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La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD, por su sigla en inglés) es un instrumento internacional de derechos humanos de las Naciones Unidas o Derecho internacional de los derechos humanos destinadas a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad.
Partes en la Convención tienen la obligación de promover, proteger y
garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de las personas con
discapacidad y garantizar que gocen de plena igualdad ante la ley.
El texto fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007. España lo firmo en el año 2008.
Tras su aprobación por la Asamblea General, la Convención será abierta a
los 192 Estados Miembros para su ratificación y aplicación. La
Convención entraba en vigor cuando fuera ratificada por 20 países, por lo que entró en vigor el 3 de mayo de 2008.
La convención cuenta con 153 signatarios, 90 signatarios del Protocolo
Facultativo, 114 ratificaciones de la Convención y 69 ratificaciones del
Protocolo.
Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo
XXI y la 1ª convención de derechos humanos que se abre a la firma
de las organizaciones regionales de integración.
Señala un “cambio paradigmático” de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad.
La Convención está supervisada por el Comité de Expertos de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad.Lo relacionado con el tema de Divorcio y discapacidad, se refleja en su art. 23: "Respeto del hogar y de la familia".
El Documento lo teneis en nuestra web: www.padresdivorciados.es en Archivo/Normativa
El CGPJ con el Foro de Justicia y Discapacidad, acaba de publicar: "Estudio sobre los Derechos Fundamentales de las personas con discapacidad".
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