El Juez no puede establecer la custodia compartida sobre los hijos menores si no es pedida por alguno de los progenitores.
Iustel, 08/02/2017
La Sala acuerda estimar el recurso interpuesto contra la sentencia que, en sentencia de divorcio, estableció el sistema de guarda y custodia compartida sobre la hija menor de los progenitores. Basa el TS su fallo en el hecho de que si bien es cierto que el Juez debe tomar las medidas que considere más conveniente en relación a los hijos, en el sistema del Código Civil para poder acordar la guarda y custodia compartida debe concurrir esa petición, y en el presente caso ninguno de los progenitores lo solicitaron.
La sentencia AQUI
No hay comentarios:
Publicar un comentario