Las comunidades autónomas con legislación específica
postdivorcio tienen mayores porcentajes de guarda y custodia compartida.
Cataluña, Valencia, Baleares, Aragón, Navarra y País Vasco comparten más
crianza. Extremadura, Murcia, Andalucía y Madrid, menos. Los expertos indican
que influye la legislación propia, pero también la proporción de parejas en las
que ambos trabajan. Juan Ramón Peris Santiago, de Custodia en Positivo:
"Nosotros no estamos en contra de la custodia compartida, sino de la
impuesta". Fernando Chapado, de Todos iguales: "Lo menos malo es la
custodia compartida, siempre que se esté capacitado".
ECO/AMAYA LARRAÑETA 06.02.2017
Unos padres extremeños tienen hasta 5 veces menos acceso a la
custodia compartida en un proceso judicial que unos catalanes. La cartografía
española de la guarda y custodia muestra a día de hoy una frontera evidente: la
que separa a aquellas Comunidades Autónomas con ley propia sobre relaciones
familiares postdivorcio de las que se rigen por el derecho común.
Desde que la figura de la custodia compartida —que en
realidad es residencia alterna con ambos progenitores y no siempre al 50%—
entró en el código civil español, en el año 2005, su uso ha ido en aumento de
manera continuada. Aquel año la estadística oficial hablaba de un 2% de padres
con la guarda compartida. En 2015, ya son 1 de cada 4 parejas divorciadas las
que establecen crianza alterna, según los últimos datos del INE.
Sin embargo, a partir de 2010 se abrió una brecha en España
entre Comunidades Autónomas, coincidiendo con que 5 autonomías comenzaron a
legislar normas autonómicas para la organización familiar postdivorcio.
En el último año con datos estadísticos oficiales (2015)
Cataluña, con ley propia desde 2010, encabeza el ranking de comunidades con más
custodia compartida (40%). Le sigue en lo alto de la pirámide un caso especial,
Baleares, que sin ley autonómica de custodia tiene separación de bienes al
matrimonio por defecto (38%). Después siguen Valencia (36%), Aragón (34%),
Navarra (27%) y País Vasco, la última en aprobar norma propia (26%). Las
legislaciones nuevas tienen en común que fomentan la custodia compartida, salvo
privación judicial, contemplan la mediación familiar y excluyen la guarda en casos de violencia de
género. "Estas
Comunidades legislaron las 1ª porque ya tenían un alto porcentaje de pactos de
custodia compartida de los hijos tras la ruptura",
especifica Montse Solsona, demógrafa de la Universidad Autónoma de Barcelona y
experta en geografías humanas postdivorcio. "Legislan
porque ya había un consenso de los operadores jurídicos que hace posible que se
apruebe una ley" y porque se daban circunstancias socioculturales que,
según los expertos, redundan una mayor custodia compartida.
Al otro lado de la frontera de las custodias se encuentra, en
un extremo, Extremadura, donde solo el 8% de los divorciados con hijos menores
de edad la comparte. También por debajo de la media española se sitúan Murcia
(14%), Andalucía (16%), Galicia (16%) o Madrid (17%). En todas
rige el Código Civil, que estipula que se puede conceder la compartida de mutuo
acuerdo y si el juez da el visto bueno, así como excepcionalmente si el juez
cree que resulta beneficioso para los menores. La investigadora Solsona y su equipo del Centro
de Estudios Demográficos llevan años estudiando la determinación judicial de la
custodia compartida, principalmente en Cataluña pero también en el conjunto de
España. Su tesis, de manera muy simplificada, es que las leyes
autonómicas influyen en la expansión de la figura de la custodia compartida allí
donde fomentan el
pacto entre los excónyuges que articule "un plan de parentalidad"
tras la ruptura. Aunque Solsona advierte un acelerón reciente en las
Comunidades sin ley propia gracias a que el Supremo marca claramente las pautas de cuándo
corresponde una custodia compartida. "Hasta 2012 Cataluña dobla a la media
española en custodias compartidas, pero a partir de 2013 algunas comunidades
repuntan y las diferencias se reducen", indica Solsona. Sin embargo, a
esta doctora le sorprende que haya Comunidades Autónomas en las que el proceso
está siendo más lento, como Madrid, donde pese a reunir los requisitos que se
tienen que dar para una mayor proporción de custodias compartidas, más familias
de doble ingreso, la tasa se mantiene muy baja. Su hipótesis es que todavía las
pautas del Supremo no han calado en los operadores jurídicos de la región. El
equipo de Solsona considera que, además de la norma hay otra variable
imprescindible para que se pueda compartir la custodia: una cultura de "equidad de
género" dentro y fuera del hogar, que la demógrafa advierte que no es mayoritaria
en España. De hecho, las Comunidades con menores tasas de custodia compartida son las de
mayor proporción de familias con el "contrato de ama de casa",
hogares en los que las mujeres tienen menos participación en el mercado
laboral. "Si
en la pareja los 2 trabajan y tienen un contrato equitativo de coparentalidad,
el pacto es más fácil", describe Solsona. ¿Hace falta
una ley nacional? La pasada legislatura, el Partido Popular quiso aprobar una
ley nacional que diera preferencia a la custodia compartida. El intento
fracasó porque la comisión que redactó el anteproyecto no dispuso su concesión
automática en vía judicial, algo que reclamaban los colectivos de divorciados
partidarios de disputar en los juzgados tan solo la custodia exclusiva, ya sea
de padre o de madre. Ciudadanos es partidario de retomar el proyecto en la presente
legislatura, pero todavía no cuenta con el PP de su parte y tiene en frente a
casi toda la oposición. El PSOE defiende una custodia compartida solo en aquellos casos en los
que haya acuerdo entre el padre y la madre. Podemos opina que es "la aspiración
ideal", pero asegura que solo está al alcance de aquellas parejas que hayan
practicado la corresponsabilidad parental antes del divorcio. También
sostienen que imponerla resulta un perjuicio para los menores. Consensuada sí,
si ha habido antes corresponsabilidad parental antes, como dice el Supremo.
-->
En la sociedad civil hay colectivos tanto partidarios como
detractores de una legislación nacional específica. De un lado están colectivos
como Todos Iguales, que defienden que lo ideal es el acuerdo entre las partes
pero que si éste no se da "lo menos malo es la custodia compartida,
siempre que ambos estén capacitados par ejercer la corresponsabilidad
parental", en palabras de su presidente, Fernando Chapado. Este padre
divorciado, que en la actualidad busca 500.000 firmas para presentar
una Iniciativa Legislativa Popular por una ley nacional, no
entiende que "si unos padres cuando están casados los 2 tienen la custodia
cuando se separan al padre, no sé que hace de malo, se la quitan. Seguimos
siendo unos buenos padres aunque nos divorciemos". De otra parte hay
asociaciones como Custodia en Positivo, que defienden la custodia compartida de
mutuo acuerdo pero expresan su rechazo frontal a la imposición judicial.
"Consensuada sí, si ha habido antes corresponsabilidad parental, como dice
el Supremo", sostiene Juan Ramón Perís Santiago, abogado y presidente de
esta asociación. "Porque si su relación es mala y no alcanzan acuerdos,
los perjudicados van a ser los niños". Juristas especializadas en
divorcios y custodias, como Teresa Picantó, además de secundar la cultura del
pacto, no dejan de recordar que en este debate no hay fórmulas universales, que
lo importante es estudiar cada caso y conseguir finalmente un "equilibrio
en la negociación de la expareja donde el interés superior del niño quede
garantizado".
Nota: El problema del divorcio es que se aleja al padre de la educación del menor y se le expolia. El problema es la Liquidación de los Bienes Gananciales ó el art.96 del CC. Lo demás es perder el tiempo. ¿Donde esta el porcentaje del nº de Custodias compartidas en los procesos contenciosos? Para los Mutuos Acuerdos no hace falta legislar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario