El Servicio de Encuentro Familiar es un recurso social especializado, de carácter temporal, que facilita un lugar neutral y el apoyo de profesionales cualificados. Su finalidad es favorecer el derecho de los hijos a mantener relación con los familiares con los que no conviven en casos de ruptura conflictiva de la convivencia familiar. ¿Cuáles son los objetivos del Servicio de Encuentro Familiar?
- Facilitar las visitas y el contacto de los menores con sus familiares, en situaciones de separación o ruptura, para garantizar el mantenimiento de los vínculos necesarios para su adecuado desarrollo integral.
- Contener los conflictos entre los progenitores en el contexto de las visitas y prevenir episodios de violencia.
- Ayudar a los padres para que sean capaces de mantener una adecuada relación con sus hijos de forma autónoma, sin necesidad de apoyo institucional.
El acceso al Servicio de Encuentro Familiar se produce exclusivamente por derivación judicial o a instacia la Dirección General de la Familia y el Menor, órgano administrativo competente en materia de protección de menores.
¿Qué atención se presta?
El Servicio de Encuentro Familiar realiza 3 modalidades de atención:
- Entrega y recogida de menores: Cumplimiento del régimen de visitas mediante la entrega y recogida del menor en el el Servicio de Encuentro Familiar, bajo la supervisión y control del equipo técnico del mismo.
- Visitas Supervisadas: Las visitas, de un máximo de 2 horas, se desarrollan en presencia de un profesional.
- Visitas: Los menores pasan con sus familiares no custodios un tiempo máximo de 2 horas sin necesidad de presencia o supervisión directa de un profesional.
1 comentario:
Pienso q si, desde la interposición de demanda de divorcio contencioso o denuncia de violencia, los menores pasaran provisionalmente a un centro de Servicio Social o familia de acogida con visitas, iguales en tiempo, para ambos progenitores hasta la resolución de la causa, el proceso se reduciría de tal modo q dudo q se iniciaran procesos de ese tipo, produciéndose el mutuo acuerdo en su lugar. No seria estupendo, pero al menos, de reduciría la conflictividad del asunto y se acortarian sensiblemente los plazos de la ruptura.
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