Las huelgas en la Justicia no impulsan la vía notarial para separarse, pero los divorcios ante notario aumentaron más de un 9% en el 1º trimestre del año.
ANDRÉS GARVI CARVAJAL, 25 Julio 2023
Durante 2022 se produjeron en España 84.551 casos de nulidad matrimonial, separación o divorcio, lo que supuso una disminución de casi el 7% respecto al año anterior, según datos del Instituto Nacional de Estadística. Los divorcios representaron más del 96% del total de disoluciones conyugales.
Por su parte, las notarías tramitaron más del 13% de las rupturas matrimoniales.
Al contrario de la disminución de disoluciones matrimoniales tramitadas por jueces, los divorcios presentados en las notarías durante 2022 alcanzaron los 11.230 expedientes con un incremento cercano al 7%, ya que el año anterior se gestionaron 10.523 escrituras públicas de ruptura conyugal de mutuo acuerdo.
Esta tendencia de aumento ha continuado en el 1º trimestre de este año cuando los letrados de la Administración de Justicia estuvieron en huelga. En este periodo, según datos del Consejo General del Notariado (CGN), se tramitaron en las notarías 3.091 expedientes de disolución matrimonial, lo que supone un 9% más que en el mismo trimestre del año anterior cuando gestionaron 2.827 divorcios.
Al contrario de la disminución de disoluciones matrimoniales tramitadas por jueces, los divorcios presentados en las notarías durante 2022 alcanzaron los 11.230 expedientes con un incremento cercano al 7%, ya que el año anterior se gestionaron 10.523 escrituras públicas de ruptura conyugal de mutuo acuerdo.
Esta tendencia de aumento ha continuado en el 1º trimestre de este año cuando los letrados de la Administración de Justicia estuvieron en huelga. En este periodo, según datos del Consejo General del Notariado (CGN), se tramitaron en las notarías 3.091 expedientes de disolución matrimonial, lo que supone un 9% más que en el mismo trimestre del año anterior cuando gestionaron 2.827 divorcios.
Por su parte, los jueces han formalizado 19.556 rupturas conyugales.
Las notarías están tramitando en 2023, 1 de cada 7 disoluciones matrimoniales.
Desde el CGN, su portavoz, Mª Teresa Barea, asegura que este aumento “es muy similar al del 1º trimestre del 2022, por lo que no existe relación” entre la huelga en los tribunales y el incremento de disoluciones tramitadas notarialmente.
Por su parte Rocío Ocaña, socia del bufete Marín & Mateo Abogados, recuerda que “no en todos los casos es posible acudir a esta vía”.
Desde el CGN, su portavoz, Mª Teresa Barea, asegura que este aumento “es muy similar al del 1º trimestre del 2022, por lo que no existe relación” entre la huelga en los tribunales y el incremento de disoluciones tramitadas notarialmente.
Por su parte Rocío Ocaña, socia del bufete Marín & Mateo Abogados, recuerda que “no en todos los casos es posible acudir a esta vía”.
Aunque este tipo de divorcio “no es muy conocido por los ciudadanos” sí los es por los abogados, a los que hay que acudir “para tramitar su divorcio por vía judicial o notarial”, afirma la letrada.
Requisitos
El divorcio de mutuo acuerdo ante notario se introdujo en 2015 mediante la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que amplió las facultades de los fedatarios al otorgarles la posibilidad de celebrar y disolver matrimonios.
Para realizar la separación de mutuo acuerdo ante notario es necesario que el matrimonio haya durado más de 3 meses, no tener hijos menores de edad o incapacitados judicialmente, que la mujer no esté embarazada al solicitar el divorcio, contar con asistencia letrada, aportar las medidas derivadas de esa disolución a través del convenio regulador y la comparecencia personal de ambos cónyuges.
En caso de que el matrimonio tenga hijos mayores de edad o menores emancipados, estos deberán prestar su consentimiento en el mismo acto notarial en relación con las medidas que les conciernan siempre que carezcan de ingresos y vivan en el hogar familiar.
La asistencia de abogado es obligatoria tanto si el divorcio se tramita por vía judicial como notarial. La tramitación en la notaría tiene a su favor que es un procedimiento más corto y permite fijar el día y la hora de la firma ante el fedatario, lo que no ocurre cuando se acude al juez, que es quien establece la fecha de la disolución matrimonial.
El divorcio de mutuo acuerdo ante notario se introdujo en 2015 mediante la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que amplió las facultades de los fedatarios al otorgarles la posibilidad de celebrar y disolver matrimonios.
Para realizar la separación de mutuo acuerdo ante notario es necesario que el matrimonio haya durado más de 3 meses, no tener hijos menores de edad o incapacitados judicialmente, que la mujer no esté embarazada al solicitar el divorcio, contar con asistencia letrada, aportar las medidas derivadas de esa disolución a través del convenio regulador y la comparecencia personal de ambos cónyuges.
En caso de que el matrimonio tenga hijos mayores de edad o menores emancipados, estos deberán prestar su consentimiento en el mismo acto notarial en relación con las medidas que les conciernan siempre que carezcan de ingresos y vivan en el hogar familiar.
La asistencia de abogado es obligatoria tanto si el divorcio se tramita por vía judicial como notarial. La tramitación en la notaría tiene a su favor que es un procedimiento más corto y permite fijar el día y la hora de la firma ante el fedatario, lo que no ocurre cuando se acude al juez, que es quien establece la fecha de la disolución matrimonial.
Duración del proceso
Si los cónyuges llegan a un acuerdo previo sobre todo los puntos del convenio regulador (uso y disfrute de la vivienda habitual, pensiones a los hijos mayores de edad o pensión compensatoria cuando proceda) “la duración del proceso podría ser entre 1 y 2 meses dependiendo de la disponibilidad de las partes” y de la cita del notario, asegura Rocío Ocaña.
Si las partes no están de acuerdo en los puntos del convenio, al igual que si tienen diferente abogado para redactar el escrito regulador, el procedimiento se alarga en el tiempo. Pero una vez alcanzado un pacto y dependiendo de la disponibilidad del notario en una semana se podría solventar este trámite.
Cuando el divorcio no sea de mutuo acuerdo o la pareja tenga hijos menores o con medidas judiciales de apoyo, el matrimonio tendrá que iniciar los trámites de separación judicialmente porque ha de intervenir imperativamente el Ministerio Fiscal y el juez.
Los notarios pueden negar la autorización de la escritura cuando el convenio regulador “resulte discriminatorio o gravemente dañoso para uno de los cónyuges”, señala Barea.
El precio de la separación
Escritura. En el caso de otorgar una escritura solo de divorcio y que no implique liquidar ningún patrimonio común (porque el matrimonio tiene separación de bienes o no tiene ningún bien en común) “estaríamos hablando de una escritura con un coste de alrededor de 150 €”, asegura Mª Teresa Barea, portavoz del Consejo General del Notariado.
Si hubiera que liquidar bienes comunes, habría que realizar otro negocio jurídico simultáneo y su coste dependerá de la valoración del patrimonio familiar y de cómo se haga la distribución entre los cónyuges.
Ofertas. Los precios son variados, pero por menos de 450 € se puede lograr un divorcio exprés. Laborconsulting Abogados ofrece unos honorarios que “ahora están en promoción” de 145 € por cónyuge (290 en total) que incluye notario, abogado e IVA, afirmando que el precio es cerrado. En Abogados de Familia Serrano realizan una disolución matrimonial por 400 € en total para ambos cónyuges, precio final incluido todo. En JR Abogados la asistencia letrada supone un coste por cónyuge de 175 €.
Ofertas. Los precios son variados, pero por menos de 450 € se puede lograr un divorcio exprés. Laborconsulting Abogados ofrece unos honorarios que “ahora están en promoción” de 145 € por cónyuge (290 en total) que incluye notario, abogado e IVA, afirmando que el precio es cerrado. En Abogados de Familia Serrano realizan una disolución matrimonial por 400 € en total para ambos cónyuges, precio final incluido todo. En JR Abogados la asistencia letrada supone un coste por cónyuge de 175 €.
Acuerdo. El abogado o abogados deben redactar un convenio regulador que incluya la pensión de alimentos a favor de hijos mayores de edad sin ingresos propios y vivan en el domicilio familiar, la contribución a las cargas del matrimonio con sus bases de actualización, la atribución del uso del domicilio familiar, la pensión compensatoria en caso de que el divorcio produzca un desequilibrio económico en alguno de los cónyuges y la liquidación del régimen económico matrimonial cuando sean bienes gananciales. La Audiencia de Madrid rechazó la demanda del letrado de las ‘divorcionetas’ contra la Asociación Española de Abogados de Familia por alertar que estas ofertas podían esconder publicidad engañosa.
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