Personas que, por sus ingresos, tienen derecho a justicia gratuita (abogado de oficio).
Las
víctimas de maltrato y las de accidentes graves (lesionados con un
alto grado de incapacidad) están exentas de tasa porque pasan a ser
beneficiarios de justicia gratuita.
Las personas desahuciadas tampoco pagarán cuando pierdan el juicio contra el banco.
Las
separaciones y divorcios de mutuo acuerdo están libres de tarifas,
pero los que no sean de mutuo acuerdo tienen que asumir 168 euros (con
la ley inicial podían llegar a ser miles de euros, en función del
valor de los bienes).
El ámbito penal está exento del pago de
tasas, pero el civil y el contencioso-administrativo están sujetos a
abonar estas cantidades desde el 1º pleito.
La 1ª instancia de laboral tampoco exige el cobro de tasas.
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