y no estar motivada
AP Madrid, Sec. 26.ª, 14-2-2013
A consecuencia de 2 puñetazos
propinados a su pareja sentimental, el Juzgado de lo Penal condenó al
acusado como autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar
(art. 153.1 y 3 CP), a las penas de alejamiento y prohibición de
comunicación con la víctima, entre otras, sentencia frente a la que el
condenado planteó recurso de apelación.
Tras analizar la prueba,
el acogimiento de la víctima a su derecho a no declarar y la valoración
de las declaraciones de los testigos de referencia, la Audiencia
Provincial concluye que la practicada es suficiente para desvirtuar el
principio de presunción de inocencia.
Sin embargo, atiende parcialmente
al 2º motivo de impugnación aducido por el recurrente, dado que, si
bien mantiene la pena de alejamiento al ser de obligada imposición,
deja sin efecto la de prohibición de comunicación con la víctima, por no
ser preceptiva y por no estar justificada su necesidad.
La sentencia en la web
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