martes, 2 de julio de 2013

Se deniega la inscripción de la adjudicación de un inmueble en convenio regulador de divorcio

aprobado judicialmente al no tratarse de vivienda familiar y pertenecer privativamente al otro ex cónyuge

Resolución DGRN de 9 de marzo de 2013. BOE 15-04-13.
El convenio regulador no puede ser el cauce formal de actos jurídicos con significado negocial propio diferente del procedimiento judicial.
La calificación registral no entra en el fondo de la resolución judicial, ni en la validez del convenio regulador aprobado judicialmente, sino en si tal convenio constituye título inscribible para la práctica del asiento registral .

Ya estableció la Resolución de 7 de julio de 2012 que en el supuesto de vivienda familiar de la que son titulares los cónyuges por mitad y pro indiviso, es suficiente el convenio regulador por tratarse principalmente de un convenio con causa familiar que deriva directamente de la nueva situación del matrimonio; y del mismo modo, en la Resolución de 22 de diciembre de 2010, se ha concluido que no basta el convenio regulador para adjudicar a un cónyuge bienes privativos del otro.

Las transmisiones adicionales de bienes entre cónyuges, ajenas al procedimiento de liquidación (y tales son las que se refieren a bienes adquiridos por los cónyuges en estado de solteros), constituyen un negocio independiente, que exige acogerse a la regla general de escritura pública para su formalización.


La sentencia en nuestra web

1 comentario:

DingoZOE dijo...

Hola,
Mi nombre es Henry Silva, te saludo para comentarte que hay un enlace mal puesto en este artículo. Al final dice "La sentencia en nuestra web", pero la palabra WEB esta mal enlazada, sería bueno que corrijas ese detalle.

Por otro lado, aprovecho la oportunidad para ver la posibilidad de que agregues a nuestra web en tu sección de "Enlaces Relacionados". Nuestra web es "Divorcios Por Internet Perú" (divorciosporinternet.com) y dentro de nuestras especialidades se encuentra la gestión de divorcios para personas en el extranjero. Dado que la comunidad peruana en España es bastante grande, estoy seguro que este enlace sería de interés para algunos de tus lectores.

Gracias por tu tiempo y quedo a la espera de tu amable respuesta.