Haber sido condenado, por sentencia firme, por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es alguna de las personas citadas anteriormente.
.- Acusar de un delito al testador y resulte una denuncia falsa.
.- Obligar al testador mediante amenazas, fraude o violencia a hacer un testamento.
.- Haber cometido una injuria grave contra el testador, sus bienes, cónyuge, hijos o padres.
.- No haber socorrido al testador en estado de demencia o destitución, cuando se disponían de los medios para ello.
.- Haber utilizado la fuerza o dolo para impedirle al testador hacer el testamento o revocar el que ya tenía hecho.
A estas genéricas, habría que sumarte otros motivos específicos también recogidos por la legislación que permiten desheredar a un familiar.
Causas para desheredar a un hijo o descendientes:
.- Negar, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
.- Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al padre o ascendiente.
.- Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al padre o ascendiente.
Causas para desheredar a un padre o ascendiente
.- Pérdida de la patria potestad por sentencia debido al incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
.- Negar alimentos a los hijos o descendientes sin motivo legítimo.
.- Atentar uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiera habido reconciliación entre ellos.
.- Causas para desheredar al cónyuge Incumplir grave o reiteradamente los deberes conyugales.
.- Pérdida de la patria potestad por sentencia debido al incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
.- Negar alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
.- Atentar contra la vida del cónyuge testador, si no se hubiera producido reconciliación.
.- Pérdida de la patria potestad por sentencia debido al incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
.- Negar alimentos a los hijos o descendientes sin motivo legítimo.
.- Atentar uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiera habido reconciliación entre ellos.
.- Causas para desheredar al cónyuge Incumplir grave o reiteradamente los deberes conyugales.
.- Pérdida de la patria potestad por sentencia debido al incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
.- Negar alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
.- Atentar contra la vida del cónyuge testador, si no se hubiera producido reconciliación.
Cómo desheredar a un familiar: requisitos
Hay 3 requisitos que se deben de cumplir para poder sacar a un heredero legitimario del testamento, negándole la herencia. Son los siguientes:
Hay 3 requisitos que se deben de cumplir para poder sacar a un heredero legitimario del testamento, negándole la herencia. Son los siguientes:
.- Se debe realizar un testamento donde se recoja la voluntad de retirar a un familiar de la herencia.
.- Debe justificarse por alguna de las causas anteriores.
.- Se debe mencionar de forma clara y precisa a la persona que se quiere retirar de la herencia.
Además, la causa alegada debe ser cierta.
.- Debe justificarse por alguna de las causas anteriores.
.- Se debe mencionar de forma clara y precisa a la persona que se quiere retirar de la herencia.
Además, la causa alegada debe ser cierta.
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