martes, 3 de diciembre de 2013

Fraude a la ley de Tasas Judiciales en los divorcios


La víctima tiene acceso a la justicia gratuita con independencia de su nivel de renta.

R. Rendón huelva |  02.12.2013 -
Las exenciones de la Ley de Tasas Judiciales, que entró en vigor hace algo más de 1 año, no contemplaban a las víctimas de violencia de género, quienes también tenían que hacer frente a los pagos del canon en los asuntos civiles (por ejemplo, para separarse de sus agresores), ya que los penales no incluyen tasas.

Afortunadamente, explica a Huelva Información el secretario judicial del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, José María Azcárate, la posterior modificación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita amparó a las maltratadas, "quienes pueden solicitar un abogado de oficio independientemente de su capacidad económica".

En caso de que la víctima quisiera afrontar las cuestiones civiles con un abogado particular, "entonces sí tendría que pagar esas tasas".
Esto ha ocurrido en el partido judicial onubense, que comprende los municipios de Aljaraque, Beas, Gibraleón, Huelva, Punta Umbría, San Bartolomé de la Torre, San Juan del Puerto y Trigueros, "sólo cuatro veces desde que entró en vigor la ley", apunta Azcárate.
Los divorcios en los que hay hijos de por medio también están exentos del pago del canon al Gobierno.
Por todos estos argumentos, el secretario judicial no cree que en la rebaja interanual del número de denuncias, del 12,1% en Huelva, haya influido la imposición de las tasas en el sistema judicial español.

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