JURISPRUDENCIA TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA
El TJUE ha dictado sentencia en el asunto C-537/13, Siba
c. Devenas, que tiene por objeto una decisión prejudicial planteada por el Tribunal
de Casación de Lituania.
El asunto se centra en los contratos jurídicos suscritos
entre un abogado y su cliente, que al recurrir al tribunal de origen por estos,
decide consultar al TJUE.
En su sentencia, el TJUE establece que el contrato suscrito
entre un abogado y su cliente se encuentra sujeto a la normativa de la UE sobre
cláusulas abusivas a consumidores, y que se
Concreta en la Directiva 93/13/CEE , ya que de hecho
los abogados poseen un alto nivel de conocimientos técnicos que el consumidor (cliente), puede
no tener, situándolo así en una posición en la que resulta difícil juzgar la calidad
de los servicios que se prestan.
El TJUE concluye en su sentencia que la Directiva 93/13/CEE
debe interpretarse en el sentido de que se Aplica a los contratos tipo de servicios jurídicos,
concluidos por un abogado con una persona física que actúa con un propósito ajeno
a su actividad profesional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario