jueves, 27 de octubre de 2016

Los informes Psicosociales no son vinculantes para el Juez

Ana Belén considera que 'los magistrados no se han mirado el expediente' antes de la sentencia. Foto: A. Mariné.
2 sentencias desoyen un informe psicológico y decretan la custodia compartida para unos padres de Reus. Una madre asegura sentirse desamparada por la ley al perder la custodia materna de sus 2 hijos en favor de su exmarido.
F. Gras/ Reus, 26/10/2016
Ana Belén Zafra todavía no sale de su asombro. Hace 3 meses la Sección 1ª de la A.P. de Tarragona ratificó un fallo a favor de su exmarido y fijó la custodia compartida semanal para los dos hijos que tienen de 13 y 11 años. Una sentencia que Ana Belén, al igual que la dictada anteriormente por el Juzgado de Instancia nº 6 de Reus, no comparte en absoluto. Sobre todo porque contradice las indicaciones de la psicóloga pericial del equipo de asesoramiento técnico civil en el ámbito de la familia de los Serveis Territorials de Tarragona.
Ésta, en sus conclusiones y tras reunirse con los 2 progenitores y la actual pareja del exmarido, concluye: «Lo más recomendable para los infantes es mantener la custodia materna y una organización familiar, en cuanto a régimen de visitas del padre, similar a la que se siguen desde hace 4 años y en la que ya están adaptados». 
Un relato que la madre sigue sin comprender porque, cómo basan las sentencias, «no se ha tenido en consideración el informe requerido judicialmente. Sinceramente, creo, que los señores magistrados ni se han mirado el expediente, porque no acabo de entender dónde se fundamentan para decir que hay una buena relación entre los progenitores».
La sorpresa e indignación que la invaden ha sido el detonante para que decidiera dar el paso y hacer público su caso con la voluntad de que su sensación de impotencia no la padezca ninguna otra persona y que su denuncia sea una llamada a la reflexión, especialmente ante la gente que a la hora de impartir justicia modifica la vida de otras personas.
«Espero que se sea coherente cuando se hacen las sentencias y que no se tomen los casos como uno más», expone, recordando que durante todo el proceso el padre ha incumplido las condiciones acordadas en más de una ocasión. Algunas de ellas, como en octubre de 2013, fueron denunciadas y con sentencia a su favor dónde se condena al exmarido como autor criminalmente responsable de una falta contra las relaciones familiares.
La historia de Ana Belén Zafra se remonta años atrás cuando acordó con su pareja poner fin a su relación matrimonial. «Tras la separación se marchó de casa durante casi 1 año y no se hizo cargo de los niños. Venía cuando le iba bien, pero de los gastos y todo me hacía cargo yo». También asegura que, en un principio, tenían una cuenta común para pagar los gastos de los niños pero que “de repente sacó el dinero y aquel curso me tuve que hacer cargo yo de los libros y la hipoteca». No obstante, añade: «Nunca le he negado que pudiera ver a sus hijos. Porque durante el tiempo que no había papeles cuando le convenía venía y se los llevaba».
El paso judicial
Cansada de esta situación de incerteza, y que duró casi 1 año, Ana Belén decidió presentar un contencioso en el Juzgado de Primera Instancia de Reus contra su marido y que en octubre de 2012 dio como resultado un mutuo acuerdo en sentencia firme donde que se otorgaba la guarda y custodia a la madre. Por parte del padre, éste podía ver a los pequeños fines de semana alternos y 2 tardes a la semana sin pernoctación. Unos 3 años después, el exmarido presentó instancia en el mismo juzgado para modificar el régimen establecido y decretar custodia compartida. Una petición que la juez concedió para que fueron las pernoctas intersemanales, ante la 1ª sorpresa de la madre por no tener en cuenta las indicaciones de un informe pericial exigido por la misma magistrada.
Por todo ello, Ana Belén, que quiere agradecer la atención recibida por parte de HL Advocats, asegura sentirse desamparada por la ley pero deja claro que seguirá luchando por lo que considera más justo para sus hijos. Y esto pasa, concluye, por recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) o ante cualquier instancia más.

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