7 enero, 2014 por cristobalpinto
Muchos lectores y suscriptores del Blog me suelen preguntar que les
aconsejaría para tener más posibilidades para lograr la atribución
judicial de la custodia compartida de sus hijos. La verdad es que en
esta cuestión no existen fórmulas mágicas pero desde mi modesta posición
y experiencia aquí dejo mis 8 consejos prácticos que pueden ayudar a
conseguirlo, todo ello aderezado y adornado con 8 citas célebres:
1.- ”La guerra no lo hace a uno más grandioso.” (Yoda, Maestro Jedi en Star Wars V-El Imperio contraataca: Evitar el proceso contencioso y alcanzar un mutuo acuerdo.
2.- “Para hacer la paz se necesitan dos; pero para hacer la guerra basta con uno sólo” (Arthur Neville Chamberlain, político británico): Mínima
y adecuada relación personal con el otro progenitor tras la ruptura
personal y actitud colaboradora respecto a los hijos menores. Y es que no siempre el mutuo acuerdo es posible.
3.-“La custodia compartida comienza al nacer el hijo, no desde el divorcio” (Izaskun
Landaida, Directora de Emakunde, Instituto Vasco de la Mujer): Actitud
previa antes de la ruptura en la crianza y educación de los hijos.
4.- “Lo que no puede ser, no puede ser y además es imposible”
(Rafael Guerra “Guerrita”, Torero español): Solicitud de un régimen
realizable, factible, en su ejecución y desarrollo y que satisfaga en
todo caso el interés y el beneficio del menor.
5.- “No lo intentes. Hazlo, o no lo hagas, pero no lo intentes.” (Yoda, Maestro Jedi en Star Wars V-El Imperio contraataca): Actitud procesal seria, indubitada, constante, firme y persistente.
6.- “Dice
que…la parte contratante de la primera parte será considerada la parte
contratante de la primera parte. Sin embargo, la parte contratante de la
segunda parte…”(Groucho Marx en Una noche en la ópera): Solicitud de un sistema de estancias alternas claro, concreto y lo más preciso posible.
7.- “Si dices la verdad, no tendrás que acordarte de nada.” (Mark Twain, escritor y periodista estadounidense): Solicitud creíble, sincera y honesta.
8.- “Para ganar un pleito se necesitan 3 cosas: tener razón, probarla y que el Juez nos la dé” (Adagio forense anónimo): Debida acreditación y convencimiento judicial de la bondad del régimen propuesto. Mal puede lograrse la custodia compartida si ademas de tener razón no nos la dan.
Tener razón:
En principio, nunca no debemos creer estar siempre en posesión de la
verdad absoluta máxime en un proceso de familia; lo que subjetivamente
podemos creer lo mejor para el hijo menor puede no serlo objetivamente a
las vista de la prueba de las circunstancias materiales y personales
concurrentes.
Probar la razón:
No obstante, si entendemos que el sistema de custodia compartida es el
régimen adecuado e idóneo, resultará fundamental lograr probar y
acreditar debidamente los factores beneficiosos para el menor del
sistema propuesto o al menos al inexistencia de factores perjudiciales para el bienestar del menor.
Dar la razón:
Finalmente no debemos olvidar que, puesto que hemos decidido poner en
sus manos esta decisión, siempre será el Juez, con el debido
asesoramiento de peritos y la opinión del Ministerio Fiscal quien se
decante por el sistema de estancias más acorde con el interés y
bienestar del menor.
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