"Han destrozado mi vida y la de mi familia por una denuncia falsa", ha señalado el exdiputado de VOX tras conocer su absolución.
Confilegal, 13/5/2022
La A. P. de Madrid ha absuelto al exdiputado de VOX Carlos Hugo Fernández-Roca del delito de abuso sexual del que había sido acusado por una profesora de música veinteañera, Mª del Valle Robles de Moya, y por el que la Fiscalía pedía que fuera condenado a 5 años de prisión.
La denunciante sostenía que el fuera diputado nacional de VOX por la provincia de Almería abusó de ella sexualmente, tras consumir bebidas alcohólicas, el 7 de noviembre de 2020, pese a las reiteradas negativas de ésta. Por su parte, reclamaba 8 años de cárcel e inhabilitación y que la indemnizara con la cantidad que resultara procedente en ejecución de sentencia.
El tribunal, integrado por las magistradas Ana Revuelta Iglesias, como presidenta, Carmen Herrero Pérez y Mª Esther Arranz Cuesta, como ponente, considera que no existe base probatoria «firme y suficiente» para condenar al exdiputado en cuanto a la existencia de consentimiento o no por parte de la profesora.
«En esta encrucijada entre 2 opciones que ninguna de ellas se presenta como segura, nuestro sistema procesal penal obliga a seguir el camino que proporciona la seguridad de que ningún inocente será condenado, aunque sea a costa de asumir el riesgo de impunidad de infracciones muy graves», expone.
La Audiencia subraya que la «presunción de inocencia se alza impidiendo una condena no fundamentada en una prueba concluyente y rotunda». «No basta la convicción subjetiva del juzgador, sino que es necesaria esa base probatoria sólida que en este caso la Sala echa en falta», pone de manifiesto, y hace hincapié en que la declaración de la víctima ha de estar «rodeada de corroboraciones periféricas de carácter objetivo obrantes en el proceso».
La sentencia es la número 292/2022, de 12 de mayo.
‘HAN DESTROZADO MI VIDA Y LA DE MI FAMILIA POR UNA DENUNCIA FALSA’
El exdiputado de VOX, militar de profesión, abandonó el Congreso de los Diputados en noviembre de 2020 tras conocerse la denuncia por la supuesta violación. «Han destrozado mi vida y la de mi familia por una denuncia falsa», ha declarado a Confilegal tras conocer su absolución.
Se muestra satisfecho con que se haya probado su inocencia.
«Pero, ¿quién resarce el daño causado a mi madre, a mi hermana, a mi padre?», plantea.
La profesora interpuso la denuncia acompañada por un policía nacional.
La profesora interpuso la denuncia acompañada por un policía nacional.
El juez de Instrucción nº 11 de Madrid investiga a estas 2 personas por falso testimonio a instancias de una denuncia del exdiputado, según han informado fuentes jurídicas.
Fernández-Roca abandonó su puesto en el Congreso, donde ejercía de portavoz de VOX en la Comisión de Seguridad Nacional y adjunto en las de Exteriores y de la Unión Europea, y perdió así su condición de aforado para ser juzgado por el Tribunal Supremo.
Fernández-Roca abandonó su puesto en el Congreso, donde ejercía de portavoz de VOX en la Comisión de Seguridad Nacional y adjunto en las de Exteriores y de la Unión Europea, y perdió así su condición de aforado para ser juzgado por el Tribunal Supremo.
«Me defenderé en los juzgados ordinarios», señaló entonces.
El caso lo ha llevado el abogado Juan Gonzalo Ospina, quien se ha mostrado «muy satisfecho» con la sentencia absolutoria para su cliente y ha destacado que «se ha analizado muy rigurosamente toda la prueba, que no enervaba la presunción de inocencia, sino que incluso demostraba que era inverosímil la versión de la denunciante».
Refiere que no sólo es un éxito para él, sino «una vez más, un éxito para la democracia que nuestros jueces y tribunales han fortalecido la presunción de inocencia». «Es una sentencia muy valiente», concluye el letrado.
LOS HECHOS PROBADOS
Según los hechos probados, el exdiputado y la denunciante se conocieron el 4 de octubre de 2020 a través de unos amigos comunes, quedando posteriormente algunos días, estando en los inicios de una posible relación sentimental.
Sobre las 21.00 horas del 7 de noviembre de 2020, Fernández-Roca se reunió con la profesora, a la que previamente había llamado por teléfono por encontrarse cerca del domicilio de éste, para acudir a un bar a efectuar una consumición. Ambos acordaron cenar en el domicilio del exdiputado y después de cenar se sentaron en el sofá, donde se besaron, yendo a la cama y mantuvieron relaciones sexuales.
En la vista oral, Fernández-Roca alegó que la joven profesora le denunció por violación buscando «rédito profesional» para entrar en el partido liderado por Santiago Abascal, manifestando que la relación sexual fue «consentida» y que se interrumpió cuando ella le dijo que era su «día fértil».
Según explicó, la denunciante tenía «una obsesión brutal con VOX y la política». «No era normal. Ella quería entrar en política. Me lo pidió. Tenía fijación», subrayó.
Por su parte, la denunciante explicó que conoció a Carlos a través de los que eran sus amigos e indicó que le interesaba porque era una persona mayor y podía hablar con él de cosas más «trascendentales» como ópera o política. «Me pareció interesante conocerle», dijo reconociendo que le gustaba «el señor».
Según su versión, el día de los hechos tomaron muchas cervezas y vermúts. «Estuve bebiendo toda la tarde cubatas de vermut. No me tenía en pie», indicó.
La Audiencia subraya que la existencia de dudas sobre el testimonio de la denunciante no implica que lo considere inveraz, pero sí han creado en la Sala «una duda lo suficientemente importante para no tener convicción suficiente para dar mayor veracidad a una de las versiones». «Y es en este momento cuando debe atenderse al principio pro reo, procediendo por ello la absolución del procesado en el delito sexual que se le imputa», concluye.
La resolución no es firme. Contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El caso lo ha llevado el abogado Juan Gonzalo Ospina, quien se ha mostrado «muy satisfecho» con la sentencia absolutoria para su cliente y ha destacado que «se ha analizado muy rigurosamente toda la prueba, que no enervaba la presunción de inocencia, sino que incluso demostraba que era inverosímil la versión de la denunciante».
Refiere que no sólo es un éxito para él, sino «una vez más, un éxito para la democracia que nuestros jueces y tribunales han fortalecido la presunción de inocencia». «Es una sentencia muy valiente», concluye el letrado.
LOS HECHOS PROBADOS
Según los hechos probados, el exdiputado y la denunciante se conocieron el 4 de octubre de 2020 a través de unos amigos comunes, quedando posteriormente algunos días, estando en los inicios de una posible relación sentimental.
Sobre las 21.00 horas del 7 de noviembre de 2020, Fernández-Roca se reunió con la profesora, a la que previamente había llamado por teléfono por encontrarse cerca del domicilio de éste, para acudir a un bar a efectuar una consumición. Ambos acordaron cenar en el domicilio del exdiputado y después de cenar se sentaron en el sofá, donde se besaron, yendo a la cama y mantuvieron relaciones sexuales.
En la vista oral, Fernández-Roca alegó que la joven profesora le denunció por violación buscando «rédito profesional» para entrar en el partido liderado por Santiago Abascal, manifestando que la relación sexual fue «consentida» y que se interrumpió cuando ella le dijo que era su «día fértil».
Según explicó, la denunciante tenía «una obsesión brutal con VOX y la política». «No era normal. Ella quería entrar en política. Me lo pidió. Tenía fijación», subrayó.
Por su parte, la denunciante explicó que conoció a Carlos a través de los que eran sus amigos e indicó que le interesaba porque era una persona mayor y podía hablar con él de cosas más «trascendentales» como ópera o política. «Me pareció interesante conocerle», dijo reconociendo que le gustaba «el señor».
Según su versión, el día de los hechos tomaron muchas cervezas y vermúts. «Estuve bebiendo toda la tarde cubatas de vermut. No me tenía en pie», indicó.
La Audiencia subraya que la existencia de dudas sobre el testimonio de la denunciante no implica que lo considere inveraz, pero sí han creado en la Sala «una duda lo suficientemente importante para no tener convicción suficiente para dar mayor veracidad a una de las versiones». «Y es en este momento cuando debe atenderse al principio pro reo, procediendo por ello la absolución del procesado en el delito sexual que se le imputa», concluye.
La resolución no es firme. Contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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