Caso Juana Rivas:
Italia archiva al 100% todas las denuncias contra la ex pareja de Juana Rivas por "inverosímiles"
EFE, Granada, 27 mayo 2021
El Juzgado de lo Penal 1 de Granada ha acordado la detención y entrada en prisión de Juana Rivas, después de que el Tribunal Supremo la condenara finalmente a una pena de 2 años y medio de cárcel por no haber entregado a sus hijos al padre, el italiano Francesco Arcuri, en el verano del 2017.
El abogado de esta vecina de Maracena (Granada), Carlos Aránguez, ha señalado que esta decisión le parece "muy injusta" y, dado que todavía no se ha resuelto el indulto solicitado al Gobierno, va a presentar este mismo jueves un recurso contra el auto del juez Manuel Píñar.
El titular del Juzgado de lo Penal nº1 de Granada fue el encargado de enjuiciar en su día a Rivas y ha sido el encargado de acordar ahora su inmediato ingreso en prisión, una vez que el Tribunal Supremo sentenció sobre este caso.
La defensa de Juana Rivas pretende que pueda quedar "sin efecto" su entrada en la cárcel "en tanto se resuelva el mencionado indulto", según ha informado en una nota de prensa.
Los hechos tuvieron lugar en el verano del 2017, cuando la madre permaneció 1 mes en paradero desconocido junto a sus 2 hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a él, el italiano Francesco Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.
Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su ex pareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los 2 niños 1 mes después en Granada.
La A. P. de Granada y el Juzgado de lo Penal nº 1 de Granada apreciaron que la acusada había cometido 2 delitos de sustracción de menores, 1 por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a su entrega al padre que ostentaba la custodia de los mismos por disposición judicial.
El Tribunal Supremo consideró finalmente que, aunque el art. 225 bis del C. Penal siempre se refiere al "menor", en singular, el título donde se ubica la norma, alude a las relaciones familiares, de ahí que finalmente la condenara por 1 solo delito a la pena de 2 años y 6 meses de prisión, además de la pérdida de la patria potestad.
EFE, Granada, 27 mayo 2021
El Juzgado de lo Penal 1 de Granada ha acordado la detención y entrada en prisión de Juana Rivas, después de que el Tribunal Supremo la condenara finalmente a una pena de 2 años y medio de cárcel por no haber entregado a sus hijos al padre, el italiano Francesco Arcuri, en el verano del 2017.
El abogado de esta vecina de Maracena (Granada), Carlos Aránguez, ha señalado que esta decisión le parece "muy injusta" y, dado que todavía no se ha resuelto el indulto solicitado al Gobierno, va a presentar este mismo jueves un recurso contra el auto del juez Manuel Píñar.
El titular del Juzgado de lo Penal nº1 de Granada fue el encargado de enjuiciar en su día a Rivas y ha sido el encargado de acordar ahora su inmediato ingreso en prisión, una vez que el Tribunal Supremo sentenció sobre este caso.
La defensa de Juana Rivas pretende que pueda quedar "sin efecto" su entrada en la cárcel "en tanto se resuelva el mencionado indulto", según ha informado en una nota de prensa.
Los hechos tuvieron lugar en el verano del 2017, cuando la madre permaneció 1 mes en paradero desconocido junto a sus 2 hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a él, el italiano Francesco Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.
Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su ex pareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los 2 niños 1 mes después en Granada.
La A. P. de Granada y el Juzgado de lo Penal nº 1 de Granada apreciaron que la acusada había cometido 2 delitos de sustracción de menores, 1 por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a su entrega al padre que ostentaba la custodia de los mismos por disposición judicial.
El Tribunal Supremo consideró finalmente que, aunque el art. 225 bis del C. Penal siempre se refiere al "menor", en singular, el título donde se ubica la norma, alude a las relaciones familiares, de ahí que finalmente la condenara por 1 solo delito a la pena de 2 años y 6 meses de prisión, además de la pérdida de la patria potestad.
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