El ultimo borrador del futuro Código Civil incorpora la custodia compartida como fórmula deseable para los menores en caso de divorcio o separación de sus progenitores, ha explicado hoy a Efe el magistrado Javier Martín, destinado en un Juzgado de Córdoba y uno de los redactores del texto.
Martín es uno de los ponentes en las VIª Jornadas sobre Derecho de Familia, que hoy se clausuran en Burgos y que analizan desde ayer cuestiones como la jurisdicción voluntaria en materia de familia, la naturaleza de los bienes que forman la sociedad de gananciales y la doctrina del Tribunal Supremo en materia de Derecho de Familia.
En declaraciones a Efe, ha explicado que el nuevo Código Civil unificará la legislación en esas materias si finalmente es aprobado en su redacción actual, aunque "lleva 1 año en un cajón del Parlamento", ha precisado.
Hasta la aprobación del nuevo Código Civil, España cuenta con diversas regulaciones para la custodia compartida, fórmula preferente en Aragón y la más deseable en Cataluña y País Vasco, mientras en la mayoría de las comunidades autónomas, entre ellas Castilla y León, sigue como prioritaria la custodia matriarcal.
Martín ha explicado que, no obstante, existe una sentencia del Tribunal Supremo(7 de julio de 2011) que considera la custodia compartida el "modelo deseable", aunque "sería mejor contar con una ley".
El magistrado ha considerado también "lamentable" que los juzgados no dispongan de mecanismos de seguimiento de las custodias que permitan saber si el modelo aplicado en cada caso funciona de manera adecuada.
En la actual situación son los progenitores quienes tienen que pedir la revisión del modelo de custodia en el caso de que consideren que no es el adecuado.
Nota: No se tenia noticias que el actual Ministerio de Justicia tuviera la Intención de modificar el actual Código Civil. De hecho, el Gobierno ha ignorado repetidamente las propuestas de las diferentes asociaciones de Jueces sobre la Modificación del art. 96 del CC, que es el gran problema del Divorcio en España. Esta la situación como para fiarse del Tribunal Supremo, y ahi están las sentencias: 1 de Cal y 15 de Arena.
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