La
AP de Gijón reconoce una indemnización de 74.000 euros a una mujer por su
dedicación exclusiva a las tareas del hogar y cuidado de los hijos durante el
matrimonio.
Iustel,
07/12/2016
La AP estima los recursos interpuestos en el sentido de ampliar el
régimen de visitas del padre con sus hijos menores de edad, reduce la pensión
de alimentos a favor de éstos y establece una indemnización a favor de la
esposa al amparo del art. 1438 del CC.
Por
lo que a esta última cuestión se refiere, declara que ha quedado acreditado que
la esposa se dedicó de forma exclusiva a las tareas del hogar y cuidado de los
hijos. En cuanto a la determinación de la cuantía, señala que no pueden
estimarse las argumentaciones vertidas por el esposo, ni limitar el periodo
indemnizable a los 4 últimos años en que se alega que sus ingresos fueron
menores, sino que debe computarse todo el periodo en el que la esposa se dedicó
de forma exclusiva al hogar y cuidado de los hijos comunes; tampoco debe
tenerse en cuenta a la hora de determinar la indemnización, ni los posibles
regalos del esposo, ni los ingresos del mismo al sostenimiento de las cargas
del matrimonio ni la dedicación del padre a sus hijos, como señala el recurrente,
ya que la norma no discrimina entre el mayor o menor patrimonio de los
cónyuges, sino la dedicación exclusiva de la esposa a dichas labores, fijando
en la cantidad de 74.000 euros la indemnización que ha de percibir la esposa….……
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